VIGÉSIMA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL HONORABLE PLENO DEL TRIBUNAL
DE LO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE JALISCO.
En la ciudad de Guadalajara, Jalisco, siendo las 11:00 once horas del día 13 TRECE DE JUNIO
DEL AÑO 2007 DOS MIL SIETE, en el Salón de Plenos del Tribunal de lo
Administrativo, ubicado en el Octavo Piso del edificio “Condominio Américas”
número 153 6, de la Avenida Américas, colonia Country Club de esta Ciudad, al
tenor de lo dispuesto por los artículos 67, de la Constitución Política del Estado
de Jalisco, 59, 64 y 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y, 1, 12 y 19 del
Reglamento Interior del propio Tribunal, se reunieron los Magistrados
integrantes de este Órgano Jurisdiccional ELEUTERIO
VALENCIA CARRANZA, HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, VICTOR
MANUEL LEÓN FIGUEROA, ARMANDO GARCÍA ESTRADA y ALBERTO BARBA GÓMEZ, con el
objeto de celebrar la Vigésima Sesión Ordinaria del año judicial 2007 dos mil
siete. Presidió la Sesión, en términos de lo dispuesto por el artículo 64 fracción
III de la Ley Orgánica de referencia y 41 fracción II del Reglamento Interior
de este Tribunal, el MAGISTRADO MTRO.
ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, fungiendo como Secretario General de Acuerdos
el Maestro OSCAR GREGORIO RAMÍREZ
FREGOSO; desahogándose la Sesión de conformidad con los puntos contenidos
en el siguiente;
ORDEN DEL DIA:
1. Lista de
Asistencia y constatación de Quórum;
2. Turno de
recursos de Reclamación y Apelación;
3. Análisis y
votación de los proyectos de Sentencia; y
4. Cumplimiento a
lo ordenado en la Décima Novena Sesión Plenaria celebrada el 6 seis de Junio
del año en curso, relativo a al Visita Extraordinaria practicada a la
Secretaría General de Acuerdos de este Tribunal, que se anexa en legajo
integrado con 160 fojas;
5. Formato del
dictamen semestral señalado por el artículo 64 fracción XVI de la Ley Orgánica
del Poder Judicial del Estado; y
6. Asuntos Varios.
Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, Señor Presidente si Usted me permite
quisiera proponer antes del inicio, creo que no esta concluido el proyecto del
acta de la Sesión anterior, me gustaría si pudiéramos revisarlo y firmar antes
de iniciar, y proponerle también en el Orden del Día los puntos tres y cuatro
que realmente no integran o no forman parte de lo Ordinario de la Sesión
Plenaria, en todo caso su reubicación, en tema de asuntos varios, o bien
señalarlos en otra sesión, porque no corresponden realmente a los asuntos de
una Sesión Ordinaria, en donde realmente venimos a los asuntos
jurisdiccionales, a los turnos y a los asuntos varios, no se si se puede
reconsiderar esta integración de el Orden del día, para apegarnos a la
legalidad en cuanto a los puntos que se deben abordar en las sesiones
ordinarias, no se, esa es mi propuesta.
En uso de la voz, el Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, señala: Yo
quisiera agregar, el poder modificar, en el sentido de que como primer punto en
el orden del día de sesiones ordinarias, fuera la lista de asistencia y la
declaración de quórum, posteriormente la aprobación del acta de la sesión
anterior y posteriormente, los asuntos jurisdiccionales y asuntos varios, es lo
que propondría a este pleno, que se llevara a cabo de esa forma.
En uso de la voz el Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Muchas
gracias, pues la presidencia informa que de acuerdo con los reportes de la
secretaría General de Acuerdos respecto de la ultima Acta de la sesión plenaria
hay diversas observaciones de los Señores Magistrados, por ello se les hizo
llegar con oportunidad el texto con la leyenda de que se trata de un mero
proyecto para hacer las observaciones correspondientes, en consecuencia ya está
previsto y así se le ha ya comunicado a la Secretaria General, que en el punto
de asuntos varios se hará lo concerniente a todas las observaciones del acta y
no solamente de esa, si no de otra acta que está firmada parcialmente por
cuatro magistrados y nos faltan la firma de dos, entonces esto lo tenemos ya
previsto para asuntos varios, y respecto de la legalidad por supuesto que este
Tribunal con todos sus actos debe de apegarse a la legalidad y en el orden del
día están enunciados todos los asuntos de manera especifica, y los que como son
de mero trámite algunos de ellos, vienen catalogados en el punto de asuntos
varios, que por cierto tenemos una relación bastante extensa y que se refiere a
los cumplimientos de acuerdos anteriores a cargo de la Dirección de
Administración y a cargo de la Dirección de Informática, y por lo que se
refiere a la segunda propuesta de que el primer punto quede tal y como está y
en el segundo punto se someta a votación el orden del día, yo no veo
absolutamente ningún inconveniente, y que ya en lo sucesivo se establezca
alguna otra mecánica, tampoco veo ningún inconveniente, entonces en esa virtud,
lo que procede desde mi punto de vista es que se registre la asistencia y luego
ya se aborde el tema del orden del día, si registramos la asistencia por favor.
En uso de la voz el Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, si me permite
señor Presidente, yo creo que precisamente retomando sus expresiones de
legalidad y antes de hablar de legalidad yo creo que tenemos que someternos a
un valor deontológico que es en el aspecto de ser congruentes con la verdad, yo
considero prudente, salvo la mejor opinión, que hemos estado de alguna manera,
vulnerando situaciones precisamente de legalidad, porque no por el hecho de que
invoquemos en un documento alguna disposición de orden normativa, si, quiere
decir que estamos cumpliendo con legalidad, legalidad es ser congruente la
norma con el hecho, cuando no hay eso no hay legalidad, entonces yo quisiera
suplicarle que antes de que se tome lista de asistencia de los señores
magistrados y la señorita Magistrada, que, primero se tome en consideración lo
relativo a la sesión, porque no debemos en cuestión de legalidad iniciar la
sesión sin que este firmada precisamente el acta de la sesión inmediata
anterior, que es un requisito fundamental y el aspecto de la orden del día en
el cual también yo creo que los puntos cuatro y cinco, este no tienen razón de
aparecer en la orden del día, no veo ninguna jerarquía ni de carácter
normativa, ni de carácter administrativa para que estén enumerados y que en
asuntos varios, en su caso si usted estima prudente, porque es una facultad de
usted irrefutable ponderarlos, los ponderaremos sin ningún demérito, sobretodo
por el aspecto de que en el acta de la sesión anterior veo expresiones que se
desapartan de la realidad, y si es importante ponderarlo eso ahorita, porque
insisto yo creo que debemos cuidar el hecho de tener en esto, expresiones,
insisto que no fueron abordadas en la sesión y realizar afirmaciones
imperativas que nunca fueron votadas, porque esto nos implicaría considerar que
estamos teniendo una doble moral, cosa que a mi me preocupa mucho.
En uso de la voz el Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Bien, como
se preciso al principio, con toda oportunidad, se distribuyo el proyecto de
acta, elaborado por la Secretaria General de Acuerdos, conforme, según tengo
entendido a la grabación, y al margen
izquierdo, con letras mayúsculas aparece la leyenda proyecto, entonces si hay
afirmaciones que no corresponden o que se apartan de la realidad por su puesto
que deben corregirse, precisamente por ello se va a discutir la aprobación del
acta de la sesión anterior; por otra parte, nuestra principal obligación como
Magistrados, es administrar justicia a los justiciables y ya se ha dicho, en
muchas ocasiones que lo prioritario es resolver los recursos de reclamación y
de apelación, por ello vienen en los primeros lugares del orden del día, por
otra parte, no hay ninguna disposición que califique de legal o ilegal una
sesión plenaria por el hecho de que no este firmada el acta de la sesión
anterior y en este caso, pues tampoco la anterior debió de haberse celebrado
porque a su vez una anterior todavía no ha sido autorizada por la Secretaria
General de Acuerdos, en virtud de que
falta la firma de dos magistrados, por ello insisto en que lo legal, lo mas
pertinente es que se registre la asistencia de los Magistrados integrantes de
Pleno para con base en eso declarar integrado el quórum legal y proceder a
aprobar o no el orden del día, si gusta señor Secretario registrar la
asistencia
En uso de la voz el Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Nada mas hay
que hacer asentar mi voto en contra de esta moción, es que no vamos a encontrar
nosotros, si vamos a buscar siempre una disposición estricta de la ley para
resolver nuestros problemas vamos a tener que crear una ley que hable de dos
millones de artículos y no vamos a encuadrar todas las conductas posibles, es
obvio que hay causas de fuerza mayor que son insuperables por la presidencia,
por los integrantes de pleno y que bueno como usted dijo prudentemente y con
estricto apego a la verdad, de que hay un acta que falta de dos firmas, pero
hay un impedimento legal, en el caso concreto en éste, el único impedimento que
hay, es que el acta tiene situaciones que no fueron acordes a lo que sucedió en
la sesión, es algo que ahorita nosotros pudiéramos dirimir, comentar, si en las
opiniones que cada uno tenga sobre el acta, si es que las tiene, si estamos
falseando, porque la grabación dice lo contrario, bueno ya lo corregiremos y lo
podemos hacer en este momento, pero eso no significa que tenga que haber una
disposición legal que diga estrictamente prohibido iniciar una sesión cuando el
acta anterior no esta firmada, articulo x de la Ley de Justicia, yo creo que no
podemos pensar como particulares porque nuestra principal obligación es con la
razón.
El Magistrado Presidente ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Se
solicita a la Secretaría General tomar nota de lo manifestado por el señor magistrado Armando García
Estrada.
