VIGÉSIMA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL HONORABLE PLENO DEL TRIBUNAL DE LO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE JALISCO.

 

 

 

En la ciudad de Guadalajara, Jalisco, siendo las 11:00 once horas del día 13 TRECE DE JUNIO DEL AÑO 2007 DOS MIL SIETE, en el Salón de Plenos del Tribunal de lo Administrativo, ubicado en el Octavo Piso del edificio “Condominio Américas” número 153 6, de la Avenida Américas, colonia Country Club de esta Ciudad, al tenor de lo dispuesto por los artículos 67, de la Constitución Política del Estado de Jalisco, 59, 64 y 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y, 1, 12 y 19 del Reglamento Interior del propio Tribunal, se reunieron los Magistrados integrantes de este Órgano Jurisdiccional ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, ARMANDO GARCÍA ESTRADA y ALBERTO BARBA GÓMEZ, con el objeto de celebrar la Vigésima Sesión Ordinaria del año judicial 2007 dos mil siete. Presidió la Sesión, en términos de lo dispuesto por el artículo 64 fracción III de la Ley Orgánica de referencia y 41 fracción II del Reglamento Interior de este Tribunal, el MAGISTRADO MTRO. ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, fungiendo como Secretario General de Acuerdos el Maestro OSCAR GREGORIO RAMÍREZ FREGOSO; desahogándose la Sesión de conformidad con los puntos contenidos en el siguiente;

 

ORDEN DEL DIA:

 

1.     Lista de Asistencia y constatación de Quórum;

2.     Turno de recursos de Reclamación y Apelación;

3.     Análisis y votación de los proyectos de Sentencia; y

4.     Cumplimiento a lo ordenado en la Décima Novena Sesión Plenaria celebrada el 6 seis de Junio del año en curso, relativo a al Visita Extraordinaria practicada a la Secretaría General de Acuerdos de este Tribunal, que se anexa en legajo integrado con 160 fojas;

5.     Formato del dictamen semestral señalado por el artículo 64 fracción XVI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado; y

6.     Asuntos Varios.

 

Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, Señor Presidente si Usted me permite quisiera proponer antes del inicio, creo que no esta concluido el proyecto del acta de la Sesión anterior, me gustaría si pudiéramos revisarlo y firmar antes de iniciar, y proponerle también en el Orden del Día los puntos tres y cuatro que realmente no integran o no forman parte de lo Ordinario de la Sesión Plenaria, en todo caso su reubicación, en tema de asuntos varios, o bien señalarlos en otra sesión, porque no corresponden realmente a los asuntos de una Sesión Ordinaria, en donde realmente venimos a los asuntos jurisdiccionales, a los turnos y a los asuntos varios, no se si se puede reconsiderar esta integración de el Orden del día, para apegarnos a la legalidad en cuanto a los puntos que se deben abordar en las sesiones ordinarias, no se, esa es mi propuesta.

 

En uso de la voz, el Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, señala: Yo quisiera agregar, el poder modificar, en el sentido de que como primer punto en el orden del día de sesiones ordinarias, fuera la lista de asistencia y la declaración de quórum, posteriormente la aprobación del acta de la sesión anterior y posteriormente, los asuntos jurisdiccionales y asuntos varios, es lo que propondría a este pleno, que se llevara a cabo de esa forma.

 

En uso de la voz el Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Muchas gracias, pues la presidencia informa que de acuerdo con los reportes de la secretaría General de Acuerdos respecto de la ultima Acta de la sesión plenaria hay diversas observaciones de los Señores Magistrados, por ello se les hizo llegar con oportunidad el texto con la leyenda de que se trata de un mero proyecto para hacer las observaciones correspondientes, en consecuencia ya está previsto y así se le ha ya comunicado a la Secretaria General, que en el punto de asuntos varios se hará lo concerniente a todas las observaciones del acta y no solamente de esa, si no de otra acta que está firmada parcialmente por cuatro magistrados y nos faltan la firma de dos, entonces esto lo tenemos ya previsto para asuntos varios, y respecto de la legalidad por supuesto que este Tribunal con todos sus actos debe de apegarse a la legalidad y en el orden del día están enunciados todos los asuntos de manera especifica, y los que como son de mero trámite algunos de ellos, vienen catalogados en el punto de asuntos varios, que por cierto tenemos una relación bastante extensa y que se refiere a los cumplimientos de acuerdos anteriores a cargo de la Dirección de Administración y a cargo de la Dirección de Informática, y por lo que se refiere a la segunda propuesta de que el primer punto quede tal y como está y en el segundo punto se someta a votación el orden del día, yo no veo absolutamente ningún inconveniente, y que ya en lo sucesivo se establezca alguna otra mecánica, tampoco veo ningún inconveniente, entonces en esa virtud, lo que procede desde mi punto de vista es que se registre la asistencia y luego ya se aborde el tema del orden del día, si registramos la asistencia por favor.

 

En uso de la voz el Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, si me permite señor Presidente, yo creo que precisamente retomando sus expresiones de legalidad y antes de hablar de legalidad yo creo que tenemos que someternos a un valor deontológico que es en el aspecto de ser congruentes con la verdad, yo considero prudente, salvo la mejor opinión, que hemos estado de alguna manera, vulnerando situaciones precisamente de legalidad, porque no por el hecho de que invoquemos en un documento alguna disposición de orden normativa, si, quiere decir que estamos cumpliendo con legalidad, legalidad es ser congruente la norma con el hecho, cuando no hay eso no hay legalidad, entonces yo quisiera suplicarle que antes de que se tome lista de asistencia de los señores magistrados y la señorita Magistrada, que, primero se tome en consideración lo relativo a la sesión, porque no debemos en cuestión de legalidad iniciar la sesión sin que este firmada precisamente el acta de la sesión inmediata anterior, que es un requisito fundamental y el aspecto de la orden del día en el cual también yo creo que los puntos cuatro y cinco, este no tienen razón de aparecer en la orden del día, no veo ninguna jerarquía ni de carácter normativa, ni de carácter administrativa para que estén enumerados y que en asuntos varios, en su caso si usted estima prudente, porque es una facultad de usted irrefutable ponderarlos, los ponderaremos sin ningún demérito, sobretodo por el aspecto de que en el acta de la sesión anterior veo expresiones que se desapartan de la realidad, y si es importante ponderarlo eso ahorita, porque insisto yo creo que debemos cuidar el hecho de tener en esto, expresiones, insisto que no fueron abordadas en la sesión y realizar afirmaciones imperativas que nunca fueron votadas, porque esto nos implicaría considerar que estamos teniendo una doble moral, cosa que a mi me preocupa mucho.

 

En uso de la voz el Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Bien, como se preciso al principio, con toda oportunidad, se distribuyo el proyecto de acta, elaborado por la Secretaria General de Acuerdos, conforme, según tengo entendido a la grabación,  y al margen izquierdo, con letras mayúsculas aparece la leyenda proyecto, entonces si hay afirmaciones que no corresponden o que se apartan de la realidad por su puesto que deben corregirse, precisamente por ello se va a discutir la aprobación del acta de la sesión anterior; por otra parte, nuestra principal obligación como Magistrados, es administrar justicia a los justiciables y ya se ha dicho, en muchas ocasiones que lo prioritario es resolver los recursos de reclamación y de apelación, por ello vienen en los primeros lugares del orden del día, por otra parte, no hay ninguna disposición que califique de legal o ilegal una sesión plenaria por el hecho de que no este firmada el acta de la sesión anterior y en este caso, pues tampoco la anterior debió de haberse celebrado porque a su vez una anterior todavía no ha sido autorizada por la Secretaria General de Acuerdos,  en virtud de que falta la firma de dos magistrados, por ello insisto en que lo legal, lo mas pertinente es que se registre la asistencia de los Magistrados integrantes de Pleno para con base en eso declarar integrado el quórum legal y proceder a aprobar o no el orden del día, si gusta señor Secretario registrar la asistencia

 

En uso de la voz el Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Nada mas hay que hacer asentar mi voto en contra de esta moción, es que no vamos a encontrar nosotros, si vamos a buscar siempre una disposición estricta de la ley para resolver nuestros problemas vamos a tener que crear una ley que hable de dos millones de artículos y no vamos a encuadrar todas las conductas posibles, es obvio que hay causas de fuerza mayor que son insuperables por la presidencia, por los integrantes de pleno y que bueno como usted dijo prudentemente y con estricto apego a la verdad, de que hay un acta que falta de dos firmas, pero hay un impedimento legal, en el caso concreto en éste, el único impedimento que hay, es que el acta tiene situaciones que no fueron acordes a lo que sucedió en la sesión, es algo que ahorita nosotros pudiéramos dirimir, comentar, si en las opiniones que cada uno tenga sobre el acta, si es que las tiene, si estamos falseando, porque la grabación dice lo contrario, bueno ya lo corregiremos y lo podemos hacer en este momento, pero eso no significa que tenga que haber una disposición legal que diga estrictamente prohibido iniciar una sesión cuando el acta anterior no esta firmada, articulo x de la Ley de Justicia, yo creo que no podemos pensar como particulares porque nuestra principal obligación es con la razón.

 

El Magistrado Presidente ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Se solicita a la Secretaría General tomar nota de lo manifestado  por el señor magistrado Armando García Estrada.

