TERCERA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL HONORABLE PLENO DEL TRIBUNAL
DE LO ADMINISTRATIVO
En la ciudad de Guadalajara, Jalisco,
siendo las 13:00 trece horas del día 18
dieciocho de Enero de 2006 dos mil seis, en el Salón de Plenos del Tribunal
de lo Administrativo, ubicado en el Octavo Piso del edificio “Condominio
Américas” número 1536, de la Avenida Américas, colonia Country Club de esta
Ciudad, al tenor de lo dispuesto por los artículos 67, de la Constitución
Política del Estado de Jalisco, 59, 64 y 65 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial y, 1, 12 y 19 del Reglamento Interior del propio Tribunal, se
reunieron los señores Magistrados integrantes de este Organo Jurisdiccional ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, CARLOS ALFREDO
SEPULVEDA VALLE, LUIS ANTONIO ROCHA SANTOS, JOSE GABRIEL PEÑALOZA PLASCENCIA y FELIX ANDRES ACEVES
BRAVO, con el objeto de celebrar la Tercera Sesión Ordinaria del presente
año judicial. Presidió la Sesión, en términos de lo dispuesto por el artículo
64 fracción III de la Ley Orgánica de referencia y 41 fracción II del
Reglamento Interior de este Tribunal, el MAGISTRADO
CARLOS ALFREDO SEPULVEDA VALLE, fungiendo
provisionalmente como Secretaria General de Acuerdos la Maestra BERTHA ALICIA ESPARZA HERNANDEZ;
desahogándose la Sesión de conformidad con los puntos contenidos en el
siguiente;
ORDEN DEL DIA:
1.
Lista de Asistencia y constatación de
Quórum;
2.
Turno de recursos de Reclamación y
Apelación;
3.
Análisis y votación de los proyectos
de Sentencia;
4.
Memorándum signado por la Jefa de
Sección de la Oficialía de Partes Común de este Tribunal, donde informa que por
error se envió Demanda de Responsabilidad Patrimonial a la Quinta Sala Unitaria
con el número de Expediente 293/2005;
5.
Oficio 11/2006 signado por el
Presidente de la Segunda Sala Unitaria, adjunto al cual remite copia
certificada del escrito y anexos que presenta el C. RUBEN SALLES ALONSO, Actor
en el Juicio Administrativo II- 181/2005, que guarda relación con el Recurso de
Apelación 530/2005;
6.
Escritos que envían los CC.
Magistrados Alfonso M. Cruz Sánchez, Presidente del Tribunal Colegiado en
Materia Administrativa del Trabajo del Tercer Circuito, y Hugo Gómez Avila,
Coordinador de Magistrados del Tercer Circuito, mediante los cuales informan
sobre su nuevo nombramiento para el presente año judicial, y
7.
Asuntos Varios.
- 1 -
La Presidencia solicitó a la Secretaria
General de Acuerdos proceda a tomar lista de asistencia; verificado que fue lo
anterior, se dio cuenta de la presencia de los señores Magistrados ELEUTERIO VALENCIA CARRANZA, CARLOS
ALFREDO SEPULVEDA VALLE, LUIS ANTONIO ROCHA SANTOS, JOSE GABRIEL PEÑALOZA PLASCENCIA y FELIX ANDRES ACEVES
BRAVO, con lo que se surte el
quórum requerido para sesionar; por consiguiente, dio inicio la Tercera Sesión
Ordinaria del Pleno de este Tribunal, considerando como válidos los acuerdos
que en ella se pronuncien, en atención a lo establecido por los artículos 12 y
16 del Reglamento Interior del Tribunal de lo Administrativo.
- 2 -
El
Magistrado Presidente da cuenta al Pleno de la constancia que contiene el turno
aleatorio, a efecto de que se proceda a la designación
de los Magistrados Ponentes, respecto de los recursos de Reclamación y
Apelación, conforme lo establecen los artículos 93 y 101 de la Ley de
Justicia Administrativa, la cual se sometió a la consideración de los
Magistrados que integran el Pleno, quedando aprobada en sus términos por
unanimidad de votos, la que se agrega como parte integral, como anexo número
uno en dos hojas útiles por una cara, con el turno de los Expedientes Pleno 15/2006 al 27/2006.
