TERCERA SESION SOLEMNE CELEBRADA POR EL

 HONORABLE PLENO DEL TRIBUNAL DE LO ADMINISTRATIVO, PARA EL AÑO JUDICIAL 2007

 

En la ciudad de Guadalajara, Jalisco, siendo las 13:00 trece horas del día 3 tres de Diciembre del año 2007 dos mil siete, en el Salón de Plenos del Tribunal de lo Administrativo, ubicado en el Primer Piso de la “Torre Spectra” en Jesús García 2427 de la colonia Lomas de Guevara, de esta Ciudad, al tenor de lo dispuesto por los artículos 67, de la Constitución Política del Estado de Jalisco, 59, 64 y 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y, 1, 12 y 19 del Reglamento Interior del propio Tribunal, se reunieron los Magistrados integrantes de este Órgano Jurisdiccional ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, ARMANDO GARCÍA ESTRADA, PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ y ALBERTO BARBA GÓMEZ, con el objeto de celebrar la Tercera Sesión Solemne del año judicial 2007 dos mil siete. Presidió la Sesión, en términos de lo dispuesto por el artículo 64 fracción III de la Ley Orgánica de referencia y 41 fracción II del Reglamento Interior de este Tribunal, el MAGISTRADO MTRO. ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, fungiendo como Secretario General de Acuerdos el Licenciado RICARDO RAMIREZ AGUILERA desahogándose la Sesión de conformidad con los puntos contenidos en el siguiente;

 

ORDEN DEL DIA:

 

1.    Toma de lista de asistencia, constatación del Quórum Legal y Declaratorio correspondiente.

2.    Punto Único, Lectura y Presentación del Informe de Actividades del año Judicial 2007 a cargo del Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA,  Presidente de este Tribunal.

 

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La Presidencia solicitó al Secretario General de Acuerdos, Licenciado Ricardo Ramírez Aguilera, proceda a tomar lista de asistencia; verificado que fue lo anterior, se dio cuenta de la presencia de los señores Magistrados, HORACIO LEÓN HERNÁNDEZ, ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, VICTOR MANUEL LEÓN FIGUEROA, ARMANDO GARCÍA ESTRADA, PATRICIA CAMPOS GONZÁLEZ y ALBERTO BARBA GÓMEZ, con lo que se surte el quórum requerido para sesionar; por consiguiente, acto seguido dio inicio la Tercera Sesión Solemne del Pleno de este Tribunal, considerando como válidos los actos en ella emitidos, en atención a lo establecido por los artículos 12 y 16 del Reglamento Interior del Tribunal de lo Administrativo.

 

 

 

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En uso de la voz el Magistrado ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, Presidente del Tribunal, procedió a rendir el Informe Anual de Actividades correspondiente al Año Judicial 2007 dos mil siete, en los siguientes términos:

 


 

 

 

 

 

 

 

 

Informe de Actividades

 

2007

 

 

 

Mtro. Eleuterio Valencia Carranza

Magistrado Presidente

 

 

Guadalajara, Jal., a 3 de Diciembre de 2007

 

 

 

Av. Jesús García 2427 Guadalajara, Jal. C.P. 44657

Tel. (33) 3648-1670 Fax 36-48-1679

e-mail. tadmvo@taejal.org

www.taejal.org

 

 

Hoy en día, prácticamente todos los estados de la Federación admiten, sin mayor reticencia, que la jurisdicción contencioso-administrativa, es una pieza fundamental del Estado de Derecho, y que, para que prevalezca una efectiva impartición de justicia administrativa y fiscal, es necesario que el Estado se autolimite y en un acto no propiamente gracioso, sino de reconocimiento al Principio de Legalidad, se despoje, sin ambage alguno, de sus prerrogativas como ente de derecho público, asuma en el proceso judicial un plano de igualdad con los particulares y, en su caso, se ciña a los términos precisados en las medidas cautelares concedidas a los particulares y en las sentencias emitidas por el Tribunal de lo Administrativo del Poder Judicial.

 

En Jalisco se estableció la jurisdicción Contencioso-Administrativa el día dos de enero de 1984, mediante la instauración de un Tribunal dependiente del Poder Ejecutivo y, a partir del 16 de Marzo de 1998, se sustituyó por el actual Tribunal de lo Administrativo, como órgano especializado del Poder Judicial, por lo que en el primer mes del año 2009, en evidente beneficio de la comunidad jalisciense, habrán de cumplirse 25 años de su institución.