 

La Presidencia solicitó al Secretario General de Acuerdos, proceda a tomar lista de asistencia; verificado que fue lo anterior, se dio cuenta de la presencia de los señores Magistrados, ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, ARMANDO GARCÍA ESTRADA y ALBERTO BARBA GÓMEZ, con lo que se surte el quórum requerido para sesionar; por consiguiente, dio inicio la Vigésima Sesión Ordinaria del Pleno de este Tribunal, considerando como válidos los acuerdos que en ella se pronuncien, en atención a lo establecido por los artículos 12 y 16 del Reglamento Interior del Tribunal de lo Administrativo.

 

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El Magistrado Presidente da cuenta al Pleno de la constancia que contiene el turno aleatorio, a efecto de que se proceda a la designación de los Magistrados Ponentes, respecto de los recursos de Reclamación y Apelación, conforme lo establecen los artículos 93 y 101 de la Ley de Justicia Administrativa, la cual se sometió a la consideración de los Magistrados que integran el Pleno, quedando aprobada en sus términos por unanimidad de votos, la que se agrega como parte integral, como anexo número uno en dos fojas útil por una cara, con el turno de los Expedientes Pleno del 327/2007 al 342/2007, así como el Juicio de Responsabilidad Patrimonial 25/2007 y Recusación 326/2007.

 

Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Perdón señor Presidente, la situación de la orden del día entonces va a quedar tal cual como viene aquí sentada, como usted ofreció al Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, que después de analizar la situación de la anterior sesión, de la anterior acta, usted la va a ponderar en asuntos varios que se iba a verificar sobre la situación de la orden del día y esto no la hemos votado.

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, No veo ningún inconveniente, si gustan que se sometan a aprobación los puntos del orden del día, pues me parece una medida adecuada, y por supuesto que yo respaldo que se someta a votación el orden del día.

 

Magistrada PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, en favor de la orden del día que nos fue turnada el día 12 de junio firmada por el presidente Magistrado Maestro ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA.

 

Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, a favor de la orden del día, dado que cumple con el articulo 28 del Reglamento Interior del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco.

 

Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, a favor, con las modificaciones que su servidor solicitó a este Pleno, como segundo punto se aprobara todo el caso del proyecto del acta de la sesión anterior y con las modificaciones que también el Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, solicitó a esta soberanía.

 

Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, a favor parcialmente solo por lo que se refiere al punto uno, dos, tres y seis, y ponderar un detalle, no se si nos estamos convirtiendo en un tribunal de legalidad, o en un tribunal, perdón por esta expresión, pero creo que si buscábamos reorientar, reencaminar a este tribunal a un aspecto de respeto, de legalidad, de prudencia, puntualidad y responsabilidad, me sorprende mucho el sentido del voto de personas que reconozco como juristas, que sabiendo que lo que enumera el punto cuatro y cinco, no tiene nada que ver en asuntos varios, se invoquen incluso hasta fundamentos, que pues es obvio el articulo 28 dice como llevarse la sesión pero nunca dicen que esos asuntos deban de tratarse en la orden del día, además incluso hasta la impugnación de la fracción sexta, yo la veo que es incongruente, si es lo que se pretende en el fondo es incongruente también a esta situación porque no estamos en el caso de proponer algún personal, algún área, porque primero para proponer es porque tenemos una plaza vacante y yo hasta ahorita no veo que haya renunciado o que tengamos la renuncia de algún secretario, o del Director de Finanzas o del Director de Informática para ponderar la fracción sexta de ese articulo, décima sexta del articulo 64, no entiendo si entonces la intención y el consenso de este pleno va a ser utilizar (superfugios) si y no obrar en conciencia y con prudencia y siendo objetivos y reales a las necesidad del Tribunal, entonces si que cada quien camine por el rumbo que prefiera y entonces después no nos preocupemos de que seamos el peor Tribunal como lo fue en su momento éste.

 

Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, en favor solamente de los puntos primeros, segundo y sexto en virtud de la inclusión inapropiada y el tercero también, cuarto y quinto no, en virtud la inclusión inapropiada de asuntos que no forman parte de una sesión ordinaria en los términos de ley, en los términos reglamentarios.

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Bien, a favor del orden del día, en virtud de que el punto número cuatro es en acatamiento al acuerdo tomado por este honorable Pleno, para planificar una visita extraordinaria a la Secretaria General y aquí a lo que se refiere este punto es al resultado de esa visita que también con toda anticipación se hizo llegar a cada uno de los señores magistrados en ciento sesenta fojas para que tuvieran conocimiento antes de ese resultado y porque el orden del día señala o precisa los asuntos que se van a tratar y es el objeto del orden del día que se siga un orden y lo que no es adecuado es que se traten asuntos que no están agendados en el orden del día, por eso se agendaron, y con la debida oportunidad se distribuyeron en ciento sesenta fojas los resultados de esa visita, que está en el punto cuatro donde se va informar del cumplimiento y en el punto cinco, la Ley Orgánica impone al presidente en funciones la obligación de emitir un dictamen individualizado del desempeño de cada uno de los señores Magistrados esa es una obligación que la ley le impone al presidente en funciones y por tanto en el orden del día se esta incluyendo este punto para que se considere por el pleno algún formato que satisfaga los requisitos que exige la propia ley, en virtud de que este primer semestre del año dos mil siete, a punto de concluir, tiene una peculiaridad y esa peculiaridad se refiere a la permanencia o temporalidad de los magistrados integrantes de pleno, en ese primer semestre hubo una primera integración y ahora hay una segunda integración del tribunal, y la ley exige que se rinda por parte del presidente, que se emita el dictamen de desempeño de cada uno de los señores Magistrados y por tanto se requiere adecuar el formato para que una temporalidad corresponda a los magistrados que estuvieron con anticipación y ahora la nueva integración de los magistrados por tanto no se advierte ahí absolutamente ninguna ilegalidad, a caso una muestra de que el formato puede quedar mejor elaborado si participamos todos los magistrados, para que el presidente recoja las observaciones que hagan cada uno de los señores Magistrados y en todo caso incluirlas en el formato para cumplir con la obligación que la propia ley nos impone. Y por lo que se refiere a lo que se ha reiterado de que el acta  se aparta de la realidad de lo que está grabado, de lo que se trató, precisamente por eso está agendado que en asuntos varios se analice ese proyecto de acta, se recojan las observaciones y una vez atendidas en su totalidad se firme el acta correspondiente, en esa virtud el orden del día queda aprobado por mayoría, en virtud de que hay tres votos que se emiten a favor pero, con algunas adaptaciones y el voto de la presidencia pues desde luego es en el sentido de que se apruebe el orden del día que se distribuyó con anticipación entre todos los señores Magistrados, en esa virtud haciendo uso entonces y ejercicio del voto de calidad, queda aprobado el orden del día por mayoría con el voto en contra de manera parcial de tres compañeros Magistrados.

 

En uso de la voz el Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, Yo quisiera nada mas hacer una observación, no comprendo el punto cinco, formato del dictamen semestral señalado por el articulo 64 fracción XVI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, indica otra cosa completamente distinta, si fueran tan amables en explicármelo porque en la fracción décima sexta dice proponer al Pleno del Tribunal de lo Administrativo los nombramientos del Secretario del Tribunal, de los Directores y de los titulares órganos auxiliares del propio Tribunal de lo Administrativo, así como del representante de este ultimo ante la Comisión Substanciadora.

 

Magistrado Presidente ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Aquí en este caso, el formato es precisamente lo que he comentado, que la ley le impone al Presidente la emisión de un dictamen, de un dictamen semestral, aquí en este caso procede la observación del Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, en que se fundamente en la norma aplicable, entonces le rogamos a la Secretaria General de Acuerdos tome nota que se refiere a la obligación que le impone la ley al Presidente para elaborar el formato.

 

Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, Solamente señor Presidente si me permite que ya en el esquema de votación apunta a siempre imponer criterios por mayoría, ya fue votado éste orden del día y pues fue votado y aprobado por mis compañeros los señores magistrados con este error.

 

Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, yo únicamente solicitaba la aclaración, era todo.

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Ya quedo votado y entonces se atiende por pertinente la petición que hace el magistrado BARBA GÓMEZ, para que asÍ se registre en la Secretaria con la anotación adecuada.

 

Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Yo quisiera nada mas, yo lo dije hace un momento pero bueno creo que mis palabras son gritos en silencio, pero son parte de este trabajo, yo le vuelvo a suplicar, que si nos pudiera precisar en donde existe la disposición de que Usted tiene que informar acerca del rendimiento de los señores Magistrados del semestre o de la temporalidad.

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Rogamos a la Secretaría General de Acuerdos de lectura al artículo aplicable.

 

Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Porque no agotamos este punto para no perdernos y así vamos avanzando.

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Ya está votada la aprobación del orden del día y la admisión de la aclaración por pertinente que hace el Magistrado BARBA GÓMEZ, y si nada mas lo que hay que tener en cuenta la validez de las normas que tienen una temporalidad de iniciación de la vigencia, pero también las normas pues se van reformando, y la Ley Orgánica ya fue adicionada desde antes de la integración del actual tribunal y ahí se precisa la obligación que la Ley le impone al Presidente de emitir el dictamen semestral la obligación

 

Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, nomás que quede constancia que ya fue aprobada la orden del día por mayoría con el ejercicio del voto de calidad del señor Presiente, con la aclaración del señor Magistrado y reiterándose que hasta las once con treinta y cuatro minutos no se tiene el fundamento para esta situación.

 

- 3 -

 

En uso de la voz el Magistrado Presidente del Tribunal, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 93, 101, 102 y demás relativos y aplicables de la Ley de Justicia Administrativa, somete a consideración de los presentes los proyectos de sentencia relativos a los Expedientes Pleno que enseguida se mencionan, según relación anexa en dos fojas útiles por una sola cara, en copia certificada, misma que conforma el anexo dos de la presente Acta.