La Presidencia solicitó al Secretario General de Acuerdos,
proceda a tomar lista de asistencia; verificado que fue lo anterior, se dio
cuenta de la presencia de los señores Magistrados, ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, PATRICIA CAMPOS
GONZÁLEZ, VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, ARMANDO GARCÍA ESTRADA y ALBERTO BARBA
GÓMEZ, con lo que se surte el
quórum requerido para sesionar; por consiguiente, dio inicio la Vigésima Sesión
Ordinaria del Pleno de este Tribunal, considerando como válidos los acuerdos
que en ella se pronuncien, en atención a lo establecido por los artículos 12 y
16 del Reglamento Interior del Tribunal de lo Administrativo.
- 2 -
El
Magistrado Presidente da cuenta al Pleno de la constancia que contiene el turno
aleatorio, a efecto de que se proceda a la designación
de los Magistrados Ponentes, respecto de los recursos de Reclamación y
Apelación, conforme lo establecen los artículos 93 y 101 de la Ley de
Justicia Administrativa, la cual se sometió a la consideración de los
Magistrados que integran el Pleno, quedando aprobada en sus términos por
unanimidad de votos, la que se agrega como parte integral, como anexo número
uno en dos fojas útil por una cara, con el turno de los Expedientes Pleno del 327/2007 al 342/2007, así como el Juicio de
Responsabilidad Patrimonial 25/2007 y Recusación 326/2007.
Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Perdón señor Presidente, la situación de la
orden del día entonces va a quedar tal cual como viene aquí sentada, como usted
ofreció al Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, que después de analizar la
situación de la anterior sesión, de la anterior acta, usted la va a ponderar en
asuntos varios que se iba a verificar sobre la situación de la orden del día y
esto no la hemos votado.
Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, No veo ningún inconveniente, si gustan
que se sometan a aprobación los puntos del orden del día, pues me parece una
medida adecuada, y por supuesto que yo respaldo que se someta a votación el
orden del día.
Magistrada PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, en favor de la orden del día que nos fue
turnada el día 12 de junio firmada por el presidente Magistrado Maestro ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA.
Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, a favor de la orden del día, dado que
cumple con el articulo 28 del Reglamento Interior del Tribunal de lo
Administrativo del Estado de Jalisco.
Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, a favor, con las modificaciones que su
servidor solicitó a este Pleno, como segundo punto se aprobara todo el caso del
proyecto del acta de la sesión anterior y con las modificaciones que también el
Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, solicitó a esta soberanía.
Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, a favor parcialmente solo por lo que se
refiere al punto uno, dos, tres y seis, y ponderar un detalle, no se si nos
estamos convirtiendo en un tribunal de legalidad, o en un tribunal, perdón por
esta expresión, pero creo que si buscábamos reorientar, reencaminar a este
tribunal a un aspecto de respeto, de legalidad, de prudencia, puntualidad y
responsabilidad, me sorprende mucho el sentido del voto de personas que
reconozco como juristas, que sabiendo que lo que enumera el punto cuatro y
cinco, no tiene nada que ver en asuntos varios, se invoquen incluso hasta
fundamentos, que pues es obvio el articulo 28 dice como llevarse la sesión pero
nunca dicen que esos asuntos deban de tratarse en la orden del día, además
incluso hasta la impugnación de la fracción sexta, yo la veo que es
incongruente, si es lo que se pretende en el fondo es incongruente también a
esta situación porque no estamos en el caso de proponer algún personal, algún
área, porque primero para proponer es porque tenemos una plaza vacante y yo
hasta ahorita no veo que haya renunciado o que tengamos la renuncia de algún
secretario, o del Director de Finanzas o del Director de Informática para
ponderar la fracción sexta de ese articulo, décima sexta del articulo 64, no
entiendo si entonces la intención y el consenso de este pleno va a ser utilizar
(superfugios) si y no obrar en conciencia y con prudencia y siendo objetivos y
reales a las necesidad del Tribunal, entonces si que cada quien camine por el
rumbo que prefiera y entonces después no nos preocupemos de que seamos el peor
Tribunal como lo fue en su momento éste.
Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, en favor solamente de los puntos primeros,
segundo y sexto en virtud de la inclusión inapropiada y el tercero también,
cuarto y quinto no, en virtud la inclusión inapropiada de asuntos que no forman
parte de una sesión ordinaria en los términos de ley, en los términos
reglamentarios.
Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Bien, a favor del orden del día, en
virtud de que el punto número cuatro es en acatamiento al acuerdo tomado por
este honorable Pleno, para planificar una visita extraordinaria a la Secretaria
General y aquí a lo que se refiere este punto es al resultado de esa visita que
también con toda anticipación se hizo llegar a cada uno de los señores
magistrados en ciento sesenta fojas para que tuvieran conocimiento antes de ese
resultado y porque el orden del día señala o precisa los asuntos que se van a
tratar y es el objeto del orden del día que se siga un orden y lo que no es
adecuado es que se traten asuntos que no están agendados en el orden del día,
por eso se agendaron, y con la debida oportunidad se distribuyeron en ciento
sesenta fojas los resultados de esa visita, que está en el punto cuatro donde
se va informar del cumplimiento y en el punto cinco, la Ley Orgánica impone al
presidente en funciones la obligación de emitir un dictamen individualizado del
desempeño de cada uno de los señores Magistrados esa es una obligación que la
ley le impone al presidente en funciones y por tanto en el orden del día se esta
incluyendo este punto para que se considere por el pleno algún formato que
satisfaga los requisitos que exige la propia ley, en virtud de que este primer
semestre del año dos mil siete, a punto de concluir, tiene una peculiaridad y
esa peculiaridad se refiere a la permanencia o temporalidad de los magistrados
integrantes de pleno, en ese primer semestre hubo una primera integración y
ahora hay una segunda integración del tribunal, y la ley exige que se rinda por
parte del presidente, que se emita el dictamen de desempeño de cada uno de los
señores Magistrados y por tanto se requiere adecuar el formato para que una
temporalidad corresponda a los magistrados que estuvieron con anticipación y
ahora la nueva integración de los magistrados por tanto no se advierte ahí
absolutamente ninguna ilegalidad, a caso una muestra de que el formato puede
quedar mejor elaborado si participamos todos los magistrados, para que el
presidente recoja las observaciones que hagan cada uno de los señores
Magistrados y en todo caso incluirlas en el formato para cumplir con la
obligación que la propia ley nos impone. Y por lo que se refiere a lo que se ha
reiterado de que el acta se aparta de la
realidad de lo que está grabado, de lo que se trató, precisamente por eso está
agendado que en asuntos varios se analice ese proyecto de acta, se recojan las
observaciones y una vez atendidas en su totalidad se firme el acta
correspondiente, en esa virtud el orden del día queda aprobado por mayoría, en
virtud de que hay tres votos que se emiten a favor pero, con algunas
adaptaciones y el voto de la presidencia pues desde luego es en el sentido de
que se apruebe el orden del día que se distribuyó con anticipación entre todos
los señores Magistrados, en esa virtud haciendo uso entonces y ejercicio del
voto de calidad, queda aprobado el orden del día por mayoría con el voto en
contra de manera parcial de tres compañeros Magistrados.
En uso de la voz el Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, Yo quisiera nada
mas hacer una observación, no comprendo el punto cinco, formato del dictamen
semestral señalado por el articulo 64 fracción XVI de la Ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado, indica otra cosa completamente distinta, si fueran tan
amables en explicármelo porque en la fracción décima sexta dice proponer al
Pleno del Tribunal de lo Administrativo los nombramientos del Secretario del
Tribunal, de los Directores y de los titulares órganos auxiliares del propio
Tribunal de lo Administrativo, así como del representante de este ultimo ante
la Comisión Substanciadora.
Magistrado Presidente ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Aquí en
este caso, el formato es precisamente lo que he comentado, que la ley le impone
al Presidente la emisión de un dictamen, de un dictamen semestral, aquí en este
caso procede la observación del Magistrado ALBERTO
BARBA GÓMEZ, en que se fundamente en la norma aplicable, entonces le
rogamos a la Secretaria General de Acuerdos tome nota que se refiere a la
obligación que le impone la ley al Presidente para elaborar el formato.
Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, Solamente señor Presidente si me permite
que ya en el esquema de votación apunta a siempre imponer criterios por
mayoría, ya fue votado éste orden del día y pues fue votado y aprobado por mis
compañeros los señores magistrados con este error.
Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, yo únicamente solicitaba la aclaración, era
todo.
Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Ya quedo votado y entonces se atiende
por pertinente la petición que hace el magistrado BARBA GÓMEZ, para que asÍ se
registre en la Secretaria con la anotación adecuada.
Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Yo quisiera nada mas, yo lo dije hace un
momento pero bueno creo que mis palabras son gritos en silencio, pero son parte
de este trabajo, yo le vuelvo a suplicar, que si nos pudiera precisar en donde
existe la disposición de que Usted tiene que informar acerca del rendimiento de
los señores Magistrados del semestre o de la temporalidad.
Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Rogamos a la Secretaría General de
Acuerdos de lectura al artículo aplicable.
Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Porque no agotamos este punto para no
perdernos y así vamos avanzando.
Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Ya está votada la aprobación del orden
del día y la admisión de la aclaración por pertinente que hace el Magistrado
BARBA GÓMEZ, y si nada mas lo que hay que tener en cuenta la validez de las
normas que tienen una temporalidad de iniciación de la vigencia, pero también
las normas pues se van reformando, y la Ley Orgánica ya fue adicionada desde
antes de la integración del actual tribunal y ahí se precisa la obligación que
la Ley le impone al Presidente de emitir el dictamen semestral la obligación
Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, nomás que quede constancia que ya fue
aprobada la orden del día por mayoría con el ejercicio del voto de calidad del
señor Presiente, con la aclaración del señor Magistrado y reiterándose que
hasta las once con treinta y cuatro minutos no se tiene el fundamento para esta
situación.
