A LAS AUTORIDADES, ABOGADOS POSTULANTES Y PÚBLICO EN GENERAL, SE LES COMUNICA:
TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
DEL ESTADO DE JALISCO.
A V I S O
A LAS AUTORIDADES, ABOGADOS POSTULANTES
Y PÚBLICO EN GENERAL, SE LES COMUNICA:
Que en cumplimiento a lo ordenado en el Acuerdo ACU/JA/06/01/O/2025, tomado en la Primera Sesión Ordinaria de la Junta de Administración del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco, celebrada el trece de enero de dos mil veinticinco, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 13 numeral 1, fracción XVII, XIX, XXII y XXV de la Ley Orgánica del citado Tribunal y 20 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco, se hace del conocimiento que fue aprobado el calendario de días inhábiles del año 2025 y enero 2026, quedando de la siguiente manera:
Mes |
Día |
Enero 2025 |
Miércoles 01, jueves 02 y viernes 03. |
Febrero 2025 |
Lunes 03. |
Marzo 2025 |
Lunes 17. |
Abril 2025 |
Lunes 28, martes 29 y miércoles 30 |
Mayo 2025 |
Jueves 01 al viernes 09, (Periodo de descanso) |
Junio 2025 |
Lunes 09. |
Julio 2025 |
Miércoles 16 al jueves 31 (Primer periodo vacacional). |
Agosto 2025 |
Viernes 01. |
Septiembre 2025 |
Lunes 15, martes 16 y lunes 29. |
Noviembre 2025 |
Lunes 17. |
Diciembre 2025 |
Lunes 15, Martes 16 al miércoles 31, (Segundo periodo vacacional). |
Enero 2026 |
Jueves 01 y viernes 02. |
Lo anterior en virtud de que serán considerados como días de descanso obligatorio: 1º. de enero; el primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo; 1º. y 5 de mayo; el segundo lunes de junio, en conmemoración del 16 de junio; 16 y 28 de septiembre; 12 de octubre; 2 de noviembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; 25 de diciembre; el día correspondiente a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; y los que determinen las leyes federal y local electorales; en el caso de elecciones ordinarias para efectuar la jornada electoral; y los que se determinen por acuerdo del Titular del Poder Ejecutivo del Estado, previa su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” y en los periodos vacacionales del Tribunal o cuando por cualquier causa de fuerza mayor, o por acuerdo de la Junta del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco, se suspendan las labores.
Además de que las entidades públicas podrán establecer periodos y días inhábiles adicionales para su respectivo ámbito, de conformidad con la naturaleza de sus funciones, lo anterior de conformidad a la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco.
Con la salvedad de los días que durante el transcurso del ejercicio 2025, pudieran ser considerados como inhábiles; lo anterior, conforme al artículo 20 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco, así como el artículo 13 numeral 1 fracción XVII de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco.
A T E N T A M E N T E
GUADALAJARA JALISCO, TRECE DE ENERO DE DOS MIL VEINTICINCO
PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN DEL TRIBUNAL
DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE JALISCO
MAGISTRADO JOSÉ RAMÓN JIMÉNEZ GUTIÉRREZ
LIC. SERGIO CASTAÑEDA FLETES
SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL
DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE JALISCO.
MAESTRO GIOVANNI JOAQUÍN RIVERA PÉREZ
SECRETARIO TÉCNICO DE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN
Y DIRECTOR GENERAL ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL
DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE JALISCO.
Publicación: 14-01-2025