 

ACLARACIÓN DE SENTENCIA

 

622/2006.

 

Dicho proyecto, fue aprobado por mayoría de votos, al votar en contra la Magistrada PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ.

 

QUEJA ADMINISTRATIVA

 

92/2007.

 

El Expediente señalado, no fue sometido a votación, al haber sido retirado por su Ponente.

 

RECURSOS DE RECLAMACIÓN

 

558/2006, 70/2007, 130/2007, 144/2007, 159/2007, 162/2007, 236/2007, 264/2007 y 303/2007.

 

Respecto del expediente pleno 558/2006 y sometido que fue a yo quisiera poner a la consideración de los señores Magistrados que integran este Pleno, someter al análisis el presente asunto una vez que se decida la cuestión de la jurisprudencia que ustedes habían solicitado.

 

ALBERTO BARBA GÓMEZ, Yo considero que lo podemos votar, no le veo mayor trascendencia la ley es clara, la constitución es clara

 

ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Por otro lado aquí está toda la exposición de motivos y el decreto que crea ese Instituto de Transparencia donde consta la expresión del creador de la norma que las decisiones son inatacables, son vinculatorias y que solo al particular se le concedió acudir al juicio de amparo y a la Secretaría le hago entrega formal de los citados documentos.

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Esta a consideración la propuesta de que se vote este asunto ya presentado o la que hace el Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, en atención a que este Pleno ha solicitado que se fije jurisprudencia sobre este particular que se resuelva el asunto una vez que se haya asentado jurisprudencia correspondiente.

 

Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Otra vez una situación de apreciación equivoca y perdone que este yo interviniendo la posición es muy clara el Señor Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, hizo alusión de esa situación que esta en estudio y le pidió al ponente que si el estaba de acuerdo en que se retirara, no estableció la situación de que se votaba o no el asunto, en eso yo pido por favor que no estemos alterando las situaciones.

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Bien en atención a una solicitud que hace un miembro del Pleno al señor Magistrado Ponente y dado el Magistrado Ponente tiene todo el derecho a presentar su proyecto y si él no lo retira, se abre la discusión y la votación, simplemente la consulta que se está haciendo al Pleno, pero en este caso si el Magistrado BARBA GÓMEZ considera que debe someterse a discusión y votación el proyecto, yo  no veo inconveniente para que se lleve a cabo, en virtud de que ya ha dado respuesta al señor Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, y que el propio Magistrado GARCÍA ESTRADA, ha hecho las manifestaciones conducentes, en esa virtud si esta de acuerdo el Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA.

 

Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, si señor Presidente, ya escuché del Magistrado ponente que lo quiere someter a votación.

 

Magistrada PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, En contra del proyecto.

Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, En contra del proyecto.

Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, A favor.

Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, Por las razones establecidas por el ponente y fundamentalmente porque invoca una fuente esencial para la interpretación de la norma que es la exposición de motivos de la reforma constitucional contenida en el decreto número 20,862 en el que se establece claramente que la intención del legislador fue precisamente darle el carácter de inatacables y vinculatorias las resoluciones del Instituto de Transparencia a favor del proyecto.

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Voto en contra y ejerciendo el voto de calidad queda aprobado por mayoría.

 

Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Pediría no más que se me hiciera llegar copia certificada de esta resolución en concreto con las copias certificadas del Congreso y de la opinión literal de los que van en el sentido contrario de la resolución que se acaba de resolver.

 

Se atiende de conformidad la solicitud presentada por el Magistrado GARCÍA ESTRADA.

 

Los Expedientes Plenos 558/2006, 70/2007 y 159/200, se turnaron para engrose al no haber sido aprobados por la mayoría de los Magistrados integrantes del Pleno.

 

Los Expedientes Pleno 144/2007, 236/2007, 162/2007 y 303/2007, no fueron sometidos a votación, al haber sido retirados por su Ponente.

 

El Expediente Pleno 130/2007, quedó aprobado por Mayoría de votos, de los Magistrados integrantes del Pleno, al votar en contra el Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA.

 

RECURSOS DE APELACIÓN

 

376/2004, 612/2006, 176/2007, 200/2007, 275/2007, 281/2007, 283/2007, 288/2007 y 312/2007.

 

Los Expedientes Pleno 376/2004 y 200/2007, no fueron sometidos a votación, al haber sido retirados por su Ponente.

 

Los Expedientes Pleno 176/2007 y 312/2007, se turnaron para engrose al no haber sido aprobados por mayoría de los Magistrados integrantes del Pleno.

 

El Expediente Pleno 612/2006, fue aprobado por mayoría, al votar en contra el Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA.

 

El Expediente Pleno 281/2007, fue aprobado por mayoría, al votar en contra los Magistrados HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ y ARMANDO GARCÍA ESTRADA, quienes solicitan se les turnen los autos, para razonar su voto en contra.

 

El Expediente Pleno 283/2007, fue aprobado por mayoría, al votar en contra el Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA.

 

El Expediente Pleno 288/2007 fue aprobado por mayoría de votos, al votar en contra el Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, quien solicita se le turnen los autos, para razonar su voto en contra.

 

En estos términos, los asuntos fueron debidamente analizados, discutidos y votados por los Magistrados asistentes al Pleno.

 

- 4 -

 

4.1. En este asunto, el Magistrado Presidente, hace entrega al Secretario General de Acuerdos, de los autos de la Visita Extraordinaria 1/2007, efectuada a la Secretaría General de Acuerdos, y atenciendo el oficio que le remiten las Visitadoras habilitadas para realizar dicha visita Extraordinaria, manifestando lo siguiente:

 

“Visto el contenido del Acta de visita de inspección extraordinaria 1/2007, a efecto de determinar fehacientemente si existe o no responsabilidad imputable al Maestro en Derecho Oscar Gregorio Ramírez  Fregoso, quien se desempeña como servidor público de confianza con nombramiento provisional en la Plaza de Secretario General de Acuerdos de este Tribunal hasta el 31 de diciembre del 2007, y teniendo el nombramiento de confianza definitivo en la plaza de Secretario de Sala, adscrito a la Quinta Sala Unitaria, con licencia hasta el 31 de diciembre del 2007, en atención a lo establecido por los artículos 65 de la Constitución Política de nuestra Entidad  Federativa, 4 fracción IV inciso b), 8, 9 fracción III inciso b), 9-A, 10, 16 fracción III, 22 fracción V incisos a), e), g), i) así como ll), 23, 25, 26 y 55 fracciones I, IX, XI, XIII, XIV, XVI de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, y en base al resultado de la visita de inspección extraordinaria 1/2007, se ordena la instauración del procedimiento administrativo de responsabilidad, por estimar que incurrió el servidor público de referencia en las causales de terminación de la relación de trabajo contempladas por el citado artículo 22 en su fracción V incisos a), e), g), i) así como ll), de ahí que existan elementos suficientes que presumen el incumplimiento a las obligaciones legales que le asisten y que, además, conducirían a la pérdida de la confianza en los dos nombramientos antes especificados, dada la presunta desatención a normas legales sobre la debida organización de las funciones a su cargo. El procedimiento de referencia atiende además a lo contemplado por los artículos 64 fracción XI y 65 fracción IX y XIX, 198 fracción I, III, IV, VIII, XI, XIII, XIV; XV, XXIII y XXI, 201, 202, 203 y 218 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, debiéndose nombrar al correspondiente Magistrado Instructor.

 

Gírese oficio al incoado acompañando copia del acta de visita y sus anexos, para que dentro del término de 05 CINCO DÍAS HÁBILES, formule un informe sobre los hechos y rinda las pruebas correspondientes, indícándosele que el informe deberá referirse a todos y cada uno de los hechos involucrados, afirmándolos, negándolos, expresando los que ignore por no ser propios, o refiriéndolos como crea que tuvieron lugar. Hágasele  saber que se presumirán confesados los hechos sobre los cuales el incoado no suscitare explícitamente controversia, sin admitirse prueba en contrario. Cítesele a la audiencia prevista por el artículo 23 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, señalando fecha para ese efecto, misma que deberá desahogarse en el Salón de Plenos de este Tribunal, ubicado en el octavo piso de la Avenida Américas 1536 de esta ciudad, pudiendo asistir en compañía de un defensor, abogado o persona de su confianza, en donde le será otorgado el derecho de audiencia y defensa, recibiendo su declaración, así mismo se recibirán las pruebas que ofrezca, procediendo en ese acto a su desahogo, así como para que en la misma rinda alegatos. Hágasele saber que servirán de prueba todos los documentos que fueron materia de la visita, los cuales quedan a su disposición dentro de los archivos de la propia Secretaría General, sin que le sea entregada copia de los mismos, por exceder de 50 hojas, al tenor de lo previsto por los artículos 91 y 91 bis del Código de Procedimientos Civiles del Estado, aplicado supletoriamente.

 

Prevéngasele para que designe domicilio para recibir notificaciones, y autorizados para ese efecto, apercibiéndolo que de no hacerlo, las notificaciones subsecuentes, aún las de carácter personal se realizarán en términos de lo señalado por los artículos 107 y 108 de la Ley Adjetiva Estatal, aplicada supletoriamente.

 

Gírese oficio a la Dirección de Administración de Recursos Humanos y Servicios Materiales, para que remita el expediente personal del Maestro en Derecho Oscar Gregorio Ramírez Fregoso, a efecto de tenerlo a disposición cuando se emita la resolución que corresponda.