- 3 -
En
uso de la voz el Magistrado Presidente del Tribunal, en cumplimiento a lo
dispuesto por los artículos 93, 101, 102 y demás relativos y aplicables de la
Ley de Justicia Administrativa, somete a consideración de los presentes los proyectos de sentencia relativos a los Expedientes Pleno que
enseguida se mencionan, según relación anexa en dos fojas útiles por una sola
cara, en copia certificada, misma que conforma el anexo dos de la presente
Acta.
RECURSOS DE
RECLAMACIÓN
514/2005, 515/2005,
521/2005, 523/2005, 527/2005, 538/2005 y 543/2005.
RECURSOS DE
APELACIÓN
384/2005, 505/2004,
494/2005, 204/2005, 509/2005, 512/2005, 532/2005, 533/2005, 540/2005 y
550/2005.
El
Expediente Pleno 543/2005, no se sometió a votación al haber sido retirado por
su Ponente.
El
Expediente Pleno 515/2005 se turno para Engrose al no aprobarse el proyecto
presentado, por su Ponente.
En
estos términos, los asuntos fueron debidamente analizados, discutidos y votados
por los Magistrados asistentes al Pleno, excepto el de la Sala de Origen.
- 4 -
La
Secretaría da cuenta del Memorándum signado por la Jefa de
Sección de la Oficialía de Partes Común de este Tribunal, informando que por
error se envió Demanda de Responsabilidad Patrimonial a la Quinta Sala Unitaria
con el número de Expediente 293/2005;
El
Pleno del Tribunal, por unanimidad de votos, ordenó el envío de la misma al
Ponente que en turno corresponda conocer, resultando el Magistrado ELEUTERIO
VALENCIA CARRANZA, con el número de Expediente Pleno 2/2006, de conformidad al
Acuerdo Plenario tomado en la Novena Sesión Ordinaria de fecha 2 dos de Marzo
del año 2005 dos mil cinco. De igual forma, se ordena girar atento oficio a la
Dirección de Informática, a efecto de que lleve a cabo la cancelación del
Expediente 293/2005, del índice de la Quinta Sala Unitaria de este Tribunal.
- 5 -
La
Secretaría da cuenta del Oficio 11/2006 signado por el
Presidente de la Segunda Sala Unitaria, adjunto al cual remite copia
certificada del escrito y anexos que presenta el C. RUBEN SALLES ALONSO, Actor
en el Juicio Administrativo II- 181/2005, que guarda relación con el Recurso de
Apelación 530/2005.
Los Magistrados integrantes del Pleno,
por unanimidad de votos, ordenaron que el oficio de cuenta, así como el oficio
34/2006 que fuera enviado al Ponente de dicho Recurso, se agreguen al
Expediente Pleno 530/2005, dado que la sentencia fue pronunciada el dia 11 once
de Enero actual.
- 6 -
La
Secretaría da cuenta de los escritos que envían los CC. Magistrados Alfonso M. Cruz Sánchez,
Presidente del Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Trabajo del
Tercer Circuito, y Hugo Gómez Avila, Coordinador de Magistrados del Tercer
Circuito, mediante los cuales informan sobre su nuevo nombramiento para el
presente año judicial.
Los Magistrados integrantes del Pleno, por unanimidad de votos, acordaron
enviar una felicitación a nombre del Tribunal.
- 7 -
Asuntos Varios
7.1 La Secretaría da
cuenta de la Excitativa de Justicia debidamente integrada,
promovida por el C. Miguel Angel Prado Mendoza, tramitada dentro del expediente
Pleno 9/2006, en contra del Magistrado CARLOS ALFREDO SEPULVEDA VALLE, Ponente
de Pleno en Turno de la Primera Sala.
Los Magistrados integrantes del Pleno, acuerdan lo siguiente: Procede declarar sin materia la presente Excitativa de Justicia, en
virtud de que como se desprende del informe rendido por el Magistrado CARLOS
ALFREDO SEPULVEDA VALLE, la sentencia del Expediente Pleno 210/2005, ha sido
pronunciada y Sesionada el día 11 once de Enero actual, misma que ya fue
aprobada en sus términos; motivo por el cual, se ordena el archivo de la
presente excitativa como asunto concluido, y que por conducto de la Secretaria
General de Acuerdos de este Tribunal, se proceda a la expedición de un tanto de
la presente resolución, a efecto de que dicho instrumento debidamente
autorizado se integre al expediente Pleno respectivo, al que habrán de glosarse
las constancias de las notificaciones que se practiquen a las partes.