 

A propósito del invocado XXV Vigésimo Quinto Aniversario, es pertinente que en sesenta días, el Tribunal de lo Administrativo del Poder Judicial, con el respaldo académico de la Universidad de Guadalajara, y el patrocinio del Gobierno del Estado, promueva y lleve a cabo una serie de seis Conferencias Magistrales, con periodicidad bimestral, a partir del mes de Marzo de 2008, que versen sobre la evolución de la denominada Jurisdicción Contencioso-Administrativa, tanto en México como Centro y Sudamérica, de ser posible eligiendo como sede para que tengan lugar las conferencias de mérito, el Paraninfo de la máxima Casa de Estudios del Estado y, paralelamente, se diseñe un plan de estudios con los respectivos contenidos programáticos de cada asignatura, para el desarrollo de un curso formal de posgrado en la especialidad de Derecho Administrativo y Fiscal, a fin de concluirlo precisamente en el mes de Enero de 2009, fecha ésta en la que Jalisco, como recién se mencionó, cumple un cuarto de siglo administrando justicia en esta materia, para y en beneficio de los jaliscienses.

 

C. Gobernador Constitucional del Estado,

Licenciado Emilio González Marquez.

 

C. Presidente del Honorable Congreso del Estado,

Diputado Jaime Prieto Pérez

 

C. Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura

Magistrado Celso Rodríguez González

 

C. Presidente Municipal de Guadalajara

Doctor Alfonso Petersen Farah

 

 

Estimados compañeros integrantes del Pleno del Tribunal de lo Administrativo del Poder Judicial, Magistrada Patricia Campos González, Magistrados Alberto Barba Gómez, Armando García Estrada, Víctor Manuel León Figueroa y Horacio León Hernández.

 

 

 

Distinguidos invitados especiales; amigos todos:

 

La gratificante presencia de tan selecto auditorio, nos complace y distingue porque percibimos su interés por conocer y, en su caso, ponderar el trabajo realizado por el Tribunal durante el año judicial en curso.

 

La Constitución particular del Estado de Jalisco, establece que: el ejercicio del Poder Judicial, se deposita entre otros, en nuestro Tribunal (art. 56), facultándolo para dirimir las controversias de carácter administrativo y fiscal que se susciten entre los particulares con las autoridades del Estado, de los Municipios y de los Organismos descentralizados de ambos, así como los desacuerdos entre dos o más Entidades públicas; como también para resolver los conflictos planteados en contra de disposiciones de carácter general, siempre que no se trate de leyes emanadas del Congreso, en cuyo caso, se circunscribirá al primer acto de aplicación de la Ley. (art.65)

 

De lo anterior, se deduce que, en Jalisco los particulares encuentran garantizados sus derechos de audiencia, defensa y alegatos, ante los actos provenientes de la Administración Pública que, por supuesto, debe realizar sus funciones apegadas al principio de legalidad, para con ello otorgar seguridad jurídica a los administrados, protegiéndolos así en contra de las arbitrariedades a que estarían expuestos si la administración no estuviera ligada y sometida a normas jurídicas, y el Tribunal de lo Administrativo no tuviera a su cargo el control de la legalidad de los actos de las autoridades estatales y municipales.

 

El Principio de Legalidad se expresa en el entendido de que todos los actos de la autoridad deben tener su base en las disposiciones legales, puesto que, las autoridades solo pueden hacer lo que la ley les permita expresamente, en cambio, el particular puede hacer todo lo que la ley no le prohiba.

 

Por ello, la encomienda principal que constitucionalmente se le otorga al Tribunal de lo Administrativo del Poder Judicial, es precisamente el estricto control de la legalidad de las resoluciones y actos emitidos por las autoridades locales y también de los organismos descentralizados de aquellas.

 

Toda actividad del Estado, ya sea función administrativa, jurisdiccional o legislativa, debe ajustarse a la ley. Así, los actos de los órganos de toda autoridad han de ser producidos conforme a disposiciones previamente emitidas por el legislador.

 

En la historia reciente de los Tribunales de lo Administrativo, no resulta extraño el Instituto de la Jurisdicción Plena, de la cual, este Tribunal está dotado, dejando así de tener un status de mera anulación, por ello, Jalisco proyecta un signo de civilidad, máxime que su Tribunal forma parte integrante del Poder Judicial y ya no es dependiente del Poder Ejecutivo.