 

Por así convenir a la conducción o continuación de la investigación, para el sano desarrollo de todas las actividades jurisdiccionales y administrativas que le asisten a este Órgano Colegiado, ante la falta de un acta de entrega-recepción por parte del saliente Presidente de este Tribunal, cuya indagación derivó en la orden de este Pleno de una visita de inspección extraordinaria a la Secretaría General de Acuerdos y a virtud de los resultados obtenidos de la misma, en esa tesitura, de conformidad a lo establecido por los artículos 64 fracciones IX , XI y XIII, 65 fracción VI, y 70 último párrafo de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se habilita al C. Licenciado Gerardo Jiménez Amaya, Secretario de Sala adscrito a la Tercera de este Tribunal, para que funja como Secretario General de Acuerdos habilitado, hasta en tanto concluya el procedimiento administrativo de responsabilidad incoado en contra del actual Secretario General de Acuerdos, y lo sustituya en el ejercicio de sus funciones, sin menoscabo de las prestaciones económicas percibidas por el Maestro en Derecho Oscar Gregorio Ramírez Fregoso, y atendiendo las áreas que requieren mayor apoyo por las cargas de trabajo que imperan, se comisiona a éste para que brinde el apoyo jurídico y laboral de manera temporal a la Sala Unitaria que así lo requiera, a efecto de abatir el rezago existente sin que dicha comisión prejuzgue sobre la responsabilidad que se investiga y, siendo factible presupuestalmente, se cubra la diferencia salarial al Secretario General habilitado”.

 

En uso de la palabra el Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, Según el orden del día señor Presidente únicamente procede el que se nos informe el resultado de la auditoria.

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, El resultado de la auditoria sobre la visita extraordinaria se contiene en el legajo de 160 hojas que se distribuyó previamente y que en este momento entregamos el original a la Secretaría General de Acuerdos para su debida custodia y en el punto de acuerdo que aprobó el Pleno, se habla precisamente de esa orden de visita extraordinaria y aquí en el punto cuatro de la orden del día, dice cumplimiento de lo ordenado, es como cuando una diligencia empieza una hora hábil y termina una hora inhábil, aquí en este caso el cumplimiento lleva implícita la medida que se esta proponiendo al propio Pleno.

 

Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, el orden del día establece que únicamente es el cumplimiento, .si ustedes así lo consideran con mi presencia votaré únicamente,. sino con todo respeto se lo digo a este Pleno yo no me prestaré a una  votación distinta.

 

Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, ya de por si en su origen la Orden del Día, y se el resultado final, a lo mejor estoy lanzando gritos en silencio como lo expresé hace un momento, se del resultado final de la votación, porque parece ser aquello que se dijo fue romanticismo, de que pudiéramos ser contrarios pero creo que no somos contrarios somos contradictorios, contrarios no nos hace diferentes, podemos compartir el espíritu de muchas cosas en común, pero ya en esta posición tan radical que se tiene hacia la posición que guarda esta magistratura que habla, es inevitable que no hay fuerza a la mejor ni divina, que modifique las intenciones sobre todo cuando ya están encaminadas de parte de una suposición meramente subjetiva. Yo vuelvo a reiterar en su ausencia dije lo siguiente, que si la intención es correr al Secretario de Acuerdos, no hay que darle tantas vueltas, si lo quieren correr hay que correrlo, no hay ningún problema, nomás hay que medir igual a todo mundo. Antes de llegar aquí lo mencioné también en su ausencia, le comentaba al Magistrado Víctor que antes de arribar a lo que yo esperaba que fuera diferente, que los diálogos previos que habían escuchado que este Tribunal se distinguía por muchas situaciones irregulares, por una descortesía, diferencias personales verbales y hasta físicas de los que integraron el anterior pleno; y que por lo que ve al anterior personal se hablaba muchas cosas de corrupción de Secretarios que andaban involucrados en cosas inadecuadas, que había situaciones de mafias entre las secretarias, y ahora ya noto, con los hechos, por eso dicen que cuenta más lo que se hace que lo que se dice, que ya este Tribunal cambió de la noche a la mañana y que la única mancha negra que encontramos aquí es al Secretario General de Acuerdos; lamento mucho que esto este sucediendo, yo siempre he considerado que la experiencia nos debe de enseñar a ser prudentes y sobre todo respetuosos de la ley, al margen, primero es la ley que otra cosa, pero bueno, si ya la intención está definida porque se como van a votar, no tiene caso que entremos a mas discusiones, a final de cuentas veo que a la anterior Presidencia se censuraron algunas cosas que no estaban de acuerdo, pues ahora veo desafortunadamente que esto se está convirtiendo en una dictadura para adoptar todo lo que se quiere, insisto no necesitamos ni discutir ni pelear, si ustedes gustan que este Tribunal sea la conciencia nada de ustedes, adelante, no hay ningún problema, acabamos discusiones, el aspecto jurisdiccional me encanta y en el administrativo ustedes se pueden hacer cargo.

 

Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, Señor Presidente yo creo que esto puede tener una solución, si usted retoma puntualmente el contenido del acuerdo tomado, lo digo nuevamente con el único voto en contra del suscrito, el cumplimiento, esta palabra implica que se de cuenta de la realización de esta visita y que por razones de lógica, de orden y de respecto si a las visitadoras nombradas en esa forma, por mayoría impuesta, les costó esto 24, 48 o mas horas realizar esta labor, usted nos está dando menos de 24 horas para imponernos de un legajo de 160 fojas que ameritan un análisis acucioso y puntual en virtud de lo que se pretende, que es claramente la destitución del Secretario General de Acuerdos. Entonces no es pertinente, prudente adecuado no es apegado a las reglas mínimas de respeto y equilibrio que deben ponderarse en la Presidencia de este Tribunal, el que se quiera someter este punto de acuerdo a votación. Yo propongo que se de cuenta nada más de esto, que se vean los puntos del orden del día, que nos de oportunidad de analizar el documento con el espacio debido y el respeto que merecemos los Magistrados que no venimos a convalidar decisiones tomadas con anterioridad, si usted cree conveniente y prudente hacer esta moción valida tiene mi comparecencia y voluntad.

 

Magistrada PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, Bueno yo quiero manifestar el apoyo que acaba de hacer el señor Presidente, toda vez que todo funcionario o servidor público que tenga conocimiento de actos u omisiones que impliquen una responsabilidad para quienes cometieron estas conductas, deberá de hacer de oficio la integración de este procedimiento y en este caso se está presentando solamente la propuesta de iniciar el procedimiento y una vez que se de el resultado se tendrá la resolución y se le dará su derecho de audiencia y defensa hacia el servidor publico que está involucrado en las cuestiones que se plantearon en el resultado de la visita. Esa es mi intervención señor Magistrado.

 

Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, No se está tomando ahorita una decisión en relación a la situación jurídica, resultado de la revisión que se le ha practicado al señor Secretario, esto falta por concluir previa la garantía de audiencia como alcancé a escuchar. Entiendo la propuesta del señor Presidente para efecto de, provisionalmente que obre alguna otra persona como Secretario, sin que ello demerite la calidad profesional en su persona y sus derechos que tiene en este Tribunal, es simplemente para evitar cualquier situación, de suspicacias administrativas, el que él en este momento que está siendo objeto de una revisión pues siga fungiendo como Secretario, entiendo que esa es la pretensión que propone por parte del señor Presidente; no se está todavía, ni juzgando, ni tomando una decisión final simplemente se esta proponiendo a este Pleno para que mientras tarde o dure ese procedimiento de revisión, funja otra persona como Secretario, sin que ello prejuzgue anticipadamente la calidad, los servicios, la responsabilidad del señor Secretario.

 

Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, Con todo respecto Magistrado León Figueroa siento contradecirlo, por que el documento que acaba de leer el Magistrado Presidente si prejuzga, apunta irregularidades las imputa de tal manera que está proponiendo a este Pleno que acordemos la iniciación de un procedimiento, si hay un pre juzgamiento; yo para no entrar en mayores controversias, ni en situaciones que realmente resultan bastante incomodas para la marcha de este Tribunal, en donde hemos esperado que el equilibrio, el consenso y la sensibilidad se ponderen por encima de posturas personales, simplemente dije si nos quedamos con la cuenta del documento nos da la oportunidad jurídica temporal de analizarlo y pasamos al siguiente punto, podemos retomar el cause legal, si la propuesta es insistir en esto pues me gustaría que el señor Presidente me dijera si avanza él en la propuesta de generar el punto de acuerdo someterlo a votación.

 

Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, o simplemente perdón por la interrupción atendiendo lo que establece el orden del día y únicamente darnos cuenta. Dos puntos, que se de cuenta y que se cumpla con lo que establece el orden del día dándonos cuenta; y la otra es ya, con el acuerdo de propuesta que usted esta proponiendo para la separación seguir un procedimiento para saber en un momento dado que es lo que su servidor va a proceder a hacer.