- 3 -
En
uso de la voz el Magistrado Presidente del Tribunal, en cumplimiento a lo
dispuesto por los artículos 93, 101, 102 y demás relativos y aplicables de la
Ley de Justicia Administrativa, somete a consideración de los presentes los proyectos de sentencia relativos a los Expedientes
Pleno que enseguida se mencionan, según relación anexa en dos fojas útiles
por una sola cara, en copia certificada, misma que conforma el anexo dos de la
presente Acta.
ACLARACIÓN DE SENTENCIA
622/2006.
Dicho proyecto, fue
aprobado por mayoría de votos, al votar en contra la Magistrada PATRICIA CAMPOS
GONZÁLEZ.
QUEJA ADMINISTRATIVA
92/2007.
El Expediente
señalado, no fue sometido a votación, al haber sido retirado por su Ponente.
RECURSOS DE RECLAMACIÓN
558/2006, 70/2007,
130/2007, 144/2007, 159/2007, 162/2007, 236/2007, 264/2007 y 303/2007.
Respecto del expediente pleno 558/2006
y sometido que fue a yo quisiera poner a la consideración de los señores
Magistrados que integran este Pleno, someter al análisis el presente asunto una
vez que se decida la cuestión de la jurisprudencia que ustedes habían
solicitado.
ALBERTO BARBA GÓMEZ, Yo considero que
lo podemos votar, no le veo mayor trascendencia la ley es clara, la
constitución es clara
ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Por otro lado
aquí está toda la exposición de motivos y el decreto que crea ese Instituto de
Transparencia donde consta la expresión del creador de la norma que las
decisiones son inatacables, son vinculatorias y que solo al particular se le
concedió acudir al juicio de amparo y a la Secretaría le hago entrega formal de
los citados documentos.
Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Esta a consideración la propuesta de
que se vote este asunto ya presentado o la que hace el Magistrado VICTOR MANUEL
LEÓN FIGUEROA, en atención a que este Pleno ha solicitado que se fije
jurisprudencia sobre este particular que se resuelva el asunto una vez que se
haya asentado jurisprudencia correspondiente.
Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Otra vez una situación de apreciación
equivoca y perdone que este yo interviniendo la posición es muy clara el Señor
Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, hizo alusión de esa situación que esta
en estudio y le pidió al ponente que si el estaba de acuerdo en que se
retirara, no estableció la situación de que se votaba o no el asunto, en eso yo
pido por favor que no estemos alterando las situaciones.
Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Bien en atención a una solicitud que
hace un miembro del Pleno al señor Magistrado Ponente y dado el Magistrado
Ponente tiene todo el derecho a presentar su proyecto y si él no lo retira, se
abre la discusión y la votación, simplemente la consulta que se está haciendo
al Pleno, pero en este caso si el Magistrado BARBA GÓMEZ considera que debe
someterse a discusión y votación el proyecto, yo no veo inconveniente para que se lleve a
cabo, en virtud de que ya ha dado respuesta al señor Magistrado VICTOR MANUEL
LEÓN FIGUEROA, y que el propio Magistrado GARCÍA ESTRADA, ha hecho las
manifestaciones conducentes, en esa virtud si esta de acuerdo el Magistrado
VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA.
Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA,
si señor Presidente, ya escuché del Magistrado ponente que lo quiere someter a
votación.
Magistrada PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, En contra del proyecto.
Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA,
En contra del proyecto.
Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, A favor.
Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, Por
las razones establecidas por el ponente y fundamentalmente porque invoca una
fuente esencial para la interpretación de la norma que es la exposición de
motivos de la reforma constitucional contenida en el decreto número 20,862 en
el que se establece claramente que la intención del legislador fue precisamente
darle el carácter de inatacables y vinculatorias las resoluciones del Instituto
de Transparencia a favor del
proyecto.
Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA,
Voto en contra y ejerciendo el voto
de calidad queda aprobado por mayoría.
Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Pediría no más que se me hiciera llegar
copia certificada de esta resolución en concreto con las copias certificadas
del Congreso y de la opinión literal de los que van en el sentido contrario de
la resolución que se acaba de resolver.
Se atiende de conformidad la solicitud
presentada por el Magistrado GARCÍA ESTRADA.
Los Expedientes Plenos 558/2006,
70/2007 y 159/200, se turnaron para engrose al no haber sido aprobados por la
mayoría de los Magistrados integrantes del Pleno.
Los Expedientes Pleno 144/2007,
236/2007, 162/2007 y 303/2007, no fueron sometidos a votación, al haber sido
retirados por su Ponente.
El Expediente Pleno 130/2007, quedó
aprobado por Mayoría de votos, de los Magistrados integrantes del Pleno, al
votar en contra el Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA.
RECURSOS DE APELACIÓN
376/2004, 612/2006, 176/2007,
200/2007, 275/2007, 281/2007, 283/2007, 288/2007 y 312/2007.
Los
Expedientes Pleno 376/2004 y 200/2007, no fueron sometidos a votación, al haber
sido retirados por su Ponente.
Los
Expedientes Pleno 176/2007 y 312/2007, se turnaron para engrose al no haber
sido aprobados por mayoría de los Magistrados integrantes del Pleno.
El
Expediente Pleno 612/2006, fue aprobado por mayoría, al votar en contra el
Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA.
El
Expediente Pleno 281/2007, fue aprobado por mayoría, al votar en contra los
Magistrados HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ y ARMANDO GARCÍA ESTRADA, quienes solicitan
se les turnen los autos, para razonar su voto en contra.
El
Expediente Pleno 283/2007, fue aprobado por mayoría, al votar en contra el
Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA.
El
Expediente Pleno 288/2007 fue aprobado por mayoría de votos, al votar en contra
el Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, quien solicita se le turnen los autos,
para razonar su voto en contra.
En
estos términos, los asuntos fueron debidamente analizados, discutidos y votados
por los Magistrados asistentes al Pleno.
- 4 -
4.1. En este asunto,
el Magistrado Presidente, hace entrega al Secretario General de Acuerdos, de
los autos de la Visita Extraordinaria 1/2007, efectuada a la Secretaría General
de Acuerdos, y atenciendo el oficio que le remiten las Visitadoras habilitadas
para realizar dicha visita Extraordinaria, manifestando lo siguiente:
“Visto el contenido del Acta de
visita de inspección extraordinaria 1/2007, a efecto de determinar
fehacientemente si existe o no responsabilidad imputable al Maestro en Derecho
Oscar Gregorio Ramírez Fregoso, quien se
desempeña como servidor público de confianza con nombramiento provisional en la
Plaza de Secretario General de Acuerdos de este Tribunal hasta el 31 de
diciembre del 2007, y teniendo el nombramiento de confianza definitivo en la
plaza de Secretario de Sala, adscrito a la Quinta Sala Unitaria, con licencia
hasta el 31 de diciembre del 2007, en atención a lo establecido por los
artículos 65 de la Constitución Política de nuestra Entidad Federativa, 4 fracción IV inciso b), 8, 9
fracción III inciso b), 9-A, 10, 16 fracción III, 22 fracción V incisos a), e),
g), i) así como ll), 23, 25, 26 y 55 fracciones I, IX, XI, XIII, XIV, XVI de la
Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, y en
base al resultado de la visita de inspección extraordinaria 1/2007, se ordena la instauración del procedimiento
administrativo de responsabilidad, por estimar que incurrió el servidor
público de referencia en las causales de terminación de la relación de trabajo
contempladas por el citado artículo 22 en su fracción V incisos a), e), g), i)
así como ll), de ahí que existan elementos suficientes que presumen el
incumplimiento a las obligaciones legales que le asisten y que, además,
conducirían a la pérdida de la confianza en los dos nombramientos antes
especificados, dada la presunta desatención a normas legales sobre la debida
organización de las funciones a su cargo. El procedimiento de referencia
atiende además a lo contemplado por los artículos 64 fracción XI y 65 fracción
IX y XIX, 198 fracción I, III, IV, VIII, XI, XIII, XIV; XV, XXIII y XXI, 201,
202, 203 y 218 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco,
debiéndose nombrar al correspondiente Magistrado Instructor.
Gírese oficio al incoado acompañando
copia del acta de visita y sus anexos, para que dentro del término de 05 CINCO
DÍAS HÁBILES, formule un informe sobre los hechos y rinda las pruebas correspondientes,
indícándosele que el informe deberá referirse a todos y cada uno de los hechos
involucrados, afirmándolos, negándolos, expresando los que ignore por no ser
propios, o refiriéndolos como crea que tuvieron lugar. Hágasele saber que se presumirán confesados los hechos
sobre los cuales el incoado no suscitare explícitamente controversia, sin
admitirse prueba en contrario. Cítesele a la audiencia prevista por el artículo
23 de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios,
señalando fecha para ese efecto, misma que deberá desahogarse en el Salón de
Plenos de este Tribunal, ubicado en el octavo piso de la Avenida Américas 1536
de esta ciudad, pudiendo asistir en compañía de un defensor, abogado o persona
de su confianza, en donde le será otorgado el derecho de audiencia y defensa,
recibiendo su declaración, así mismo se recibirán las pruebas que ofrezca,
procediendo en ese acto a su desahogo, así como para que en la misma rinda
alegatos. Hágasele saber que servirán de prueba todos los documentos que fueron
materia de la visita, los cuales quedan a su disposición dentro de los archivos
de la propia Secretaría General, sin que le sea entregada copia de los mismos,
por exceder de 50 hojas, al tenor de lo previsto por los artículos 91 y 91 bis
del Código de Procedimientos Civiles del Estado, aplicado supletoriamente.
Prevéngasele para que designe
domicilio para recibir notificaciones, y autorizados para ese efecto,
apercibiéndolo que de no hacerlo, las notificaciones subsecuentes, aún las de
carácter personal se realizarán en términos de lo señalado por los artículos
107 y 108 de la Ley Adjetiva Estatal, aplicada supletoriamente.