 

La doctrina jurídica entiende por jurisdicción plena, la facultad del tribunal para pronunciar sentencias que modifiquen el acto impugnado; emitir resoluciones de condena obligando a la autoridad administrativa a seguir conductas de dar, hacer o no hacer, y para hacer cumplir sus propias determinaciones, con facultades expresas para imponer, entre otras medidas disciplinarias, la separación de los servidores públicos que no acaten sus decisiones, excepto los que hayan asumido el cargo por elección popular.

 

Ahora bien, entrando propiamente en materia, nos permitimos informar que, gracias a los apoyos financieros recibidos el día diecisiete de agosto del año en curso, por acuerdo expreso y extraordinario del Titular del Poder Ejecutivo del Estado, se han registrado notables avances en el orden material como, por ejemplo, el cambio de Sede del Tribunal de lo Administrativo a estas nuevas instalaciones que representan un incremento superior al 64% de superficie, respecto de los 685 metros cuadrados de los pisos primero y octavo de la anterior sede, comparada con la actual que asciende a 1,128 metros cuadrados, esto es, una superficie adicional de 443 metros cuadrados, distribuidos estratégicamente en los pisos primero, segundo y tercero de este moderno edificio, dotado de áreas más amplias y funcionales para la recepción y tramitación de promociones, el desahogo de audiencias, la consulta de expedientes, y la notificación de las resoluciones judiciales, la adopción de un vasto sistema de voz y datos, el ofrecimiento a los justiciables para recibir las notificaciones a través de correo electrónico o vía fax, para el efecto de impulsar la celeridad de los procesos jurisdiccionales, así como la mejor organización de nuestro sistema de archivo judicial, según la asesoría que generosamente nos obsequió la Casa de la Cultura Jurídica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, todo ello, por supuesto, en beneficio de las partes en los procedimientos judiciales y de la ciudadanía en general.

 

Como se ha mencionado, la superficie útil en metros cuadrados de estas nuevas instalaciones quedó incrementada en un 64.46% respecto del anterior inmueble; sin embargo, el monto de renta mensual, se incrementó en un porcentaje que solo representa un 31.99% dado que, a través de la Comisión de Adquisiciones de este Tribunal, se consiguió una deducción del 24.59% del precio por metro cuadrado de alquiler. En efecto, hasta el viernes próximo pasado, en el anterior edificio de Américas 1536, pagamos un promedio de $135.67 pesos por cada metro cuadrado, en tanto que ahora, en este nuevo edificio, el precio por metro cuadrado a pagar es de $108.89 pesos.

 

Por cierto, es digno de mención específica en este Informe que, a virtud de otro acuerdo, también expreso y extraordinario, emitido el 15 de noviembre próximo pasado, por el Sr. Licenciado Emilio González Márquez, Gobernador Constitucional del Estado, ante la presencia de los seis Magistrados de este Tribunal, y del SubSecretario General de Gobierno para Asuntos Jurídicos, el Titular del Poder Ejecutivo, determinó que la Secretaría de Administración se hiciera cargo del pago de la renta, hasta en tanto se pongan a disposición de este Tribunal los espacios que ocupará en la proyectada Ciudad Judicial.

 

Con el concurso, comprensión y respaldo de los actuales integrantes del Pleno, ha sido posible llevar al terreno de la realidad, la necesaria y tan pretendida avenencia que ciertamente debe prevalecer en cualquier cuerpo colegiado, para así encontrarse en condiciones de cumplir puntualmente sus atribuciones en provecho de los destinatarios de los servicios que presta, en este caso, la impartición de una justicia con pleno respeto a los principios rectores de prontitud, gratuidad, imparcialidad y oportunidad.

 