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Antes de someterlo a votación en el punto de acuerdo propuesto, se habla que se presumen las faltas y precisamente como se presumen las faltas en el desempeño de su función es por lo que se instaura un procedimiento de responsabilidad administrativa y el Pleno es el que tiene facultad para resolver el fondo de este procedimiento de responsabilidad administrativa, y tan solo va a iniciar y no nada más ello sino se ha tenido todo el cuidado, todo el esmero, como lo apuntó el Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, de que no se esta menoscabando la buena imagen de un servidor publico, ni tampoco se está afectando ninguna prestación económica, su nombramiento sigue vigente, lo que pasa es que habría un conflicto de intereses, cómo va a fungir como fedatario en la audiencia correspondiente, y esto se entiende de otra manera, en el sentido de que se trata de correr, porque ese el término que se utilizó, simplemente la declaratoria de perdida de confianza. Entonces que quede claro en el punto de acuerdo, ahí esta la grabación, se habla de que se presumen faltas, por una parte y, por la otra, de que con el efecto de no lesionarlo en sus percepciones, su nombramiento sigue vigente, simplemente por ese conflicto de intereses, otro Secretario del propio Tribunal durante este lapso del procedimiento de responsabilidad administrativa fungirá como Secretario de acuerdos del Tribunal, porque de otra manera, ahí sí estaríamos cometiendo diversas ilegalidades y aquí se ha comentado que algunas Salas recibieron pues un rezago importante y que ahora deben atender, y si el señor Secretario General de Acuerdos ha servido como Secretario de Sala Unitaria, pues que persona más adecuada para apoyar a los Magistrados de Sala Unitaria que así lo requieran para la elaboración de los proyectos, respetándole exactamente su mismo horario, su misma retribución, su misma prestaciones, hasta prestaciones accesorias y yo no veo que se hable de una imposición, de ninguna manera, por que aquí lo que se está cumpliendo es lo que se ha alegado siempre, con la propia ley y la propia ley nos obliga a todos los servidores públicos a darles todas las oportunidades de audiencia y defensa, aquí mismo se está mencionando todo ello, y entonces si ya tendremos tiempo para deliberar sobre otros asuntos torales para el propio Tribunal, pero mientras que exista ese conflicto de intereses, pues no se puede substanciar el procedimiento de responsabilidad administrativa, y en ese supuesto yo veo que no estamos prejuzgando y no se esta tomando una determinación de destitución de nadie, sino simplemente una reasignación eventual por la situación que prevalece con motivo de esta visita extraordinaria a que se contrae el legajo de 160 hojas, realmente no nos inducen a que a priori tomemos una decisión de trascendencia, como podría ser la remoción del Secretario General de Acuerdos, sino tan solo es una presunción para que se instaure el propio procedimiento y yo hablo, con un llamado a la cordura pues para que no pase también lo que se trato con el punto cinco del dictamen semestral señalado por el artículo 64 fracción XVI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, por dos razones, una, porque está fundamentado este apartado del orden del día y la otra, porque el hecho de indicar al Secretario General de Acuerdos que tome nota que las once horas con veintitantos minutos no ha localizado el fundamento correspondiente, creo que esto iría en deterioro de los señores magistrados del propio Tribunal, porque como peritos en derecho estamos obligados a conocer la ley y sobre todo la Ley Orgánica del Poder Judicial, y la Ley Orgánica del Poder Judicial efectivamente como lo mencione de manera reiterada, impone al Presidente en funciones la obligación de emitir un dictamen semestral respecto del desempeño de cada uno de los señores magistrados y esa reforma a la Ley Orgánica que no se pudo localizar en el ejemplar que tiene el señor Secretario General de Acuerdos, data de hace más de cuatro años, fue en mayo de 2003, y en esa reforma mediante la cual se adiciona la Ley Orgánica nos da la pauta y simplemente nos remite a otro precepto de la Ley Orgánica cuando habla del dictamen previo al vencimiento del primer periodo para el que han sido designados cinco de los señores Magistrados del Tribunal, pero la adición consiste en que el Presidente deberá emitir un dictamen semestral que se va a tomar como un antecedente que nos va a afectar de una manera o de otra a todos los Magistrados y yo, como Presidente del Tribunal, en un acto de caballerosidad y de cortesía, presenté a consideración del Pleno el formato que quiero presentar para cubrir esa obligación que la ley me impone y si la ley le impone esa facultad o esa obligación al Presiente del Tribunal pues simplemente emite el dictamen y da cuenta al Pleno, lo cual me parecería a todas luces impropio, porque antes es necesario que cada uno de los señores magistrados, primero conozcan el formato y, segundo, los datos sujetos a revisión que se van a incorporar en el propio dictamen. Aquí tengo sobre este asunto el decreto 20089, en este decreto que es del uno de mayo de 2003, se establece una reforma al artículo 64, porque ahí se mencionó que ese artículo se refería a remover al Secretario General y realmente la remoción no la puede llevar a cabo ningún magistrado ni aun el Presidente, es facultad exclusiva del Pleno del Tribunal y este artículo 64 reformado y adicionado dice el Presiente del Tribunal de lo Administrativo tendrá las siguientes atribuciones, y el último párrafo precisa que efectos de un adecuado control y evaluación de las labores del Tribunal de lo Administrativo, el Presidente del Tribunal elaborará y conservará un dictamen semestral de cada uno de los magistrados con los elementos que establecen en la fracción XXVI del artículo 23 de la Ley y el artículo 23 de la Ley que es el que señala la obligación del Pleno de emitir un dictamen, pero ya cuando este a punto de vencer el periodo de ejercicio de siete años, si lo vemos esto de manera objetiva y porque no decirlo tranquila, pues estamos viendo que aquí no se está causando con el punto anterior ningún perjuicio a ningún servidor público; porque como bien lo apuntó el Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, no se está prejuzgando, se está dejando a salvo la imagen que tiene el señor Secretario, simplemente como un derecho que tiene de no ser removido o destituido o privado de sus emolumentos se está proponiendo que se instaure el propio procedimiento, entonces, yo veo que si vamos a considerar como aquí se dijo que está es  una decisión y que ya se sabe como se va a emitir el voto, pues esto a quien va a afectar es a los integrantes del Tribunal incluyéndome desde luego a mi como par de todos ustedes, y por eso yo veo que no hay razón desde mi punto de vista para aplazar la resolución de estos asuntos con el argumento valido de que hay que estudiar el legajo de 160 hojas del resultado de la visita extraordinaria, es que basta que se presuma una responsabilidad para que se pueda fincar el procedimiento de responsabilidad administrativa, incluso hay disposiciones en la propia ley en casos determinados el Presidente puede tomar algunas medidas y en este caso no, no porque lo que se trata es precisamente ajustarnos a la propia legalidad, entonces yo haría un llamado a todos ustedes por el bien del  propio Tribunal para que siga avanzando y que no vayamos a ser materia de exhibición como en el caso del punto cinco, que se certifique que la Secretaría o quien haya sido no pudo localizar la fundamentación legal, y ya constatada se ve que es la correcta, la del Orden del Día, entonces pues retomando el asunto yo rogaría a ustedes ya con esta aclaración que hago ante todos ustedes con el respeto que me merecen, simplemente se autorizara la instauración del procedimiento de responsabilidad administrativa en los términos que ahí están propuestos.

 

Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, Señor Presidente, he escuchado con mucha atención sus intervenciones, aclaraciones, las justificaciones que se dan en torno al tema, son respetables como todo lo que se ha pronunciado en este Pleno en el valor que tiene, que lo diga quien lo dice por el derecho que tiene a hacerlo. Yo voy a insistir ya mas en dos situaciones, el Orden del Día que se aprobó por mayoría en el punto cuatro hubiera señalado votación de acuerdo para la instauración, con esa claridad, con esa transparencia que obliga al uso y la aplicación de disposiciones legales en materia disciplinaria, estoy de acuerdo que en este momento se someta a votación, pero no, simplemente se esta el cumplimento a lo ordenado es dar cuenta de la visita como ya se dijo reiteradamente y a nosotros nos corresponderá en el estudio del expediente, determinar primero, porque yo todavía tengo duda sobre las facultades y la legalidad de esa visita y de quienes fueron nombradas para que actúen en sentido por su carácter de iguales o quizás de inferiores jerárquicos. Simplemente sería primero que nosotros advirtamos si lo que aquí se imputa es materia o no para la iniciación de un procedimiento, esa sería la pauta legal correspondiente, ni siquiera damos por hecho que lo que aquí se está diciendo, no podemos dar por hecho sin haberlo revisado exhaustivamente, si es materia o no para la iniciación de un procedimiento, entonces, permítanme decirles también que un asunto que si es del interés general y donde hay un consenso total que es en el funcionamiento y la marcha de este Tribunal, que es esa revisión del formato de revisión semestral porque se puso en el punto cinco y no en el cuatro, es más importante, atañe a la vida y a la imagen del Tribunal, mientras que en el punto cuatro es una cuestión interna, que si se queda como está, no interfiere en nada la vida del Tribunal y en cambio si se toma la decisión simplemente si distrae seriamente las atenciones a los asuntos prioritarios del Tribunal. Entonces yo nada más señor Presidente si usted en ese llamado a la cordura yo le pido a usted lo mismo, le pido respeto a la legalidad a nosotros a nuestros tiempos, y si usted insiste en someterlo a votación pues permítame retirarme con la debida justificación que ya he expuesto legalmente.

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Entonces y siguiendo con el orden del día y atendiendo la observación desde mi punto de vista atinada y que ofrezco una disculpa al Señor magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, en el sentido que el punto cuatro se refiere al cumplimiento de lo ordenado y que desde su punto de vista, se está cumpliendo a lo ordenado con la entrega a la Secretaría General de Acuerdos del resultado de la visita, yo propongo lo siguiente, para cuidar estos aspectos de legalidad que están comentando, simplemente que sea el primer punto a tratar en el Orden del Día del punto último de asuntos varios y pasamos al siguiente punto que es el formato.