Gírese oficio a la Dirección de
Administración de Recursos Humanos y Servicios Materiales, para que remita el
expediente personal del Maestro en Derecho Oscar Gregorio Ramírez Fregoso, a
efecto de tenerlo a disposición cuando se emita la resolución que corresponda.
Por así convenir a la conducción o
continuación de la investigación, para el sano desarrollo de todas las
actividades jurisdiccionales y administrativas que le asisten a este Órgano
Colegiado, ante la falta de un acta de entrega-recepción por parte del saliente
Presidente de este Tribunal, cuya indagación derivó en la orden de este Pleno
de una visita de inspección extraordinaria a la Secretaría General de Acuerdos
y a virtud de los resultados obtenidos de la misma, en esa tesitura, de
conformidad a lo establecido por los artículos 64 fracciones IX , XI y XIII, 65
fracción VI, y 70 último párrafo de la Ley Orgánica del Poder Judicial del
Estado, se habilita al C. Licenciado Gerardo Jiménez Amaya, Secretario de Sala
adscrito a la Tercera de este Tribunal, para que funja como Secretario General
de Acuerdos habilitado, hasta en tanto concluya el procedimiento administrativo
de responsabilidad incoado en contra del actual Secretario General de Acuerdos,
y lo sustituya en el ejercicio de sus funciones, sin menoscabo de las
prestaciones económicas percibidas por el Maestro en Derecho Oscar Gregorio Ramírez
Fregoso, y atendiendo las áreas que requieren mayor apoyo por las cargas de
trabajo que imperan, se comisiona a éste para que brinde el apoyo jurídico y
laboral de manera temporal a la Sala Unitaria que así lo requiera, a efecto de
abatir el rezago existente sin que dicha comisión prejuzgue sobre la
responsabilidad que se investiga y, siendo factible presupuestalmente, se cubra
la diferencia salarial al Secretario General habilitado”.
En
uso de la palabra el Magistrado ALBERTO
BARBA GÓMEZ, Según el orden del día señor Presidente únicamente procede el
que se nos informe el resultado de la auditoria.
Magistrado
ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, El
resultado de la auditoria sobre la visita extraordinaria se contiene en el
legajo de 160 hojas que se distribuyó previamente y que en este momento
entregamos el original a la Secretaría General de Acuerdos para su debida
custodia y en el punto de acuerdo que aprobó el Pleno, se habla precisamente de
esa orden de visita extraordinaria y aquí en el punto cuatro de la orden del
día, dice cumplimiento de lo ordenado, es como cuando una diligencia empieza
una hora hábil y termina una hora inhábil, aquí en este caso el cumplimiento
lleva implícita la medida que se esta proponiendo al propio Pleno.
Magistrado
ALBERTO BARBA GÓMEZ, el orden del
día establece que únicamente es el cumplimiento, .si ustedes así lo consideran
con mi presencia votaré únicamente,. sino con todo respeto se lo digo a este
Pleno yo no me prestaré a una votación
distinta.
Magistrado
ARMANDO GARCÍA ESTRADA, ya de por si
en su origen la Orden del Día, y se el resultado final, a lo mejor estoy
lanzando gritos en silencio como lo expresé
hace un momento, se del resultado final de la votación, porque parece ser
aquello que se dijo fue romanticismo, de que pudiéramos ser contrarios pero
creo que no somos contrarios somos contradictorios, contrarios no nos hace
diferentes, podemos compartir el espíritu de muchas cosas en común, pero ya en
esta posición tan radical que se tiene hacia la posición que guarda esta
magistratura que habla, es inevitable que no hay fuerza a la mejor ni divina,
que modifique las intenciones sobre todo cuando ya están encaminadas de parte
de una suposición meramente subjetiva. Yo vuelvo a reiterar en su ausencia dije
lo siguiente, que si la intención es correr al Secretario de Acuerdos, no hay
que darle tantas vueltas, si lo quieren correr hay que correrlo, no hay ningún
problema, nomás hay que medir igual a todo mundo. Antes de llegar aquí lo
mencioné también en su ausencia, le comentaba al Magistrado Víctor que antes de
arribar a lo que yo esperaba que fuera diferente, que los diálogos previos que
habían escuchado que este Tribunal se distinguía por muchas situaciones
irregulares, por una descortesía, diferencias personales verbales y hasta
físicas de los que integraron el anterior pleno; y que por lo que ve al
anterior personal se hablaba muchas cosas de corrupción de Secretarios que
andaban involucrados en cosas inadecuadas, que había situaciones de mafias
entre las secretarias, y ahora ya noto, con los hechos, por eso dicen que
cuenta más lo que se hace que lo que se dice, que ya este Tribunal cambió de la
noche a la mañana y que la única mancha negra que encontramos aquí es al
Secretario General de Acuerdos; lamento mucho que esto este sucediendo, yo
siempre he considerado que la experiencia nos debe de enseñar a ser prudentes y
sobre todo respetuosos de la ley, al margen, primero es la ley que otra cosa,
pero bueno, si ya la intención está definida porque se como van a votar, no tiene
caso que entremos a mas discusiones, a final de cuentas veo que a la anterior
Presidencia se censuraron algunas cosas que no estaban de acuerdo, pues ahora
veo desafortunadamente que esto se está convirtiendo en una dictadura para
adoptar todo lo que se quiere, insisto no necesitamos ni discutir ni pelear, si
ustedes gustan que este Tribunal sea la conciencia nada de ustedes, adelante,
no hay ningún problema, acabamos discusiones, el aspecto jurisdiccional me
encanta y en el administrativo ustedes se pueden hacer cargo.
Magistrado
HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, Señor
Presidente yo creo que esto puede tener una solución, si usted retoma
puntualmente el contenido del acuerdo tomado, lo digo nuevamente con el único
voto en contra del suscrito, el cumplimiento, esta palabra implica que se de
cuenta de la realización de esta visita y que por razones de lógica, de orden y
de respecto si a las visitadoras nombradas en esa forma, por mayoría impuesta,
les costó esto 24, 48 o mas horas realizar esta labor, usted nos está dando
menos de 24 horas para imponernos de un legajo de 160 fojas que ameritan un
análisis acucioso y puntual en virtud de lo que se pretende, que es claramente
la destitución del Secretario General de Acuerdos. Entonces no es pertinente,
prudente adecuado no es apegado a las reglas mínimas de respeto y equilibrio
que deben ponderarse en la Presidencia de este Tribunal, el que se quiera
someter este punto de acuerdo a votación. Yo propongo que se de cuenta nada más
de esto, que se vean los puntos del orden del día, que nos de oportunidad de
analizar el documento con el espacio debido y el respeto que merecemos los
Magistrados que no venimos a convalidar decisiones tomadas con anterioridad, si
usted cree conveniente y prudente hacer esta moción valida tiene mi
comparecencia y voluntad.
Magistrada
PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, Bueno yo
quiero manifestar el apoyo que acaba de hacer el señor Presidente, toda vez que
todo funcionario o servidor público que tenga conocimiento de actos u omisiones
que impliquen una responsabilidad para quienes cometieron estas conductas,
deberá de hacer de oficio la integración de este procedimiento y en este caso
se está presentando solamente la propuesta de iniciar el procedimiento y una
vez que se de el resultado se tendrá la resolución y se le dará su derecho de
audiencia y defensa hacia el servidor publico que está involucrado en las
cuestiones que se plantearon en el resultado de la visita. Esa es mi
intervención señor Magistrado.
Magistrado
VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, No se
está tomando ahorita una decisión en relación a la situación jurídica,
resultado de la revisión que se le ha practicado al señor Secretario, esto
falta por concluir previa la garantía de audiencia como alcancé a escuchar.
Entiendo la propuesta del señor Presidente para efecto de, provisionalmente que
obre alguna otra persona como Secretario, sin que ello demerite la calidad
profesional en su persona y sus derechos que tiene en este Tribunal, es
simplemente para evitar cualquier situación, de suspicacias administrativas, el
que él en este momento que está siendo objeto de una revisión pues siga
fungiendo como Secretario, entiendo que esa es la pretensión que propone por
parte del señor Presidente; no se está todavía, ni juzgando, ni tomando una
decisión final simplemente se esta proponiendo a este Pleno para que mientras
tarde o dure ese procedimiento de revisión, funja otra persona como Secretario,
sin que ello prejuzgue anticipadamente la calidad, los servicios, la
responsabilidad del señor Secretario.
Magistrado
HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, Con todo
respecto Magistrado León Figueroa siento contradecirlo, por que el documento
que acaba de leer el Magistrado Presidente si prejuzga, apunta irregularidades
las imputa de tal manera que está proponiendo a este Pleno que acordemos la
iniciación de un procedimiento, si hay un pre juzgamiento; yo para no entrar en
mayores controversias, ni en situaciones que realmente resultan bastante
incomodas para la marcha de este Tribunal, en donde hemos esperado que el
equilibrio, el consenso y la sensibilidad se ponderen por encima de posturas
personales, simplemente dije si nos quedamos con la cuenta del documento nos da
la oportunidad jurídica temporal de analizarlo y pasamos al siguiente punto,
podemos retomar el cause legal, si la propuesta es insistir en esto pues me
gustaría que el señor Presidente me dijera si avanza él en la propuesta de
generar el punto de acuerdo someterlo a votación.
Magistrado
ALBERTO BARBA GÓMEZ, o simplemente
perdón por la interrupción atendiendo lo que establece el orden del día y
únicamente darnos cuenta. Dos puntos, que se de cuenta y que se cumpla con lo
que establece el orden del día dándonos cuenta; y la otra es ya, con el acuerdo
de propuesta que usted esta proponiendo para la separación seguir un
procedimiento para saber en un momento dado que es lo que su servidor va a
proceder a hacer.