7.2 El
Magistrado Presidente, consultó a los Magistrados si desean plantear algún
asunto.
En uso de la
palabra el Magistrado LUIS ANTONIO ROCHA SANTOS, refirió que el recibo de
nómina de la primera quincena del mes de Enero le fue entregada una cantidad
inferior que la recibida el año pasado en aproximadamente dos mil pesos.
Al respecto, el Magistrado Presidente señaló que esto tiene que ver con la
cuestión presupuestal, pues es de todos sabido que Jalisco no cuenta con un
presupuesto aprobado para el año judicial 2006, y en los términos del artículo
46 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, se establece que
seguirá rigiendo el del año anterior; por tanto, todos los Poderes y
dependencias del Gobierno del Estado de Jalisco, estamos ejerciendo el
presupuesto para el año 2005 dos mil cinco, sobre esa base se han ministrado
las partidas correspondientes por parte de la Secretaría de Finanzas. En
segundo lugar, señaló, que es posible que la cantidad liquida que se está
percibiendo sea menor que la del año pasado, pero no el sueldo, pues éste es el
mismo que el del 2005 dos mil cinco; por lo que ve a las deducciones, a
consecuencia del Convenio que se firmó en el 2004 dos mil cuatro, con la
Secretaría de Hacienda, que es de todos conocido, existe una adecuación fiscal,
por tanto el impacto impositivo es mas fuerte que el de 2005 dos mil cinco, que
una vez que se sepa cual es la cantidad finalmente asignada al Tribunal de lo
Administrativo, se verá en definitiva la diferencia de la percepción entre el
2006 dos mil seis y 2005 dos mil cinco, mientras tanto, no podemos establecer
ningún juicio definitivo, es decir, hasta que llegue el nuevo presupuesto, se
llevará a cabo el pago del sueldo con el incremento y la correspondiente
retroactividad.
En uso de la palabra, el Magistrado LUIS ANTONIO ROCHA SANTOS, manifestó su inconformidad con el pago,
señalando que: independientemente de los Convenios o circunstancias especificas
que se están viviendo en nuestro Estado con motivo del conflicto de la
aprobación del presupuesto de egresos, el pagar una cantidad inferior a la que
se recibió el año pasado va en contra de lo establecido por el artículo 57 en
su tercer y sexto párrafo de la Constitución Política del Estado. El tercer
párrafo dice que los Magistrados, Consejeros y Jueces recibirán una
remuneración adecuada e irrenunciable, que no podrá ser disminuida durante su
encargo, y yo esta quincena recibí menos cantidad que el año pasado. El sexto
párrafo, refiere que en ningún caso el presupuesto del Poder Judicial podrá ser
inferior al ejercido el año inmediato anterior, actualizándose con base a la
cifra oficial de inflación que publique el Banco de México, por ello, debemos
estar atentos, porque independientemente de que no se haya aprobado el
presupuesto o que esté cuestionándose su aprobación o que no se haya publicado
en el Periódico Oficial, pienso que dicha disposición debe aplicar porque el
Poder Judicial y los Tribunales no pueden someterse o dejar en suspenso las
disposiciones que se establecen en la Constitución Política del Estado;
entonces, debemos de recibir lo mismo que el año pasado, más lo que al respecto
señala el índice inflacional. En este orden, lo
establecido en la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, debe
someterse a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, al tener la
misma una jerarquía superior sobre la segunda, por tanto, debe aplicarse lo
establecido por dicha Constitución.