Este año judicial, se ha caracterizado por incidencias poco comunes, destacando el suceso de tres períodos con diferentes integraciones del Tribunal de lo Administrativo, a saber; el primero, del uno de Enero al siete de Marzo, con cinco Magistrados: Félix Andrés Aceves Bravo, José Gabriel Peñaloza Plascencia, Luis Antonio Rocha Santos, Carlos Alfredo Sepulveda Valle, y el de la voz; el segundo, del ocho de Marzo al diecisiete de Mayo, con siete magistrados, Alberto Barba Gómez, Patricia Campos González, Armando García Estrada, Víctor Manuel León Figueroa, Horacio León Hernández, José Gabriel Peñaloza Plascencia, y el de la voz; por último, esta tercera época, que comprende del dieciocho de Mayo al día de hoy, con seis Presidentes de las Salas Unitarias, exactamente como así lo determina la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado y, además, también tuvo lugar el posterior cambio de Presidente de este Tribunal, en los términos acordados en la Sesión Solemne de fecha 24 veinticuatro de Mayo del presente año; sin embargo, todo ello, no ha sido óbice para cumplir con las responsabilidades que la Constitución y las leyes le imponen al Tribunal; más bien, estas coyunturas han propiciado un mayor compromiso por servir adecuadamente a la ciudadanía, así lo asumimos los Magistrados que integramos el Pleno y, por supuesto, los servidores públicos adscritos al Tribunal que, sin escatimar esfuerzos, nos auxilian eficazmente en la atención de nuestras tareas jurisdiccionales y responsabilidades administrativas

 

El día veintiocho de septiembre próximo pasado, este Tribunal, expidió credenciales electrónicas de identificación oficial a la totalidad de su personal, incluyendo datos relativos a la fecha de ingreso, cargo que desempeña, número progresivo de folio, Clave Unica de Registro de Personas, grupo sanguíneo, tipo de alergias, así como nombre y teléfono para reportar casos de emergencia.

 

Según los registros que obran en nuestra Dirección de Administración y Recursos Humanos, el número de plazas presupuestadas ha permanecido estático durante los últimos siete años. En efecto, en el presente año, incluyendo a los seis Magistrados, se contabilizan 75 plazas, es decir, exactamente la misma cifra registrada en el año 2000, no obstante que el ámbito de competencia de las Salas Unitarias y del Pleno del Tribunal, se ha ampliado significativamente con motivo de las adiciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial y a la Ley de Justicia Administrativa, que le otorgan facultades al Tribunal para conocer de las controversias que se susciten entre los elementos pertenecientes a los diversos cuerpos de seguridad pública estatales o municipales, con las respectivas autoridades administrativas; lo que ya representa más del 14% del total de los juicios radicados en las Salas Unitarias. Además, con la promulgación de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y sus Municipios, que da competencia directa al Pleno de este Tribunal para resolver las controversias suscitadas en esa materia y de la nueva Ley del Notariado que le otorga más facultades a nuestro Tribunal, al imponerle la obligación de dirimir los conflictos que se susciten entre los Fedatarios Públicos con el Titular del Poder Ejecutivo.

 

En verdad, en cuanto al número de plazas presupuestadas, el Tribunal tiene sumamente restringidas todas sus áreas de trabajo, de tal suerte que no es posible la readscripción de plazas para apoyar a las dependencias que sufren mayores limitaciones, como por ejemplo la Unidad de Transparencia e Información Pública que, incluyendo a su titular, sólo cuenta con una plaza, al igual que la Dirección de Informática, como también la Sección de Estadística Judicial y la propia Presidencia del Tribunal que no dispone de auxiliar o asistente alguno.

 

 

Honorables miembros del Presidium;

Muy distinguidos Invitados;

Apreciados Representantes de los medios de comunicación;

Amigos todos:

 

Dada la información que en ocasiones suele difundirse de manera generalizada, en el sentido que los Magistrados y Consejeros del Poder Judicial del Estado de Jalisco, perciben ingresos netos de más de $100,000.00, ya que solo pagan impuestos sobre la base gravable de $17,000.00, que sus sueldos son superiores a lo que recomienda el Comité Técnico de Transparencia y Valoración Salarial, y que, además, recibieron el BONO del Día del Servidor Público, por la cantidad de $50,200.00; se hace necesario acreditar fehacientemente y con los documentos idóneos, que tales señalamientos no aplican a los Presidentes de Salas Unitarias de nuestro Tribunal; por ello, el Presidente de este Tribunal, debe salir en defensa del buen nombre de los Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional del Poder Judicial del Estado, demostrando con la mayor transparencia y puntualidad posible, lo que en esta materia ocurre en el propio Tribunal, motivo por el cual, se invita a los jaliscienses para que accedan a nuestra página en internet www.taejal.org., en la que se podrá constatar que cada uno de los Presidentes de las Salas Unitarias de este Tribunal, como cualquier ciudadano responsable y contribuyente cumplido, paga sus impuestos, de manera cabal y puntual, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y en los mismos términos entera sus aportaciones a la Dirección de Pensiones del Estado.