Magistrado
ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Antes
de someterlo a votación en el punto de acuerdo propuesto, se habla que se
presumen las faltas y precisamente como se presumen las faltas en el desempeño
de su función es por lo que se instaura un procedimiento de responsabilidad
administrativa y el Pleno es el que tiene facultad para resolver el fondo de
este procedimiento de responsabilidad administrativa, y tan solo va a iniciar y
no nada más ello sino se ha tenido todo el cuidado, todo el esmero, como lo
apuntó el Magistrado VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, de que no se esta
menoscabando la buena imagen de un servidor publico, ni tampoco se está
afectando ninguna prestación económica, su nombramiento sigue vigente, lo que
pasa es que habría un conflicto de intereses, cómo va a fungir como fedatario
en la audiencia correspondiente, y esto se entiende de otra manera, en el
sentido de que se trata de correr, porque ese el término que se utilizó,
simplemente la declaratoria de perdida de confianza. Entonces que quede claro
en el punto de acuerdo, ahí esta la grabación, se habla de que se presumen
faltas, por una parte y, por la otra, de que con el efecto de no lesionarlo en sus
percepciones, su nombramiento sigue vigente, simplemente por ese conflicto de
intereses, otro Secretario del propio Tribunal durante este lapso del
procedimiento de responsabilidad administrativa fungirá como Secretario de
acuerdos del Tribunal, porque de otra manera, ahí sí estaríamos cometiendo
diversas ilegalidades y aquí se ha comentado que algunas Salas recibieron pues
un rezago importante y que ahora deben atender, y si el señor Secretario
General de Acuerdos ha servido como Secretario de Sala Unitaria, pues que
persona más adecuada para apoyar a los Magistrados de Sala Unitaria que así lo
requieran para la elaboración de los proyectos, respetándole exactamente su
mismo horario, su misma retribución, su misma prestaciones, hasta prestaciones
accesorias y yo no veo que se hable de una imposición, de ninguna manera, por
que aquí lo que se está cumpliendo es lo que se ha alegado siempre, con la
propia ley y la propia ley nos obliga a todos los servidores públicos a darles
todas las oportunidades de audiencia y defensa, aquí mismo se está mencionando
todo ello, y entonces si ya tendremos tiempo para deliberar sobre otros asuntos
torales para el propio Tribunal, pero mientras que exista ese conflicto de
intereses, pues no se puede substanciar el procedimiento de responsabilidad
administrativa, y en ese supuesto yo veo que no estamos prejuzgando y no se
esta tomando una determinación de destitución de nadie, sino simplemente una
reasignación eventual por la situación que prevalece con motivo de esta visita extraordinaria
a que se contrae el legajo de 160 hojas, realmente no nos inducen a que a
priori tomemos una decisión de trascendencia, como podría ser la remoción del
Secretario General de Acuerdos, sino tan solo es una presunción para que se
instaure el propio procedimiento y yo hablo, con un llamado a la cordura pues
para que no pase también lo que se trato con el punto cinco del dictamen
semestral señalado por el artículo 64 fracción XVI de la Ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado, por dos razones, una, porque está fundamentado este
apartado del orden del día y la otra, porque el hecho de indicar al Secretario
General de Acuerdos que tome nota que las once horas con veintitantos minutos
no ha localizado el fundamento correspondiente, creo que esto iría en deterioro
de los señores magistrados del propio Tribunal, porque como peritos en derecho
estamos obligados a conocer la ley y sobre todo la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y la Ley Orgánica del Poder Judicial efectivamente como lo mencione
de manera reiterada, impone al Presidente en funciones la obligación de emitir
un dictamen semestral respecto del desempeño de cada uno de los señores
magistrados y esa reforma a la Ley Orgánica que no se pudo localizar en el
ejemplar que tiene el señor Secretario General de Acuerdos, data de hace más de
cuatro años, fue en mayo de 2003, y en esa reforma mediante la cual se adiciona
la Ley Orgánica nos da la pauta y simplemente nos remite a otro precepto de la
Ley Orgánica cuando habla del dictamen previo al vencimiento del primer periodo
para el que han sido designados cinco de los señores Magistrados del Tribunal,
pero la adición consiste en que el Presidente deberá emitir un dictamen
semestral que se va a tomar como un antecedente que nos va a afectar de una
manera o de otra a todos los Magistrados y yo, como Presidente del Tribunal, en
un acto de caballerosidad y de cortesía, presenté a consideración del Pleno el
formato que quiero presentar para cubrir esa obligación que la ley me impone y
si la ley le impone esa facultad o esa obligación al Presiente del Tribunal
pues simplemente emite el dictamen y da cuenta al Pleno, lo cual me parecería a
todas luces impropio, porque antes es necesario que cada uno de los señores
magistrados, primero conozcan el formato y, segundo, los datos sujetos a
revisión que se van a incorporar en el propio dictamen. Aquí tengo sobre este
asunto el decreto 20089, en este decreto que es del uno de mayo de 2003, se
establece una reforma al artículo 64, porque ahí se mencionó que ese artículo se
refería a remover al Secretario General y realmente la remoción no la puede
llevar a cabo ningún magistrado ni aun el Presidente, es facultad exclusiva del
Pleno del Tribunal y este artículo 64 reformado y adicionado dice el Presiente
del Tribunal de lo Administrativo tendrá las siguientes atribuciones, y el
último párrafo precisa que efectos de un adecuado control y evaluación de las
labores del Tribunal de lo Administrativo, el Presidente del Tribunal elaborará
y conservará un dictamen semestral de cada uno de los magistrados con los
elementos que establecen en la fracción XXVI del artículo 23 de la Ley y el
artículo 23 de la Ley que es el que señala la obligación del Pleno de emitir un
dictamen, pero ya cuando este a punto de vencer el periodo de ejercicio de
siete años, si lo vemos esto de manera objetiva y porque no decirlo tranquila,
pues estamos viendo que aquí no se está causando con el punto anterior ningún
perjuicio a ningún servidor público; porque como bien lo apuntó el Magistrado
VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, no se está prejuzgando, se está dejando a salvo la
imagen que tiene el señor Secretario, simplemente como un derecho que tiene de
no ser removido o destituido o privado de sus emolumentos se está proponiendo
que se instaure el propio procedimiento, entonces, yo veo que si vamos a
considerar como aquí se dijo que está es
una decisión y que ya se sabe como se va a emitir el voto, pues esto a
quien va a afectar es a los integrantes del Tribunal incluyéndome desde luego a
mi como par de todos ustedes, y por eso yo veo que no hay razón desde mi punto
de vista para aplazar la resolución de estos asuntos con el argumento valido de
que hay que estudiar el legajo de 160 hojas del resultado de la visita
extraordinaria, es que basta que se presuma una responsabilidad para que se
pueda fincar el procedimiento de responsabilidad administrativa, incluso hay
disposiciones en la propia ley en casos determinados el Presidente puede tomar
algunas medidas y en este caso no, no porque lo que se trata es precisamente
ajustarnos a la propia legalidad, entonces yo haría un llamado a todos ustedes
por el bien del propio Tribunal para que
siga avanzando y que no vayamos a ser materia de exhibición como en el caso del
punto cinco, que se certifique que la Secretaría o quien haya sido no pudo
localizar la fundamentación legal, y ya constatada se ve que es la correcta, la
del Orden del Día, entonces pues retomando el asunto yo rogaría a ustedes ya
con esta aclaración que hago ante todos ustedes con el respeto que me merecen,
simplemente se autorizara la instauración del procedimiento de responsabilidad
administrativa en los términos que ahí están propuestos.
Magistrado
HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, Señor
Presidente, he escuchado con mucha atención sus intervenciones, aclaraciones,
las justificaciones que se dan en torno al tema, son respetables como todo lo
que se ha pronunciado en este Pleno en el valor que tiene, que lo diga quien lo
dice por el derecho que tiene a hacerlo. Yo voy a insistir ya mas en dos
situaciones, el Orden del Día que se aprobó por mayoría en el punto cuatro
hubiera señalado votación de acuerdo para la instauración, con esa claridad,
con esa transparencia que obliga al uso y la aplicación de disposiciones
legales en materia disciplinaria, estoy de acuerdo que en este momento se
someta a votación, pero no, simplemente se esta el cumplimento a lo ordenado es
dar cuenta de la visita como ya se dijo reiteradamente y a nosotros nos
corresponderá en el estudio del expediente, determinar primero, porque yo todavía
tengo duda sobre las facultades y la legalidad de esa visita y de quienes
fueron nombradas para que actúen en sentido por su carácter de iguales o quizás
de inferiores jerárquicos. Simplemente sería primero que nosotros advirtamos si
lo que aquí se imputa es materia o no para la iniciación de un procedimiento,
esa sería la pauta legal correspondiente, ni siquiera damos por hecho que lo
que aquí se está diciendo, no podemos dar por hecho sin haberlo revisado
exhaustivamente, si es materia o no para la iniciación de un procedimiento,
entonces, permítanme decirles también que un asunto que si es del interés
general y donde hay un consenso total que es en el funcionamiento y la marcha
de este Tribunal, que es esa revisión del formato de revisión semestral porque
se puso en el punto cinco y no en el cuatro, es más importante, atañe a la vida
y a la imagen del Tribunal, mientras que en el punto cuatro es una cuestión
interna, que si se queda como está, no interfiere en nada la vida del Tribunal
y en cambio si se toma la decisión simplemente si distrae seriamente las
atenciones a los asuntos prioritarios del Tribunal. Entonces yo nada más señor
Presidente si usted en ese llamado a la cordura yo le pido a usted lo mismo, le
pido respeto a la legalidad a nosotros a nuestros tiempos, y si usted insiste
en someterlo a votación pues permítame retirarme con la debida justificación
que ya he expuesto legalmente.