Visto lo anterior, la Presidencia refirió que está claro que todos están de
acuerdo en que el presupuesto del Poder Judicial del Estado y en este caso del
Tribunal de lo Administrativo, no puede ser menor que el del año anterior y
debe considerarse lo relativo al factor inflacionario, en eso no esta a
discusión el artículo 57 de la Constitución; también es cierto que estamos
inconformes y en contra de que por las razones que sean el Poder Legislativo y
el Poder Ejecutivo no han aprobado el presupuesto del 2006 dos mil seis, por lo
tanto tiene razón el Magistrado Rocha Santos, ya que se afecta la buena marcha
de los asuntos del Estado y por su puesto los de este Tribunal; que, no hay ni
habrá menor salario, sino que por ésta situación coyuntural que aplica el mismo
presupuesto del 2005 dos mil cinco, dada esta controversia, posiblemente
inconstitucional o acción de inconstitucionalidad o de ejercicio de
observaciones; se sabe que el Congreso está pendiente de reunirse para tomar
una determinación, si las dos terceras partes del Congreso aprueban el
presupuesto, es decir, no le darían la posibilidad al Ejecutivo de sacar adelante
las observaciones que formuló y que si una fracción del Congreso, el 33%
treinta y tres por ciento de los Diputados de alguna fracción impugnan la
sesión en la que se aprobó el presupuesto que fue en la madrugada del día 31
treinta y uno de diciembre, irían a la acción de inconstitucionalidad; por lo
tanto, no se sabe si la acción se presentaría por la parte en que no se está de
acuerdo, en contra de todo el presupuesto o de la sesión, sin saber cual es la
consecuencia jurídica en estos momentos, pero desde luego, se estará al
pendiente de que los ingresos como sueldo o salario y compensación de los
Magistrados y demás personal de este Tribunal, no se vean disminuidos una vez
aprobado el presupuesto, en lo relativo a los impuestos, ya se hará el estudio
correspondiente.
El Magistrado
LUIS ANTONIO ROCHA SANTOS, señaló que sus ingresos sí se están viendo afectados
porque va a recibir menos, que él no es retenedor de impuestos, entonces, sus
ingresos netos se están viendo disminuidos y también los ingresos de todo el
personal, por tanto debemos buscar, en especial la Presidencia, que en ninguna
manera se vean afectados los ingresos netos y hacer la gestiones personales o
legales que sean necesarias para que no se afecten los ingresos netos de todos
los que laboramos en este Tribunal.
El
Presidente, refirió que éste Tribunal se encuentra restringido en cuanto a las
acciones que pueda realizar para obtener el presupuesto aprobado por este mismo
Pleno en el mes de Agosto del año 2005 dos mil cinco, enviado en sus términos
constitucionales y legales al Supremo Tribunal para que por su conducto se
hiciera llegar al Poder Ejecutivo y este a su vez al Poder Legislativo, en ese
sentido, es obvio que no sabemos, primero, cual es la cantidad aprobada por el
Legislativo, y segundo, sí sabemos cual es la aprobada por nosotros en Agosto;
establecidas las diferencias, se podrá llevar a cabo algunas acciones, como
pudiera ser la ampliación presupuestal, o lo que la ley establezca.
En uso de la
palabra, el Magistrado FELIX ANDRES ACEVES BRAVO, mostró su conformidad con lo
manifestado por el Magistrado LUIS ANTONIO ROCHA SANTOS, solicitando que se
adecue una partida extraordinaria para cubrir el remanente o diferencia del
pago y quedar exactamente igual que el año pasado. Refirió que algunos
empleados de confianza de este Tribunal se han declarado inconformes con esta
situación, lo que no se puede traducir en rebeldía por no querer firmar sus
papeletas de nómina, dado que se trata de una falta de comunicación del pleno,
por tanto, sugirió que se formule una circular donde se explique el motivo, con
eso se estarían más tranquilos, sabiendo la situación real en cuanto a la
percepción que reciben.
Lo anterior,
fue tomado en consideración por el Presidente, el cual señaló que al concluir
la Sesión instruirá a la Dirección de Administración para que vía circular
explique a todo el personal la situación que prevalece en este sentido.
En uso de la
palabra, el Magistrado JOSE GABRIEL PEÑALOZA PLASCENCIA, señaló que en lo
relativo a la negativa del personal para firmar los recibos, le comentaron
algunos que no están en contra de este Tribunal ni del Pleno, sino que piensan
promover una acción legal respecto del Impuesto Sobre la Renta que se cobra.
La
Presidencia, señaló que los servidores públicos de este Tribunal se encuentran
en su derecho de impugnar o ejercitar las acciones que mejor les convenga, y
que afortunadamente los recibos de nómina aún y cuando no se encuentren
firmados, han sido cobrados, para beneficio de ellos y de sus familias, por lo
tanto no hay ninguna afectación.
No existiendo mas asuntos que tratar, siendo las 13:00 trece horas,
concluyó la Sesión, convocando la Presidencia para la Cuarta Sesión Ordinaria a
celebrarse el día 25 veinticinco de Enero del año en curso a las 11:00 once
horas, firmando la presente Acta para constancia los Magistrados asistentes, en
unión de la Secretaria General de Acuerdos, que autoriza y da fe. - - - - - - -
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