 

También se invita a la ciudadanía para que, aún sin identificarse, requiera a nuestra Unidad de Transparencia e Información Pública por la correspondiente expedición de copias de cualquier recibo de nómina foliado, con la firma estampada por cada Magistrado, para el efecto de comprobar que en este Tribunal, a cada uno de los Titulares de las indicadas Salas se les descuentan mensualmente entre $ 31,655.00 y $32,236.00, por concepto de Impuesto Sobre la Renta, independientemente de otra cantidad que fluctúa entre los $ 6,313.00 y $ 6,375.00, mensuales por concepto de su aportación al Fondo de Pensión, toda vez que tanto la base gravable para el pago del Impuesto sobre la Renta como para la Aportación al mencionado Fondo Social, se determina por el Salario Integrado, entendiendo por éste, el que describe el artículo 13 de la Ley de Pensiones del Estado, esto es, el sueldo, sobresueldo y compensación; por ello, se insiste, en este Tribunal, todos los servidores públicos, sin excepción alguna, pagamos el Impuesto Sobre la Renta y cubrimos las cuotas para Pensiones sobre la misma base gravable que se cuantifica conforme al salario integrado.

 

Por lo que respecta, a que los sueldos son superiores a los que recomienda el Comité Técnico de Transparencia y Valoración Salarial, en lo que concierne a este Tribunal, manifestamos que todos los sueldos netos se limitan al tope de salarios mínimos que determina el mencionado Comité; no obstante que, con motivo de las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial, y la promulgación de la Ley de Justicia Administrativa, el cargo de Magistrado en este Tribunal, quedó substituido por el de Presidente de Sala Unitaria, el cual, hasta la fecha no se ha dictaminado, a pesar que la Ley le impone a los Presidentes de Sala, nuevas y más dedicadas cargas de trabajo, ya que, por una parte, el legislador, en beneficio de los justiciables, estableció el medio de defensa ordinario denominado recurso de apelación, aunque de modo poco ortodoxo, toda vez que en lugar de crear una Sala  Colegiada de Segunda Instancia, o Sala Superior, la ley determina que los propios Presidentes de Sala, con el diverso carácter de integrantes del Pleno, además de fungir como jueces de primera instancia en las respectivas Salas Unitarias, también asuman nuevas y diferentes funciones jurisdiccionales como Jueces de Segunda Instancia, para así resolver los medios ordinarios de defensa, tendientes a enmendar, en su caso, los defectos de las resoluciones emitidas en las Salas Unitarias, además, por disposición legal, al Presidente del Tribunal, para el desempeño de sus funciones, no se releva de las responsabilidades de Presidente de Sala Unitaria que debe desempeñar a la par de sus funciones como titular de la presidencia de este Tribunal especializado del Poder Judicial.

 

En estas condiciones, la ley nos impone una inconveniente dualidad de funciones a quienes integramos el Pleno del Tribunal de lo Administrativo del Poder Judicial del Estado de Jalisco; por ello, también invitamos a la ciudadanía para que, a través de nuestra Unidad de Transparencia e Información Pública, nos solicite la expedición de copias de cualquier Acta de las Sesiones Plenarias, incluyendo el texto literal de cada una de ellas, para constatar la veracidad de lo aquí mencionado y, por supuesto también estará a la disposición de quién lo solicite, un tanto de este Informe, así como de cualesquiera otra información que se genere en este Tribunal y que la ley de la materia lo permita.

 

 

Impulso a la Cultura de la Transparencia y a la rendición de cuentas.- Sin lugar a duda, el tema de la transparencia ha venido a sacudir la vida institucional de los Poderes del Estado, ello siempre a favor de la sociedad. El Tribunal de lo Administrativo, más que escatimar esfuerzos por excluirse de esta nueva exigencia que promueve la cultura de la transparencia y rendición de cuentas, se ha abierto para fomentar el uso de los mecanismos existentes, a efecto que el ciudadano tenga fácil y completo acceso a la información que genera este Tribunal.

 

Sobre este particular, es de destacar la pronta y decidida respuesta que este Tribunal tuvo para atender la invitación del Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco, con el noble propósito de adherirse al convenio INFOMEX a cargo del Instituto Federal de Acceso a la Información, según acuerdo alcanzado en votación unánime de los Magistrados integrantes del Pleno de este Tribunal, como así puede constatarse en el Acta de la Trigésima Sesión Ordinaria de fecha cinco de septiembre de 2007, independientemente de ello, se hizo llegar a la Coordinación Estatal Jalisco, del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, toda la información necesaria para integrar el Anuario Estadístico de Jalisco, y los Cuadernos Estadísticos Municipales.