Magistrado
ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Entonces
y siguiendo con el orden del día y atendiendo la observación desde mi punto de
vista atinada y que ofrezco una disculpa al Señor magistrado ALBERTO BARBA
GÓMEZ, en el sentido que el punto cuatro se refiere al cumplimiento de lo
ordenado y que desde su punto de vista, se está cumpliendo a lo ordenado con la
entrega a la Secretaría General de Acuerdos del resultado de la visita, yo
propongo lo siguiente, para cuidar estos aspectos de legalidad que están
comentando, simplemente que sea el primer punto a tratar en el Orden del Día
del punto último de asuntos varios y pasamos al siguiente punto que es el
formato.
Magistrado
ALBERTO BARBA GÓMEZ, Una pregunta
Maestro, va a quedar tal cual como viene en la propuesta que usted dijo no
simplemente el informe, yo lo he dicho y lo he dicho muchas veces hay asuntos
que tenemos que tratar previamente, si vamos a insistir en que quede lo que
usted está proponiendo en fincar el procedimiento de todos modos, yo también me
retiro y ustedes resuelvan como ustedes quieran.
Magistrado
ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Bien yo
hago nuevamente un llamado a la cordura, si escuchamos aquí la grabación, como
peritos en derecho no sabemos que la Ley Orgánica se reformó en mayo del 2003,
eso a nadie beneficia, luego estamos obligados a conocer la Ley Orgánica y la
Ley Orgánica establece algo similar, como en una diligencia que yo ya lo
comenté, iniciada debe concluirse, salvo que haya causas de fuerza mayor y por
otra parte, nos impone a todos los magistrados la obligación de permanecer en
el Pleno y solamente podemos abandonarlo con autorización del Pleno, y en este
caso pues ya se suscito primero una ausencia y luego la otra ausencia, pero no
hay la autorización del Pleno esto a quien va beneficiar, absolutamente a
nadie, en cambio, si se instaura el procedimiento de responsabilidad
administrativa, no en el punto cuatro, sino en el último punto de asuntos
varios, no se está ya prejuzgando ni tomando una determinación en uno o en otro
sentido lo que si el sentido común nos dice es que no puede funcionar el
Tribunal si hay conflicto de intereses entre el Secretario General de Acuerdos
y la propia visita extraordinaria que el Pleno aprobó por unanimidad o por
mayoría pero que aprobó, entonces ya se está cumplimentando y como aquí bien se
dijo las Secretarías mostraron su identificación con el Tribunal y no sacrificaron,
a ustedes les consta, horarios hasta muy tarde todos los días para terminar
ellas su trabajo, ya lo terminaron, entonces yo lo que sugeriría primero, el
punto cinco es el formato del dictamen, la propia Ley Orgánica impone ésta
obligación en la Secretaría General, no se si está aquí el formato que lo tenga
el Secretario General y en caso de que no lo tuviera entonces lo presentaría en
la próxima sesión plenaria y sería el día 20 y el informe debe comprender hasta
el día último de junio, lo que quiere decir que estaríamos en tiempo de
elaborar el formato y que yo pudiera antes de suscribir cualquier dato
estadístico sobre el desempeño de cada uno de nosotros incluyendo a su servidor
pues simplemente que ustedes conocieran primero el formato y segundo los datos
que ahí se van a contener y pasárselos a revisión con toda anticipación para
hacer las aclaratorias del número de asuntos turnados, todo lo que marca la
propia ley que simplemente para darnos cuenta se habla del total de asuntos
turnados a cada magistrado, el total de asunto resueltos por cada magistrado,
el total de los asuntos turnados a la Sala, de los asuntos resueltos por las
Salas, el número de resoluciones resueltas, el número para ver ya no el aspecto
no cuantitativo sino cualitativo, el número de resoluciones confirmadas o
modificadas y los servidores públicos que auxilian al Magistrado, así como las
quejas enderezadas en contra de los señores magistrados, si aquí damos pie a
que se esté violentando la Ley de abandonar la sesión plenaria cuando hay
disposición expresa en la ley, que se requiere la autorización del Pleno para
abandonar la responsabilidad como integrante del Pleno y se pide que se
certifique por la Secretaría General de que a las once y veintitantos minutos
no pudo encontrar y que no existe una norma que imponga al Presidente la
obligación de elaborar ese dictamen, yo creo que no conduce a nada positivo y
lo que comenta el magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, me parece muy atendible que
hay que tener alguna reunión privada previa.
Magistrado
ALBERTO BARBA GÓMEZ, con todo
respeto lo digo, nunca se ha llevado a cabo mis peticiones, han quedado en el
limbo y esta es una decisión que debimos de tomar en privado. Su servidor en un
principio pedí que se modificara el orden del día y ahorita con todo respeto lo
digo el orden de día es muy distinto a lo que se pretende tratar en el punto
número cuatro, completamente distinto porque el cumplimiento es informarnos,
usted habla que todo inicia y luego termina La auditoría inició el día que se
practicó y termino el día en que se terminó, inclusive, viendo desde el punto
de vista legal si la auditoria haya durado lo que haya durado mínimo por
cuestión de legalidad y de justicia, el mismo término se le debe de dar al
auditado para que pueda contestar las observaciones en este caso, le dieron dos
horas o menos, y repito hablo de justicia, no apegado a derecho ni por que lo
dispone la ley, en un principio nosotros pedimos que se nos diera únicamente
cuenta del dictamen del resultado de la auditoria para que posteriormente
podernos imponer nosotros de ello, son 160 hojas, yo no lo he visto ni siquiera
la primer hoja la he leído. Yo entiendo la responsabilidad en que incurrimos si
nos retiramos, mas sin embargo no me voy a prestar a que se de una forma
distinta a que está plasmado en el orden del día someterme a una votación que
no es de acuerdo al orden del día, y también me retirare en todo caso y yo
tendré que tomar la misma decisión que mis compañeros y es muy lastimoso para
su servidor y le digo yo lo veo a Oscar y lo vuelvo a repetir, y lo dije la vez
pasada, no por defenderlo porque yo no soy su defensor ni soy su abogado, pero
me pongo en sus pies, y cuando aquí nos reunimos con todo el personal ese fue
mi mensaje, tratar a la gente como les gustaría que nos tratara, y no estoy
faltando a mi moral ni a la educación que he recibido y no me arrepentiría en
un momento dado de hacer lo mismo que mis compañeros.
Magistrado
ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, solicita a la secretaría se sirva tomar nota que,
atendiendo al planteamiento del señor Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, se
continuará con el orden del día tal como está previsto; y si tomó nota la
Secretaría de cuando se retiraron los señores magistrados que se señale la hora
correspondiente; Magistrado Armando García Estrada, se retiró a las 14:30
catorce horas con treinta minutos, el Magistrado Horacio León Hernández, se
retiró a las 14:45 catorce horas con cuarenta y cinco minutos, y el Magistrado
Alberto Barba Gómez, se retiró a las 14:52 catorce horas con cincuenta y dos
minutos.
Ante la ausencia de
los Señores Magistrados ARMANDO GARCIA ESTRADA, HORACIO LEON HERNANDEZ y
ALBERTO BARBA GOMEZ, en esta Sesión Plenaria, y dada la manifestación del Señor
Magistrado ALBERTO BARBA GOMEZ, en el sentido que el cuarto punto del orden del
día se limite a tener por recibido el oficio suscrito por las visitadoras
judiciales habilitadas, se acuerda a las 15:42 quince horas con cuarenta y dos
minutos, suspender la Vigésima Sesión Ordinaria, para reanudar su desarrollo a
las 11:00 once horas del próximo mártes 19 diecinueve del mes en curso,
instruyendo a la Secretaría General de Acuerdos se sirva registrar tal
circunstancia, firmando la presente Acta para constancia los Magistrados
presentes, en unión del Secretario General de Acuerdos que autoriza y da fe.
Siendo las 11:30 once horas con treinta minutos del día 19 DIECINUEVE
DE JUNIO DEL AÑO 2007 DOS MIL SIETE continúa bajo el orden del día la Vigésima
Sesión Ordinaria iniciada el día 13 trece de junio de 2007 dos mil siete.
La Presidencia solicitó al Secretario General de Acuerdos,
proceda a tomar lista de asistencia; verificado que fue lo anterior, se dio
cuenta de la presencia de los señores Magistrados, ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, PATRICIA CAMPOS
GONZÁLEZ, VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, ARMANDO GARCÍA ESTRADA y ALBERTO BARBA
GÓMEZ, con lo que se surte el
quórum requerido para sesionar; por consiguiente, se consideran válidos los
acuerdos que en ella se pronuncien, en atención a lo establecido por los
artículos 12 y 16 del Reglamento Interior del Tribunal de lo Administrativo.
Respecto del punto cuarto del
Orden del Día “cumplimiento a lo ordenado en la Décima Novena Sesión Plenaria celebrada
el 6 seis de Junio del año en curso, relativo a al Visita Extraordinaria
practicada a la Secretaría General de Acuerdos de este Tribunal, que se anexa
en legajo integrado con 160 fojas; por unanimidad de votos se acuerda lo
siguiente:
Se tiene por recibido
el oficio suscrito por las Visitadoras Judiciales habilitadas Maetra en Derecho
Bertha Alicia Esparza Hernández y Licenciada Virginia Martínez Gutiérrez, al
cual anexan el acta de visita de inspección extraordinaria 1/2007 y anexos, en
un legajo de 160 fojas, con lo cual se les tiene cumplimentando en sus términos
lo ordenado en la Décima Novena Sesión Plenaria de fecha 6 de junio de 2007,
mismo que es del conocimiento de los Magistrados al haberse adjuntado el legajo
relativo al orden del día para esta Sesión Plenaria.
- 5 -
En relación al punto cinco del
orden del día “Formato del dictamen semestral señalado por el artículo 64 fracción XVI
de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado”, se acuerda considerar en el
mismo tres periodos del primer semestre año 2007 dos mil siete, el primero, del
2 dos de enero al 7 siete de marzo, con cinco Magistrados en funciones; el
segundo, del 8 ocho de marzo al 17 diecisiete de mayo con 7 siete Magistrados,
y el tercero del 18 dieciocho de mayo al último día del mes de junio en curso,
con 6 seis Magistrados en funciones.
el primero relativo a cinco
Magistrados en funciones, el segundo con siete Magistrados en funciones y el
tercer con seis Magistrados en funciones.
- 6 -
ASUNTOS VARIOS.
4.2. La Secretaría
General de Acuerdos da cuenta del oficio número 134/2007, signado por el
Magistrado VICTOR MANUEL LEON FIGUEROA, en el que solicita se le excuse para
conocer del Juicio Administrativo 88/2007, al actualizarse la causal de
impedimento prevista por la fracción IV del numeral 21 de la Ley de Justicia
Administrativa en el Estado de Jalisco.
4.3. La Secretaría
General de Acuerdos da cuenta de que el expediente de Responsabilidad
Patrimonial número 10/2007, se encuentra debidamente substanciado para el
efecto de que se designe Magistrado ponente y formule el proyecto de
resolución.
Los Magistrados integrantes del
Pleno, conforme al turno que se lleva a cabo en la Secretaría General de
Acuerdos, designan a la Magistrada PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, para que proceda a
pronunciar la resolución que en derecho corresponda.
4.4. La Secretaría
General de Acuerdos da cuenta de que el expediente de Responsabilidad
Patrimonial número 13/2007, se encuentra debidamente substanciado para el
efecto de que se designe Magistrado ponente y formule el proyecto de
resolución.
Los Magistrados integrantes del
Pleno, conforme al turno que se lleva a cabo en la Secretaría General de
Acuerdos, designan al Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, para que proceda a
pronunciar la resolución que en derecho corresponda.
4.5. La Secretaría
General de Acuerdos da cuenta de que el expediente de Responsabilidad
Patrimonial número 12/2007, se encuentra debidamente substanciado para el
efecto de que se designe Magistrado ponente y formule el proyecto de
resolución.
Los Magistrados integrantes del
Pleno, conforme al turno que se lleva a cabo en la Secretaría General de
Acuerdos, designan al Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, para que proceda a
pronunciar la resolución que en derecho corresponda.
4.6. La Secretaría
General de Acuerdos da cuenta de que el expediente de Responsabilidad
Patrimonial número 22/2007, se encuentra debidamente substanciado para el
efecto de que se designe Magistrado ponente y formule el proyecto de
resolución.
Los Magistrados integrantes del
Pleno, conforme al turno que se lleva a cabo en la Secretaría General de Acuerdos,
designan al Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, para que proceda a
pronunciar la resolución que en derecho corresponda.
4.7. La Secretaría
General de Acuerdos da cuenta que el expediente de Queja número 252/2007,
interpuesto por el ciudadano GRACO CESAR MORA FRANCO, en contra del Secretario
y Actuario adscritos a la Segunda Sala Unitaria de este Tribunal de lo
Administrativo, se encuentra debidamente substanciado, sometiendo a
consideración del Pleno que Magistrado que deberá de formular el proyecto de
resolución, a virtud de que el artículo 201 en su fracción II, de a Ley
Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, establece que: “Serán
competentes para conocer de las responsabilidades de los servidores públicos
del Poder Judicial del Estado; ... II. El
respectivo Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, del Tribunal de lo
Administrativo, y del Tribunal Electoral, cuando respectivamente se trate de
servidores públicos de esos órganos, en los casos no comprendidos en la
fracción anterior;...”
Sometido a
consideración el asunto de cuenta, los Magistrados integrantes del Pleno por
unanimidad de votos acordaron que, conforme al rol que se lleva en la
Secretaría General de Acuerdos, sea el Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, quien
formule el proyecto de resolución correspondiente.
4.8. La Secretaría
General de Acuerdos da cuenta del escrito de presentado en la Oficialía de
Partes de este Tribunal, el día 7 siete de Junio del año 2007, signado por el
ciudadano JOSE GUILLERMO MEZA GARCIA, quien a través del cual pretende
interponer Excitativa de Justicia por falta de sentencia en el Expediente de
Pleno 213/2007.
El
Secretario General de Acuerdos informa que el expediente fue resuelto en la
Décima Sexta Sesión Ordinaria de fecha 16 dieciséis de Mayo del año 2007 dos
mil siete, habiéndose levantado la certificación relativa por instrucciones de
la Presidencia ante la falta de firma del Magistrado JOSÉ GABRIEL PEÑALOZA
PLASCENCIA, quedando debidamente notificada la parte actora el día 12 doce de los
corrientes.
Los Magistrados integrantes del
Pleno por unanimidad de votos, acuerdan lo siguiente: Procede declarar sin materia la presente Excitativa de
Justicia, al no reunirse los extremos del artículo 83 de la Ley de Justicia
Administrativa del Estado de Jalisco, a virtud de que ya se dictó sentencia en
el expediente de Pleno 213/2007, por lo cual, se determina el archivo de la
presente excitativa como asunto concluido, y que por conducto de la Secretaría
General de Acuerdos de este Tribunal, se proceda a la expedición de un tanto
más de la presente resolución, a efecto de que dicho instrumento debidamente
autorizado sea integrado al expediente Pleno respectivo, al que habrán de
glosarse las constancias de las notificaciones que se practiquen a las partes.
4.9. La Secretaría da
cuenta del escrito presentado en la Oficialía de Partes de este Tribunal el día
11 once de Junio del año 2007, dos mil siete, signado por el ciudadano
Licenciado VICTOR HUGO PEREZ MIRAMONTES, quien a través del cual pretende interponer
Excitativa de Justicia por falta de sentencia en el Expediente de Pleno
644/2006.
En
este asunto, la Secretaría da cuenta que con fecha 6 seis de Junio del año que
transcurre, en la Décimo Novena Sesión Ordinaria, el Magistrado HORACIO LEON
HERNANDEZ, presentó el proyecto relativo a dicho Expediente, mismo que quedó
aprobado por mayoría de votos de los Magistrados integrantes del Pleno y
quedando debidamente notificada la parte actora el día 14 catorce de junio de
2007 dos mil siete.
Los Magistrados integrantes del
Pleno por unanimidad de votos, acuerdan lo siguiente: Procede declarar sin materia la presente Excitativa de
Justicia, al no reunirse los extremos del artículo 83 de la Ley de Justicia
Administrativa del Estado de Jalisco, a virtud de que ya se dictó sentencia en
el expediente de Pleno 644/2006, por lo cual, se determina el archivo de la
presente excitativa como asunto concluido, y que por conducto de la Secretaría
General de Acuerdos de este Tribunal, se proceda a la expedición de un tanto
más de la presente resolución, a efecto de que dicho instrumento debidamente
autorizado sea integrado al expediente Pleno respectivo, al que habrán de
glosarse las constancias de las notificaciones que se practiquen a las partes.
4.10.
La Secretaría da cuenta del oficio número 02-802/2007, signado por el
Secretario General de Acuerdos del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de
Jalisco, mediante el cual remite demanda de responsabilidad administrativa
presentada por CITLALLI TEJEDA COLORADO, para que el efecto de que el Pleno de
este Tribunal resuelva lo que estime pertinente.
Al
advertirse que se promueve un juicio de responsabilidad patrimonial en contra
del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, y de los jueces Décimo
Tercero y Décimo Quinto Penal del Primer Partido Judicial, y que éste inicia a
petición de parte, en términos de lo preceptuado por el artículo 20 de la Ley
de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Jalisco y sus Municipios, la
autoridad competente para conocer de la reclamación planteada es la entidad
presuntamente responsable, en consecuencia; los Magistrados integrantes del
Pleno por unanimidad de votos acordaron remitir el escrito presentado por la
ciudadana CITLALLI TEJEDA COLORADO, al Secretario General de Acuerdos del
Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco.
4.11. La Secretaría
General de Acuerdos, da cuenta del oficio de notificación signado por el
Actuario adscrito a la Segunda Sala Unitaria de este Tribunal de lo
Administrativo, en el que notifica al Pleno del Tribunal, que los actores del
Juicio 73/2005 del índice de esa Segunda Sala Unitaria, se desistieron de dicho
Juicio, nonificación que realiza en virtud de que se encuentra pendiente de
resolver el recurso de reclamación tramitado en el Expediente Pleno 619/2006 y
cuyo ponente es el Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ.
Los
Magistrados integrantes del Pleno por unanimidad de votos acordaron remitir la
notificación de cuenta al Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, para que resuelva
lo conducente el recurso de reclamación tramitado bajo expediente 619/2006.
4.12. La Secretaría General de
Acuerdos da cuenta de la circular número 3/2007, signada por el Presidente del
Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, Magistrado Maestro CELSO RODRÍGUEZ
GONZÁLEZ, y por el Secretario General de Acuerdos JOSÉ REFUGIO MARTÍNEZ ARAGÓN,
en el que informa que el primer periodo de vacaciones de esta anualidad corre a
partir del 16 dieciséis al 31 treinta y uno de julio inclusive del año 2007 dos
mil siete.
Los Magistrados integrantes del
Pleno por unanimidad de votos acordaron de enterados.
4.13. La Secretaría General de
Acuerdos da cuenta del oficio número 197/2007 recibido el día 13 trece de junio
de 2007 dos mil siete, suscrito por el Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, al
que adjunta el escrito presentado el día 6 seis de junio del año en curso,
suscrito por el C. ROSENDO GÁLVEZ MENDOZA, al cual se le otorgó el número de
expediente 110/2007, del índice de la Primera Sala Unitaria, haciendo del
conocimiento que el citado ocurso no reviste los elementos de una demanda
remitiendo a esta Secretaría el escrito y los anexos para que se le de el
trámite que corresponda y se informe a la Dirección de Informática para que dé
de baja del sistema, el número de expediente.
Dado el análisis del contenido del
escrito suscrito por el ciudadano ROSENDO GÁLVEZ MENDOZA, y toda vez que en él
involucra a un Notario Público los Magistrados integrantes del Pleno, por
unanimidad de votos acordaron remitir el ocurso de cuenta y su anexos a la
Secretaría General de Gobierno del Estado de Jalisco.
De la determinación anterior,
notifíquese al promovente en el domicilio que para tal efecto señala.
4.14. El Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, informa
que la Secretaria General de Acuerdos, fue notificada mediante oficio 2451-8
respecto de un amparo 880/2007-8 promovido por el señor Licenciado JOSÉ GABRIEL
PEÑALOZA PLASCENCIA, y obra esta notificación en poder la Secretaría General de
Acuerdos, por lo que se refiere al oficio 2451 pero también esta notificando al
Pleno del Tribunal, al Magistrado Presidente del Tribunal y a la Magistrada
Presidenta de la Quinta Sala Unitaria, en ese carácter y también en el carácter
de integrante de la Segunda Sala Colegiada y en este momento se ordena distribuir
un ejemplar de la resolución del Juzgado Tercero de Distrito y de la propia
demanda de amparo; que la demanda de amparo viene en 28 fojas y la resolución
del Juzgado de Distrito en dos legajos, uno correspondiente propiamente al
oficio de notificación y el otro a la resolución, el primero en dos fojas y el
segundo también, entonces solicitamos a la Secretaría General de Acuerdos, la
distribución a los señores Magistrados. Fueron cinco oficios y todos fueron
recibidos el día de ayer alrededor de las once horas con treinta minutos.
Respecto de esta notificación
queda a consideración de ustedes entiendo primero que queda de enterado en
acatamiento cabal a lo ordenado por el Juez Tercero de Distrito en Materia
Administrativa y que además se cumplimentó en tiempo y forma el informe previo
que se ordena se remita dentro de las 24 horas siguientes que desde luego ya
fenecieron. Me informa la Secretaría General que ya están presentados los
informes por lo que ve al Pleno, al Magistrado Presidente del Tribunal, a la
Magistrada PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, en su doble carácter de Presidenta de la
Quinta Sala Unitaria y como integrante de la Segunda Sala Colegiada, al
Secretario General de Acuerdos del Tribunal y a la Directora de Administración
del propio Tribunal de lo Administrativo puesto que así lo ordenó el Juez
Tercero de Distrito, de cualquier manera queda ya el legajo correspondiente a
disposición de cada uno de ustedes para que ya en detalle podamos imponernos de
los efectos de la suspensión y sobre todo del contenido de la propia demanda.
Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, Yo creo que tenemos que ser cuidadosos de
lo que estamos haciendo, si bien es cierto que el término de las 24 horas es
perentorio, sumarísimo, estimo yo que para lo sucesivo que debería de haberse
convocado a una sesión extraordinaria para que el Pleno adoptara el sentido del
informe previo por lo que ve a la autoridad del Pleno, debemos de ponderar que
si bien es cierto usted dignamente nos preside, también es cierto que quien
ejecuta los acuerdos plenarios es usted y en este caso habría una situación
irregular que se advirtiera que sin haber emanado un acuerdo del Pleno se haya
rendido el informe por parte de usted.
Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, Ya se formuló, ya se presentó,
Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, El informe que da la Presidencia es
que se cumplimentó en tiempo y forma lo
ordenado por el Juez Tercero de Distrito, como invariablemente este Tribunal de
lo Administrativo ha pretendido hacerlo desde su establecimiento. Porque de
otra manera incurriríamos en responsabilidad si bajo el argumento de que
necesitamos convocar a una sesión extraordinaria no cumplimos en tiempo y forma
con el propio requerimiento que hace el Juez Tercero de Distrito, y en mi
carácter de Presidente tengo la obligación de acatar en sus términos lo
ordenado por un juez de distrito y no puedo estar condicionado al resultado de
una sesión extraordinaria que en todo caso pudiera, dada la urgencia y la
brevedad del término de 24 horas que feneció el día de hoy a las once horas con
treinta y tantos minutos enviar una comunicación al Juzgado Tercero de Distrito
en el sentido que no es dable cumplir con ese informe previo puesto que lo que
se trata es tan solo de un informe previo y que hay el término de las 24 horas,
pero si hay alguna inconformidad de parte de algunos señores Magistrados del
Pleno del Tribunal porque se haya dado prioridad por la urgencia de la medida a
este asunto pues que así se haga constar en el acta correspondiente.
Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, No es inconformidad señor Presidente, yo
creo que todos somos abogados y aquí lo que me preocupa es que se tomen este
tipo de decisiones y le voy a decir porque, el Tribunal de lo Administrativo no
es el único que actúa de manera colegiada, ni es la primera vez que me toca
presenciar un problema de esta naturaleza y en todos el cause legal es
convocar en forma inmediata a una sesión
para que el órgano colegiado emita una decisión porque no hay ningún artículo
ni en la Ley de Amparo ni en su capítulo reglamentario, ni en nuestra Ley,
establezca que ante la falta de sesión del Pleno, quien debe de emitir las
decisiones por parte del Pleno sea la Presidencia, yo estoy de acuerdo que es
un término perentorio, pero también se que en materia de amparo el juez de
distrito sabe, incluso hay cientos de criterios de la corte y de tribunales
colegiados de que la autoridad responsable debe de hacer todo lo que esté a su
alcance, para cumplir con el informe, porque? Porque de otra manera estaríamos
manejando una situación que no es acorde a la verdad jurídica y nosotros no
podemos actuar con situaciones que se desapartan de la verdad jurídica, el
Pleno lo integramos nosotros y quien debe de rendir el informe es el Pleno,
esto ya está hecho, yo nomás pediría que en lo sucesivo si seamos prudentes y
no es una situación vuelvo a reiterar mi posición de que tenga que replicar o
contrariar las decisiones de la Presidencia y la prueba esta en el resultado de
esto, si nos vamos al precedente por no haber reflexionado la decisión en su
momento si estamos pagando esto y si le llegan a conceder la suspensión
definitiva pues ahora si que vamos hacer. En eso yo pido que si obremos con
prudencia y que no nos dejemos llevar por la pasión y por el sentimiento, yo
vuelvo a reiterar mi posición yo no lo conocía a ese señor hasta el día que
llegue aquí, antes no sabía si era chaparro, gordo, güero, flaco, panzón,
fuerte, o cuantos años tenía, no lo conocía y mis decisiones y mis opiniones
son estrictamente jurídicas que es en lo que me forme y la razón por lo que
estoy aquí, ninguna otra situación me interesa. Si no vamos a partir de esos
principios jurídicos si vamos a partir de otras situaciones, también me lo
pueden comentar y en su caso tendré una opinión, yo veo que a veces si nos
estamos desfasando porque le estamos poniendo sentimientos o resentimientos en
lugar de análisis jurídicos y acuérdense si actuamos con prudencia no seremos
culpables del error y actuar fuera de la prudencia es actuar con pasión, con
enojo, con tristeza, con alegría, con odio, y si estamos en cualquiera de esas
cinco seremos culpables del error y habrá quien no lo supere no hay que
ponernos en el aparador yo reitero lo que usted hizo es jurídicamente aceptable
a partir del oficio 2449 del 2448 no porque ayer se pudo haber convocado,
pudimos haber tenido una reunión no le íbamos a refutar nada, usted tenia ya el
sentido jurídico y simplemente hubiéramos votado y se levanta el acta y se
remite, porque estamos peleando con un abogado, el como abogado que va a pensar
de todo esto, donde esta la sesión para que rindan el informe, tenemos que
pensar porque el litigio constitucional es claro nosotros somos demandados y el
es el actor y tenemos defensa y tenemos que hacer valer nuestro derecho y si de
origen estamos fallando pues que nos va a pasar en el fondo.
Magistrado ALBERTO BARBA GÓMEZ, Se instruya a la Secretaría de ser posible que
me den copia del informe que se rindió por parte del Tribunal
Magistrada PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ, Nada mas quisiera externar una situación,
en estos casos ya se había estilado que el Magistrado Presidente rindiera en
términos de lo establecido por la fracción XV del artículo 64 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco.
El Magistrado ARMANDO GARCÍA ESTRADA, señala que conoce la ley, pero que dada la
trascendencia del amparo interpuesto, estimaba conveniente que se hubiera
citado a una Sesión Extraordinaria.
Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, respecto de las pasiones o
sentimientos no se cual sea la actitud del Juez Tercero de Distrito al conceder
la suspensión, pero se cumplió con el requerimiento formulado rindiendo el
informe previo en tiempo y forma, ya que la audiencia incidental está
programada para el día de mañana y somos responsables sino se celebra. Debemos
de estar enterados de lo que afecta a la vida del Tribunal, en este caso se
cumplió con lo ordenado por el Juez Tercero de Distrito en Materia
Administrativa.
El Magistrado HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, propone que se de a conocer a los integrantes
del Pleno el informe previo que ya se rindió, y que se de a conocer el informe
que se va a rendir.
Propuesta que fue sometida a
votación contando con el voto a favor de los Magistrados PATRICIA CAMPOS
GONZÁLEZ, VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, ALBERTO BARBA GÓMEZ, HORACIO LEÓN
HERNÁNDEZ y ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, y con la abstención del Magistrado
ARMANDO GARCÍA ESTRADA.
No existiendo más asuntos que
tratar, siendo las 13:04 trece horas con cuatro minutos, concluyó la Sesión
iniciada el día 13 trece de junio de 2007 dos mil siete, convocando la
Presidencia para la Vigésima Primera Sesión Ordinaria a celebrarse el día
miércoles 20 veinte de junio del año en curso, a las 10:00 diez horas, firmando
la presente Acta para constancia los Magistrados asistentes, en unión del
Secretario General de Acuerdos, que autoriza y da fe. - - - - - - - - - - - - -
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