 

Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, Una pregunta Maestro, va a quedar tal cual como viene en la propuesta que usted dijo no simplemente el informe, yo lo he dicho y lo he dicho muchas veces hay asuntos que tenemos que tratar previamente, si vamos a insistir en que quede lo que usted está proponiendo en fincar el procedimiento de todos modos, yo también me retiro y ustedes resuelvan como ustedes quieran.

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Bien yo hago nuevamente un llamado a la cordura, si escuchamos aquí la grabación, como peritos en derecho no sabemos que la Ley Orgánica se reformó en mayo del 2003, eso a nadie beneficia, luego estamos obligados a conocer la Ley Orgánica y la Ley Orgánica establece algo similar, como en una diligencia que yo ya lo comenté, iniciada debe concluirse, salvo que haya causas de fuerza mayor y por otra parte, nos impone a todos los magistrados la obligación de permanecer en el Pleno y solamente podemos abandonarlo con autorización del Pleno, y en este caso pues ya se suscito primero una ausencia y luego la otra ausencia, pero no hay la autorización del Pleno esto a quien va beneficiar, absolutamente a nadie, en cambio, si se instaura el procedimiento de responsabilidad administrativa, no en el punto cuatro, sino en el último punto de asuntos varios, no se está ya prejuzgando ni tomando una determinación en uno o en otro sentido lo que si el sentido común nos dice es que no puede funcionar el Tribunal si hay conflicto de intereses entre el Secretario General de Acuerdos y la propia visita extraordinaria que el Pleno aprobó por unanimidad o por mayoría pero que aprobó, entonces ya se está cumplimentando y como aquí bien se dijo las Secretarías mostraron su identificación con el Tribunal y no sacrificaron, a ustedes les consta, horarios hasta muy tarde todos los días para terminar ellas su trabajo, ya lo terminaron, entonces yo lo que sugeriría primero, el punto cinco es el formato del dictamen, la propia Ley Orgánica impone ésta obligación en la Secretaría General, no se si está aquí el formato que lo tenga el Secretario General y en caso de que no lo tuviera entonces lo presentaría en la próxima sesión plenaria y sería el día 20 y el informe debe comprender hasta el día último de junio, lo que quiere decir que estaríamos en tiempo de elaborar el formato y que yo pudiera antes de suscribir cualquier dato estadístico sobre el desempeño de cada uno de nosotros incluyendo a su servidor pues simplemente que ustedes conocieran primero el formato y segundo los datos que ahí se van a contener y pasárselos a revisión con toda anticipación para hacer las aclaratorias del número de asuntos turnados, todo lo que marca la propia ley que simplemente para darnos cuenta se habla del total de asuntos turnados a cada magistrado, el total de asunto resueltos por cada magistrado, el total de los asuntos turnados a la Sala, de los asuntos resueltos por las Salas, el número de resoluciones resueltas, el número para ver ya no el aspecto no cuantitativo sino cualitativo, el número de resoluciones confirmadas o modificadas y los servidores públicos que auxilian al Magistrado, así como las quejas enderezadas en contra de los señores magistrados, si aquí damos pie a que se esté violentando la Ley de abandonar la sesión plenaria cuando hay disposición expresa en la ley, que se requiere la autorización del Pleno para abandonar la responsabilidad como integrante del Pleno y se pide que se certifique por la Secretaría General de que a las once y veintitantos minutos no pudo encontrar y que no existe una norma que imponga al Presidente la obligación de elaborar ese dictamen, yo creo que no conduce a nada positivo y lo que comenta el magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, me parece muy atendible que hay que tener alguna reunión privada previa.

 

 

Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, con todo respeto lo digo, nunca se ha llevado a cabo mis peticiones, han quedado en el limbo y esta es una decisión que debimos de tomar en privado. Su servidor en un principio pedí que se modificara el orden del día y ahorita con todo respeto lo digo el orden de día es muy distinto a lo que se pretende tratar en el punto número cuatro, completamente distinto porque el cumplimiento es informarnos, usted habla que todo inicia y luego termina La auditoría inició el día que se practicó y termino el día en que se terminó, inclusive, viendo desde el punto de vista legal si la auditoria haya durado lo que haya durado mínimo por cuestión de legalidad y de justicia, el mismo término se le debe de dar al auditado para que pueda contestar las observaciones en este caso, le dieron dos horas o menos, y repito hablo de justicia, no apegado a derecho ni por que lo dispone la ley, en un principio nosotros pedimos que se nos diera únicamente cuenta del dictamen del resultado de la auditoria para que posteriormente podernos imponer nosotros de ello, son 160 hojas, yo no lo he visto ni siquiera la primer hoja la he leído. Yo entiendo la responsabilidad en que incurrimos si nos retiramos, mas sin embargo no me voy a prestar a que se de una forma distinta a que está plasmado en el orden del día someterme a una votación que no es de acuerdo al orden del día, y también me retirare en todo caso y yo tendré que tomar la misma decisión que mis compañeros y es muy lastimoso para su servidor y le digo yo lo veo a Oscar y lo vuelvo a repetir, y lo dije la vez pasada, no por defenderlo porque yo no soy su defensor ni soy su abogado, pero me pongo en sus pies, y cuando aquí nos reunimos con todo el personal ese fue mi mensaje, tratar a la gente como les gustaría que nos tratara, y no estoy faltando a mi moral ni a la educación que he recibido y no me arrepentiría en un momento dado de hacer lo mismo que mis compañeros.

 

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, solicita  a la secretaría se sirva tomar nota que, atendiendo al planteamiento del señor Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, se continuará con el orden del día tal como está previsto; y si tomó nota la Secretaría de cuando se retiraron los señores magistrados que se señale la hora correspondiente; Magistrado Armando García Estrada, se retiró a las 14:30 catorce horas con treinta minutos, el Magistrado Horacio León Hernández, se retiró a las 14:45 catorce horas con cuarenta y cinco minutos, y el Magistrado Alberto Barba Gómez, se retiró a las 14:52 catorce horas con cincuenta y dos minutos.

 

 

Ante la ausencia de los Señores Magistrados ARMANDO GARCIA ESTRADA, HORACIO LEON HERNANDEZ y ALBERTO BARBA GOMEZ, en esta Sesión Plenaria, y dada la manifestación del Señor Magistrado ALBERTO BARBA GOMEZ, en el sentido que el cuarto punto del orden del día se limite a tener por recibido el oficio suscrito por las visitadoras judiciales habilitadas, se acuerda a las 15:42 quince horas con cuarenta y dos minutos, suspender la Vigésima Sesión Ordinaria, para reanudar su desarrollo a las 11:00 once horas del próximo mártes 19 diecinueve del mes en curso, instruyendo a la Secretaría General de Acuerdos se sirva registrar tal circunstancia, firmando la presente Acta para constancia los Magistrados presentes, en unión del Secretario General de Acuerdos que autoriza y da fe.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Siendo las 11:30 once horas con treinta minutos del día 19 DIECINUEVE DE JUNIO DEL AÑO 2007 DOS MIL SIETE continúa bajo el orden del día la Vigésima Sesión Ordinaria iniciada el día 13 trece de junio de 2007 dos mil siete.

 

La Presidencia solicitó al Secretario General de Acuerdos, proceda a tomar lista de asistencia; verificado que fue lo anterior, se dio cuenta de la presencia de los señores Magistrados, ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, ARMANDO GARCÍA ESTRADA y ALBERTO BARBA GÓMEZ, con lo que se surte el quórum requerido para sesionar; por consiguiente, se consideran válidos los acuerdos que en ella se pronuncien, en atención a lo establecido por los artículos 12 y 16 del Reglamento Interior del Tribunal de lo Administrativo.

 

Respecto del punto cuarto del Orden del Día “cumplimiento a lo ordenado en la Décima Novena Sesión Plenaria celebrada el 6 seis de Junio del año en curso, relativo a al Visita Extraordinaria practicada a la Secretaría General de Acuerdos de este Tribunal, que se anexa en legajo integrado con 160 fojas; por unanimidad de votos se acuerda lo siguiente:

 

Se tiene por recibido el oficio suscrito por las Visitadoras Judiciales habilitadas Maetra en Derecho Bertha Alicia Esparza Hernández y Licenciada Virginia Martínez Gutiérrez, al cual anexan el acta de visita de inspección extraordinaria 1/2007 y anexos, en un legajo de 160 fojas, con lo cual se les tiene cumplimentando en sus términos lo ordenado en la Décima Novena Sesión Plenaria de fecha 6 de junio de 2007, mismo que es del conocimiento de los Magistrados al haberse adjuntado el legajo relativo al orden del día para esta Sesión Plenaria.

 

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En relación al punto cinco del orden del día “Formato del dictamen semestral señalado por el artículo 64 fracción XVI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado”, se acuerda considerar en el mismo tres periodos del primer semestre año 2007 dos mil siete, el primero, del 2 dos de enero al 7 siete de marzo, con cinco Magistrados en funciones; el segundo, del 8 ocho de marzo al 17 diecisiete de mayo con 7 siete Magistrados, y el tercero del 18 dieciocho de mayo al último día del mes de junio en curso, con 6 seis Magistrados en funciones.

 

 

el primero relativo a cinco Magistrados en funciones, el segundo con siete Magistrados en funciones y el tercer con seis Magistrados en funciones.

 

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ASUNTOS VARIOS.

 

4.2. La Secretaría General de Acuerdos da cuenta del oficio número 134/2007, signado por el Magistrado VICTOR MANUEL LEON FIGUEROA, en el que solicita se le excuse para conocer del Juicio Administrativo 88/2007, al actualizarse la causal de impedimento prevista por la fracción IV del numeral 21 de la Ley de Justicia Administrativa en el Estado de Jalisco.

 

Los Integrantes del Pleno, previo análisis y discusión del punto por unanimidad de votos resolvieron calificar de legal la excusa planteada, de conformidad con lo establecido por los artículos 65 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, y 21 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado, determinándo designar al MAGISTRADO ARMANDO GARCIA ESTRADA, como nuevo instructor, a quien le corresponde el turno de conformidad al artículo 66 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, lo que se comunicará al Magistrado que conoce del asunto, para los efectos conducentes, y se ordena remitir dicho oficio y su anexo al nuevo instructor a efecto de que lleve a cabo su incorporación en las actuaciones judiciales respectivas, debida integración del procedimiento jurisdiccional y se practiquen las notificaciones a las partes. Gírese oficio a la Dirección de Informática a fin de que se le asigne nuevo número de expediente en la Sala respectiva.

 

4.3. La Secretaría General de Acuerdos da cuenta de que el expediente de Responsabilidad Patrimonial número 10/2007, se encuentra debidamente substanciado para el efecto de que se designe Magistrado ponente y formule el proyecto de resolución.

 

Los Magistrados integrantes del Pleno, conforme al turno que se lleva a cabo en la Secretaría General de Acuerdos, designan a la Magistrada PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, para que proceda a pronunciar la resolución que en derecho corresponda.

 

4.4. La Secretaría General de Acuerdos da cuenta de que el expediente de Responsabilidad Patrimonial número 13/2007, se encuentra debidamente substanciado para el efecto de que se designe Magistrado ponente y formule el proyecto de resolución.

 

Los Magistrados integrantes del Pleno, conforme al turno que se lleva a cabo en la Secretaría General de Acuerdos, designan al Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, para que proceda a pronunciar la resolución que en derecho corresponda.

 

4.5. La Secretaría General de Acuerdos da cuenta de que el expediente de Responsabilidad Patrimonial número 12/2007, se encuentra debidamente substanciado para el efecto de que se designe Magistrado ponente y formule el proyecto de resolución.

 

Los Magistrados integrantes del Pleno, conforme al turno que se lleva a cabo en la Secretaría General de Acuerdos, designan al Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, para que proceda a pronunciar la resolución que en derecho corresponda.

 

4.6. La Secretaría General de Acuerdos da cuenta de que el expediente de Responsabilidad Patrimonial número 22/2007, se encuentra debidamente substanciado para el efecto de que se designe Magistrado ponente y formule el proyecto de resolución.

 

Los Magistrados integrantes del Pleno, conforme al turno que se lleva a cabo en la Secretaría General de Acuerdos, designan al Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, para que proceda a pronunciar la resolución que en derecho corresponda.

 

4.7. La Secretaría General de Acuerdos da cuenta que el expediente de Queja número 252/2007, interpuesto por el ciudadano GRACO CESAR MORA FRANCO, en contra del Secretario y Actuario adscritos a la Segunda Sala Unitaria de este Tribunal de lo Administrativo, se encuentra debidamente substanciado, sometiendo a consideración del Pleno que Magistrado que deberá de formular el proyecto de resolución, a virtud de que el artículo 201 en su fracción II, de a Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, establece que: “Serán competentes para conocer de las responsabilidades de los servidores públicos del Poder Judicial del Estado; ... II. El respectivo Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, del Tribunal de lo Administrativo, y del Tribunal Electoral, cuando respectivamente se trate de servidores públicos de esos órganos, en los casos no comprendidos en la fracción anterior;...”

 

Sometido a consideración el asunto de cuenta, los Magistrados integrantes del Pleno por unanimidad de votos acordaron que, conforme al rol que se lleva en la Secretaría General de Acuerdos, sea el Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, quien formule el proyecto de resolución correspondiente.

 

4.8. La Secretaría General de Acuerdos da cuenta del escrito de presentado en la Oficialía de Partes de este Tribunal, el día 7 siete de Junio del año 2007, signado por el ciudadano JOSE GUILLERMO MEZA GARCIA, quien a través del cual pretende interponer Excitativa de Justicia por falta de sentencia en el Expediente de Pleno 213/2007.

 

El Secretario General de Acuerdos informa que el expediente fue resuelto en la Décima Sexta Sesión Ordinaria de fecha 16 dieciséis de Mayo del año 2007 dos mil siete, habiéndose levantado la certificación relativa por instrucciones de la Presidencia ante la falta de firma del Magistrado JOSÉ GABRIEL PEÑALOZA PLASCENCIA, quedando debidamente notificada la parte actora el día 12 doce de los corrientes.

 

Los Magistrados integrantes del Pleno por unanimidad de votos, acuerdan lo siguiente: Procede declarar sin materia la presente Excitativa de Justicia, al no reunirse los extremos del artículo 83 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco, a virtud de que ya se dictó sentencia en el expediente de Pleno 213/2007, por lo cual, se determina el archivo de la presente excitativa como asunto concluido, y que por conducto de la Secretaría General de Acuerdos de este Tribunal, se proceda a la expedición de un tanto más de la presente resolución, a efecto de que dicho instrumento debidamente autorizado sea integrado al expediente Pleno respectivo, al que habrán de glosarse las constancias de las notificaciones que se practiquen a las partes.

 

4.9. La Secretaría da cuenta del escrito presentado en la Oficialía de Partes de este Tribunal el día 11 once de Junio del año 2007, dos mil siete, signado por el ciudadano Licenciado VICTOR HUGO PEREZ MIRAMONTES, quien a través del cual pretende interponer Excitativa de Justicia por falta de sentencia en el Expediente de Pleno 644/2006.

 

En este asunto, la Secretaría da cuenta que con fecha 6 seis de Junio del año que transcurre, en la Décimo Novena Sesión Ordinaria, el Magistrado HORACIO LEON HERNANDEZ, presentó el proyecto relativo a dicho Expediente, mismo que quedó aprobado por mayoría de votos de los Magistrados integrantes del Pleno y quedando debidamente notificada la parte actora el día 14 catorce de junio de 2007 dos mil siete.

 

Los Magistrados integrantes del Pleno por unanimidad de votos, acuerdan lo siguiente: Procede declarar sin materia la presente Excitativa de Justicia, al no reunirse los extremos del artículo 83 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco, a virtud de que ya se dictó sentencia en el expediente de Pleno 644/2006, por lo cual, se determina el archivo de la presente excitativa como asunto concluido, y que por conducto de la Secretaría General de Acuerdos de este Tribunal, se proceda a la expedición de un tanto más de la presente resolución, a efecto de que dicho instrumento debidamente autorizado sea integrado al expediente Pleno respectivo, al que habrán de glosarse las constancias de las notificaciones que se practiquen a las partes.

 

4.10. La Secretaría da cuenta del oficio número 02-802/2007, signado por el Secretario General de Acuerdos del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, mediante el cual remite demanda de responsabilidad administrativa presentada por CITLALLI TEJEDA COLORADO, para que el efecto de que el Pleno de este Tribunal resuelva lo que estime pertinente.

 

Al advertirse que se promueve un juicio de responsabilidad patrimonial en contra del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, y de los jueces Décimo Tercero y Décimo Quinto Penal del Primer Partido Judicial, y que éste inicia a petición de parte, en términos de lo preceptuado por el artículo 20 de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Jalisco y sus Municipios, la autoridad competente para conocer de la reclamación planteada es la entidad presuntamente responsable, en consecuencia; los Magistrados integrantes del Pleno por unanimidad de votos acordaron remitir el escrito presentado por la ciudadana CITLALLI TEJEDA COLORADO, al Secretario General de Acuerdos del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco.

 

4.11. La Secretaría General de Acuerdos, da cuenta del oficio de notificación signado por el Actuario adscrito a la Segunda Sala Unitaria de este Tribunal de lo Administrativo, en el que notifica al Pleno del Tribunal, que los actores del Juicio 73/2005 del índice de esa Segunda Sala Unitaria, se desistieron de dicho Juicio, nonificación que realiza en virtud de que se encuentra pendiente de resolver el recurso de reclamación tramitado en el Expediente Pleno 619/2006 y cuyo ponente es el Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ.

 

Los Magistrados integrantes del Pleno por unanimidad de votos acordaron remitir la notificación de cuenta al Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, para que resuelva lo conducente el recurso de reclamación tramitado bajo expediente 619/2006.

 

4.12. La Secretaría General de Acuerdos da cuenta de la circular número 3/2007, signada por el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, Magistrado Maestro CELSO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, y por el Secretario General de Acuerdos JOSÉ REFUGIO MARTÍNEZ ARAGÓN, en el que informa que el primer periodo de vacaciones de esta anualidad corre a partir del 16 dieciséis al 31 treinta y uno de julio inclusive del año 2007 dos mil siete.

 

Los Magistrados integrantes del Pleno por unanimidad de votos acordaron de enterados.

 

4.13. La Secretaría General de Acuerdos da cuenta del oficio número 197/2007 recibido el día 13 trece de junio de 2007 dos mil siete, suscrito por el Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, al que adjunta el escrito presentado el día 6 seis de junio del año en curso, suscrito por el C. ROSENDO GÁLVEZ MENDOZA, al cual se le otorgó el número de expediente 110/2007, del índice de la Primera Sala Unitaria, haciendo del conocimiento que el citado ocurso no reviste los elementos de una demanda remitiendo a esta Secretaría el escrito y los anexos para que se le de el trámite que corresponda y se informe a la Dirección de Informática para que dé de baja del sistema, el número de expediente.