 

Después de las revisiones y observaciones emitidas por el Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco, se derivó una evidente renovación de los contenidos e imagen de nuestro portal de internet, que hoy transparenta la aplicación de los recursos financieros, publicando la nómina del personal y precisando todas las percepciones y deducciones de cada uno de los trabajadores, incluyendo el curriculum académico y profesional de los integrantes del Pleno, con la correspondiente fotografía.

 

En lo que concierne a los procedimientos jurisdiccionales, se hace público el sentido de los debates en los que se discuten y aprueban los proyectos de sentencia que son votados en la Sesiones Plenarias de este Tribunal, además de difundir, sin restricción alguna, el texto íntegro de las Actas de las Sesiones Ordinarias, Extraordinarias y Solemnes, ya que hasta la fecha nuestras Sesiones han sido públicas. Con lo anterior, el Tribunal de lo Administrativo se encuentra acorde a los lineamientos puntualmente establecidos por el Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco, facilitando, en consecuencia, las consultas realizadas por la ciudadanía en general por medio de nuestro portal de internet.

 

En el presente rubro podemos dar cuenta que el 100% de las solicitudes procedentes, han sido atendidas con puntualidad y esmero, en beneficio del ciudadano, siempre con pleno respeto a la información que se encuentre reservada a las partes en los juicios, en tanto que éstos concluyen y que, en términos del artículo 3 de la Ley de Justicia Administrativa, tienen libre acceso todas las partes en el juicio administrativo, esto es, el actor, el demandado, y el tercero que tenga un derecho incompatible con la pretensión del demandante; también está legitimado para apersonarse en el juicio e intervenir como coadyuvante de las autoridades administrativas, quien acredite tener interés jurídico en la anulación de un acto favorable a un particular, sin que por ello se le prive de su derecho para ejercer la acción por sí mismo, o por medio de apoderado.

 

La naturaleza y repercusiones que en sí mismo conlleva el manejo de los recursos financieros del Tribunal, implica un estricto apego a las políticas de austeridad y manejo eficiente del presupuesto asignado a este Organo Jurisdiccional para su debido funcionamiento y que, como consecuencia de la mayor disciplina y transparencia asumida por el Tribunal, en este año judicial, realmente se ejerció un presupuesto del orden de $42,312,529.90, con la salvedad que no incluye la suma de $1,000,000.00, por concepto de Responsabilidad Patrimonial, al haber quedado intocada, según se acredita fehacientemente en los reportes rendidos con precisión y puntualidad a la Auditoría Superior del Estado, mismos que invariablemente se entregan mes con mes, marcando copia a la Comisión de Hacienda del Honorable Congreso del Estado, y al Pleno del propio Tribunal.

 

Aprovechamos la oportunidad para reiterar nuestro reconocimiento a la Auditoría Superior del Estado por las recomendaciones que se ha servido formularnos y que, desde luego, sin excepción alguna, las hemos atendido.

 

Asimismo, se puede corroborar que no se autorizó indemnización alguna o bono de retiro a favor de los cuatro Magistrados que en los meses de marzo y mayo del presente año dejaron de prestar sus servicios en el Tribunal de lo Administrativo, puesto que el artículo 8 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con el artículo 111, segundo párrafo, de la Constitución Política del Estado, estatuye que Los Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia, del Tribunal Electoral y del Tribunal de lo Administrativo, bajo ninguna circunstancia, podrán recibir bonos anuales, gratificaciones o indemnizaciones por el fin del encargo u otras prestaciones de similar naturaleza adicionales a la remuneración, cualquiera que sea su denominación.

 

Con el apoyo del Titular del Poder Ejecutivo de la Entidad y del H. Congreso del Estado, se homologaron las percepciones de los servidores públicos de este órgano jurisdiccional, como ya se mencionó, en estricto acatamiento a las recomendaciones emitidas por el Comité Técnico de Transparencia y Valoración Salarial.

 

En atención a que la mayor parte de nuestras Secretarias ostentaban la categoría “C”, que es una de las escalas de menor nivel salarial, decidimos, con el acuerdo unánime de los integrantes del Pleno, promoverlas, sin excepción alguna, a la categoría inmediata superior, mejorándoles así sus percepciones salariales, independientemente de las prestaciones laborales establecidas en el presupuesto que nos rige; además, algunas plazas de Secretaria “B”, se sustituyeron, a su vez, por las de Secretaría “A”, con el mismo propósito.

 

Dentro de los estímulos otorgados a los servidores públicos de base que, con responsabilidad y lealtad sirven eficazmente a este Tribunal, al igual que en ejercicios anteriores, se les dotó de uniformes que cumplen con parámetros stándar de calidad, según Certificado de Validación emitido el 31 de Agosto próximo pasado por la Cámara Nacional de la Industria del Vestido, Delegación Jalisco.

 

Cabe destacar que en el presente año, tanto al personal de base como al de confianza, se le otorgó en numerario, el equivalente a una quincena de salario integrado, como estímulo por el día del servidor público, con excepción de los seis Magistrados que integramos el Pleno de este Tribunal, porque así lo determina el articulo 54 bis de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios.

 

Nuestro personal jurídico y administrativo se distingue por una elevada preparación académica ya que del personal jurídico, el 25% cuenta con grado universitario de Maestría en Derecho; en tanto que el 26% del personal administrativo tiene estudios concluidos de licenciatura en derecho, independientemente que un 4.7% también alcanzó el grado de maestría.

 

Con el propósito de mejorar la calidad de los proyectos de sentencias que emite el Pleno de este Tribunal, se adoptó la modalidad de Juntas Previas que celebramos todos los martes, esto es, un día antes de las Sesiones Ordinarias del Pleno, con lo que se fomenta el debate y fortalecimiento de los criterios jurídicos de los integrantes del mismo, esto en beneficio de la ciudadanía, y de la indiscutible mejora y precisión en los puntos resolutivos de las sentencias.

 

La Secretaría General de Acuerdos, ha sido sometida a una reestructuración de fondo que permite hacer más eficientes sus procedimientos administrativos internos, facilitando la rápida vinculación entre las tareas del Pleno y las Salas Unitarias; de igual forma, para la eficiente recepción de demandas y promociones con su pronta distribución en las áreas competentes, se implementó la certificación automática instantánea en la Oficialía de Partes, de manera tal, que al momento de presentar las demandas y sin más trámite se precisa en el acuse de recibo, tanto el número del expediente asignado, como el índice de la Sala Unitaria de radicación y el nombre del Presidente de la propia Sala. Para todo lo anterior se instrumentó el Manual de Procedimientos de la Secretaría General, con el propósito de que el personal interno y las partes en cada juicio conozcan con mayor rapidez y precisión la tramitología y el estado procesal de los expedientes judiciales en cada una de las etapas procesales.

 

La Presidencia a mi cargo, de conformidad con lo establecido en los artículos 23, fracción XXVI y 64 último párrafo de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, el día seis de Julio del año en curso, emitió el Dictamen Técnico Semestral relativo al desempeño de los CC. Magistrados Alberto Barba Gómez, Patricia Campos González, Armando García Estrada, Víctor Manuel León Figueroa, Horacio León Hernández, y el de la voz, así como el de los ExMagistrados Carlos Alfredo Sepulveda Valle, Luis Antonio Rocha Santos, José Gabriel Peñaloza Plascencia y Felix Andrés Aceves Bravo, y con la misma fecha, para su debida custodia se entregaron los Dictámenes de mérito a la Secretaría General de Acuerdo, en los que se precisa la totalidad de datos estadísticos a que se contrae el ordenamiento legal recién invocado.

 

En lo que concierne al año judicial de 2007, se informa que el número de demandas turnadas a las Salas Unitarias ascendió a 1598, el de los asuntos en trámite es del orden de 2494, las resoluciones dictadas alcanzan la cifra de 1855, en tanto que los asuntos turnados a los Magistrados, no como Presidentes de Sala Unitaria, sino como integrantes del Pleno, para el efecto de formular el proyecto de sentencia, son del orden de 676, y el número que merecieron la aprobación del Pleno, ascendió a 736, en tanto que el de Aclaración de Sentencias, descendió a 12.

 

El Pleno del Tribunal de lo Administrativo del Poder Judicial, en sus 43 Sesiones Ordinarias, conoció de 18 excusas por razones de impedimento por parte de los Magistrados, las que fueron calificadas de legales; 2 Recusaciones con expresión de causa, 1 improcedente y la otra pendiente de resolución; 6 Quejas Administrativas, 2 fundadas y 4 infundadas, y, 17 Excitativas de Justicia por no dictar las sentencias o no formular el proyecto respectivo dentro del plazo señalado en la ley, mismas que fueron declaradas sin materia. Cabe señalar, que en cuanto a juicios de Responsabilidad Patrimonial, se presentaron 35 demandas, duplicando las presentadas en el año inmediato anterior.

 

Participación de los Magistrados en Congresos de Justicia Administrativa.- Los días 21 y 22 de junio del año en curso, participaron cinco Magistrados en el V Congreso Internacional de Justicia Administrativa y X Asamblea Nacional Ordinaria y Extraordinaria de la Asociación de Magistrados de los Tribunal de lo Contencioso Administrativo de los Estados Unidos Mexicanos, que se llevó a cabo en la ciudad capital de Querétaro; habiéndose erogado la cantidad de $8,605.00, por concepto de pasaje; los días 15, 16 y 17 de Agosto, el Presidente de este Tribunal participó en la XVI Reunión Nacional de Magistrados, en la misma ciudad de Querétaro, pagándose la cantidad de $1,951.00, por el respectivo pasaje, los días 9 y 10 de Septiembre, en la ciudad capital de Guanajuato, participaron cinco Magistrados en el Congreso Nacional en Conmemoración del XX Aniversario de la fundación del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Guanajuato, erogándose la cantidad $3,631.00 por concepto de pasaje, más $746.00 por viáticos; por último, durante los días 19, 20 y 21 del mismo mes de septiembre, en la ciudad de Toluca, Estado de México, participaron cinco Magistrados en los trabajos del Congreso Internacional de Justicia Administrativa, con gastos de $8,393.00, por concepto de pasaje y, por supuesto, se rindieron los informes correspondientes en las Sesiones del Pleno de este Tribunal, además de exhibirse los comprobantes fiscales de los gastos realizados.

Por lo que corresponde a la Defensoría de Oficio, que solo se integra con dos abogados especializados en derecho administrativo, y que no obstante carecer de personal de apoyo, se prestó asesoría jurídica a 311 personas, se redactaron 65 demandas e interpusieron 46 medios de defensa, correspondientes a 16 Recursos de Reclamación y 30 de Apelación.

 

A fin de complementar la modernización tecnológica del Tribunal, a lo largo del presente año, con recursos específicos, previa la aprobación de la Comisión de Adquisiciones de este Tribunal y con la asesoría técnica de nuestra Dirección de Informática, se hizo realidad la aspiración del personal jurídico y administrativo del Tribunal, para disponer del más moderno y eficiente equipo de cómputo y de impresión, para estar en condiciones de reintegrar a la Secretaría de Administración del Gobierno del Estado, el anterior equipo que en calidad de comodato nos había facilitado en el año de 1998 y que, a la fecha, por el transcurso de casi una década de uso, denotaba obsolescencia y lentitud en la operación diaria de las Salas, ya que en términos de velocidad y capacidad registraban cuatro generaciones tecnológicas de atraso. El nuevo equipo de computo e impresión lo adquirimos en el mes de agosto próximo pasado, mediante la aplicación de una partida presupuestal de $544,203.00.

 

Para concluir, permítaseme pronunciar lo que en otros foros hemos sustentado:

 

El Juez, debe ver al Derecho como una ciencia que sirva, no al Poder, sino a la Justicia; debe involucrarse en una filosofía que dé respuesta a cuestiones capitales como el respeto a los derechos fundamentales de la persona y el modo en que se relacionan las leyes con los principios éticos.

 

Por el hecho de que el Magistrado es un profesional del juicio, a él le corresponde juzgar y evaluar desde el punto de vista de la justicia y del bien de la comunidad, toda vez que sus juicios no tienen sólo efecto personal, sino además un efecto social; por ello, el juzgador tiene la grave responsabilidad de formarse adecuadamente y de caracterizar el desempeño de sus funciones con la más acrisolada honestidad.

 

Pronunciamientos éstos que magistralmente se exponen en el Libro denominado Filosofía para Juristas cuya autoría corresponde al reconocido jurista Jorge Adame Goddard, miembro de número del Sistema Nacional de Investigadores.

 

MUCHAS GRACIAS

ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA

 

Sin más asuntos que tratar, a las 14:03 catorce horas con tres minutos, se dio por concluida la Tercera Sesión Solemne. Firman la Presente Acta para constancia los Magistrados asistentes, en unión del Secretario General de Acuerdos, quien autoriza y da fe.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -