OFICIO 738/2006
PRESIDENCIA
TRIGESIMA SEGUNDA SESION ORDINARIA
SEPTIEMBRE 13 DE 2006
ORDEN DEL DIA:
1. Lista de
Asistencia y constatación de Quórum;
2. Turno de
recursos de Reclamación y Apelación;
3. Análisis y
votación de los proyectos de Sentencia;
4. Escrito signado
por el Magistrado en funciones de Presidente de la Primera Sala
Unitaria, en el cual solicita se tome determinación cual debe prevalecer de las
resoluciones dictadas por el Pleno dentro de los Expedientes 64/2006 y 70/206,
toda vez que ambas tratan sobre la suspensión, la que se concede en una, y se
niega en otra;
5. Escrito que
suscribe la
Licenciada Patricia Ontiveros Cortes, en el que Solicita se
contemple su cambio de nombramiento como Jefe de Oficina y de salario en el
presupuesto del próximo ejercicio judicial;
6. Oficio 65/2005
que dirige la Directora
de Administración, Recursos Humanos, Materiales y Servicios Generales; en el
cumplimenta lo ordenado en Sesión del 30 treinta de Agosto pasado, relativo al
desempeño como Auxiliar Administrativo “C” de Alberto Alejandro García
Ceniceros;
7. Escrito signado
por la Abogado Patrono
de la Secretaría
de Desarrollo Urbano del Gobierno del Estado, en el que pretende interponer
Excitativa de Justicia, en relación al Recurso de Reclamación que interpuso dentro
del Juicio Administrativo 11/2006 del índice de la Cuarta Sala Unitaria;
8. Escrito signado
por el C. Eduardo Moel Modiano, en que insiste en que se prevenga a las
autoridades demandadas y al tercero interesado en el Juicio que él promueve,
con la finalidad de que den cumplimiento a la sentencia dictada por el Pleno el
día 8 ocho de Marzo del año en curso, dentro del Expediente Pleno 373/2005;
9. Oficio de
notificación 1477/2006, en que la Segunda Sala Unitaria, comunica al Pleno de este
Tribunal, sobre el desechamiento efectuado dentro del Juicio Administrativo
160/2006, en razón de existir duplicidad de las demandas; y
10. Asuntos Varios.
A T E N T A M E N T E
GUADALAJARA, JALISCO
A 12 DE SEPTIEMBRE DE 2006
PRESIDENTE DEL
TRIBUNAL
CARLOS ALFREDO
SEPULVEDA VALLE
MAA/rgp*