 

Dado el análisis del contenido del escrito suscrito por el ciudadano ROSENDO GÁLVEZ MENDOZA, y toda vez que en él involucra a un Notario Público los Magistrados integrantes del Pleno, por unanimidad de votos acordaron remitir el ocurso de cuenta y su anexos a la Secretaría General de Gobierno del Estado de Jalisco.

 

De la determinación anterior, notifíquese al promovente en el domicilio que para tal efecto señala.

 

4.14. El Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, informa que la Secretaria General de Acuerdos, fue notificada mediante oficio 2451-8 respecto de un amparo 880/2007-8 promovido por el señor Licenciado JOSÉ GABRIEL PEÑALOZA PLASCENCIA, y obra esta notificación en poder la Secretaría General de Acuerdos, por lo que se refiere al oficio 2451 pero también esta notificando al Pleno del Tribunal, al Magistrado Presidente del Tribunal y a la Magistrada Presidenta de la Quinta Sala Unitaria, en ese carácter y también en el carácter de integrante de la Segunda Sala Colegiada y en este momento se ordena distribuir un ejemplar de la resolución del Juzgado Tercero de Distrito y de la propia demanda de amparo; que la demanda de amparo viene en 28 fojas y la resolución del Juzgado de Distrito en dos legajos, uno correspondiente propiamente al oficio de notificación y el otro a la resolución, el primero en dos fojas y el segundo también, entonces solicitamos a la Secretaría General de Acuerdos, la distribución a los señores Magistrados. Fueron cinco oficios y todos fueron recibidos el día de ayer alrededor de las once horas con treinta minutos.

 

Respecto de esta notificación queda a consideración de ustedes entiendo primero que queda de enterado en acatamiento cabal a lo ordenado por el Juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa y que además se cumplimentó en tiempo y forma el informe previo que se ordena se remita dentro de las 24 horas siguientes que desde luego ya fenecieron. Me informa la Secretaría General que ya están presentados los informes por lo que ve al Pleno, al Magistrado Presidente del Tribunal, a la Magistrada PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, en su doble carácter de Presidenta de la Quinta Sala Unitaria y como integrante de la Segunda Sala Colegiada, al Secretario General de Acuerdos del Tribunal y a la Directora de Administración del propio Tribunal de lo Administrativo puesto que así lo ordenó el Juez Tercero de Distrito, de cualquier manera queda ya el legajo correspondiente a disposición de cada uno de ustedes para que ya en detalle podamos imponernos de los efectos de la suspensión y sobre todo del contenido de la propia demanda.

 

Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Yo creo que tenemos que ser cuidadosos de lo que estamos haciendo, si bien es cierto que el término de las 24 horas es perentorio, sumarísimo, estimo yo que para lo sucesivo que debería de haberse convocado a una sesión extraordinaria para que el Pleno adoptara el sentido del informe previo por lo que ve a la autoridad del Pleno, debemos de ponderar que si bien es cierto usted dignamente nos preside, también es cierto que quien ejecuta los acuerdos plenarios es usted y en este caso habría una situación irregular que se advirtiera que sin haber emanado un acuerdo del Pleno se haya rendido el informe por parte de usted.

 

Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, Ya se formuló, ya se presentó,

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, El informe que da la Presidencia es que se cumplimentó en tiempo y forma  lo ordenado por el Juez Tercero de Distrito, como invariablemente este Tribunal de lo Administrativo ha pretendido hacerlo desde su establecimiento. Porque de otra manera incurriríamos en responsabilidad si bajo el argumento de que necesitamos convocar a una sesión extraordinaria no cumplimos en tiempo y forma con el propio requerimiento que hace el Juez Tercero de Distrito, y en mi carácter de Presidente tengo la obligación de acatar en sus términos lo ordenado por un juez de distrito y no puedo estar condicionado al resultado de una sesión extraordinaria que en todo caso pudiera, dada la urgencia y la brevedad del término de 24 horas que feneció el día de hoy a las once horas con treinta y tantos minutos enviar una comunicación al Juzgado Tercero de Distrito en el sentido que no es dable cumplir con ese informe previo puesto que lo que se trata es tan solo de un informe previo y que hay el término de las 24 horas, pero si hay alguna inconformidad de parte de algunos señores Magistrados del Pleno del Tribunal porque se haya dado prioridad por la urgencia de la medida a este asunto pues que así se haga constar en el acta correspondiente.

 

Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, No es inconformidad señor Presidente, yo creo que todos somos abogados y aquí lo que me preocupa es que se tomen este tipo de decisiones y le voy a decir porque, el Tribunal de lo Administrativo no es el único que actúa de manera colegiada, ni es la primera vez que me toca presenciar un problema de esta naturaleza y en todos el cause legal es convocar  en forma inmediata a una sesión para que el órgano colegiado emita una decisión porque no hay ningún artículo ni en la Ley de Amparo ni en su capítulo reglamentario, ni en nuestra Ley, establezca que ante la falta de sesión del Pleno, quien debe de emitir las decisiones por parte del Pleno sea la Presidencia, yo estoy de acuerdo que es un término perentorio, pero también se que en materia de amparo el juez de distrito sabe, incluso hay cientos de criterios de la corte y de tribunales colegiados de que la autoridad responsable debe de hacer todo lo que esté a su alcance, para cumplir con el informe, porque? Porque de otra manera estaríamos manejando una situación que no es acorde a la verdad jurídica y nosotros no podemos actuar con situaciones que se desapartan de la verdad jurídica, el Pleno lo integramos nosotros y quien debe de rendir el informe es el Pleno, esto ya está hecho, yo nomás pediría que en lo sucesivo si seamos prudentes y no es una situación vuelvo a reiterar mi posición de que tenga que replicar o contrariar las decisiones de la Presidencia y la prueba esta en el resultado de esto, si nos vamos al precedente por no haber reflexionado la decisión en su momento si estamos pagando esto y si le llegan a conceder la suspensión definitiva pues ahora si que vamos hacer. En eso yo pido que si obremos con prudencia y que no nos dejemos llevar por la pasión y por el sentimiento, yo vuelvo a reiterar mi posición yo no lo conocía a ese señor hasta el día que llegue aquí, antes no sabía si era chaparro, gordo, güero, flaco, panzón, fuerte, o cuantos años tenía, no lo conocía y mis decisiones y mis opiniones son estrictamente jurídicas que es en lo que me forme y la razón por lo que estoy aquí, ninguna otra situación me interesa. Si no vamos a partir de esos principios jurídicos si vamos a partir de otras situaciones, también me lo pueden comentar y en su caso tendré una opinión, yo veo que a veces si nos estamos desfasando porque le estamos poniendo sentimientos o resentimientos en lugar de análisis jurídicos y acuérdense si actuamos con prudencia no seremos culpables del error y actuar fuera de la prudencia es actuar con pasión, con enojo, con tristeza, con alegría, con odio, y si estamos en cualquiera de esas cinco seremos culpables del error y habrá quien no lo supere no hay que ponernos en el aparador yo reitero lo que usted hizo es jurídicamente aceptable a partir del oficio 2449 del 2448 no porque ayer se pudo haber convocado, pudimos haber tenido una reunión no le íbamos a refutar nada, usted tenia ya el sentido jurídico y simplemente hubiéramos votado y se levanta el acta y se remite, porque estamos peleando con un abogado, el como abogado que va a pensar de todo esto, donde esta la sesión para que rindan el informe, tenemos que pensar porque el litigio constitucional es claro nosotros somos demandados y el es el actor y tenemos defensa y tenemos que hacer valer nuestro derecho y si de origen estamos fallando pues que nos va a pasar en el fondo.

 

Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, Se instruya a la Secretaría de ser posible que me den copia del informe que se rindió por parte del Tribunal

 

Magistrada PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, Nada mas quisiera externar una situación, en estos casos ya se había estilado que el Magistrado Presidente rindiera en términos de lo establecido por la fracción XV del artículo 64 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco.

 

El Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, señala que conoce la ley, pero que dada la trascendencia del amparo interpuesto, estimaba conveniente que se hubiera citado a una Sesión Extraordinaria.

 

Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, respecto de las pasiones o sentimientos no se cual sea la actitud del Juez Tercero de Distrito al conceder la suspensión, pero se cumplió con el requerimiento formulado rindiendo el informe previo en tiempo y forma, ya que la audiencia incidental está programada para el día de mañana y somos responsables sino se celebra. Debemos de estar enterados de lo que afecta a la vida del Tribunal, en este caso se cumplió con lo ordenado por el Juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa.

 

El Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, propone que se de a conocer a los integrantes del Pleno el informe previo que ya se rindió, y que se de a conocer el informe que se va a rendir.

 

Propuesta que fue sometida a votación contando con el voto a favor de los Magistrados PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, ALBERTO BARBA GÓMEZ, HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ y ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, y con la abstención del Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA.

 

No existiendo más asuntos que tratar, siendo las 13:04 trece horas con cuatro minutos, concluyó la Sesión iniciada el día 13 trece de junio de 2007 dos mil siete, convocando la Presidencia para la Vigésima Primera Sesión Ordinaria a celebrarse el día miércoles 20 veinte de junio del año en curso, a las 10:00 diez horas, firmando la presente Acta para constancia los Magistrados asistentes, en unión del Secretario General de Acuerdos, que autoriza y da fe. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -