Tesis y Jurisprudencias
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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Es deber del notificador o ejecutor fiscal encargado de realizar la diligencia respectiva mediante la que se entera al particular de un acto o resolución dictada por la autoridad imponiéndole una obligación fiscal, el cerciorarse de que se realiza la notificación en el domicilio correcto del contribuyente y ante el representante legal o debidamente facultado de la entidad particular a la que se notifica. De Igual forma, al hacer el requerimiento de pago y embargo a fin de cubrir un crédito fiscal a cargo del particular, se deben de...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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Si el artículo 67 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, condiciona la procedencia del juicio a que se impugnen actos de las autoridades dependientes del Poder Ejecutivo Estatal, de los Municipios y de los organismos descentralizados, cuando éstos actúen como autoridades, que causen agravio a los particulares, dicho medio de defensa es improcedente para impugnar sanciones impuestas a los notarios por violaciones a la Ley del Notariado del Estado de Jalisco, porque en ese caso no se está ante un acto...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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La actividad de un Notario Público tiene el carácter de ser una función pública delegada por el Estado a través del Titular del Poder Ejecutivo, para dar fe de actos, negocios y hechos jurídicos a los que se deba o quiera dar autenticidad o seguridad jurídica conforme a las leyes, siendo esta actuación de orden publico, y por ende, no ejerce una profesión, ni mucho menos una actividad mercantil, sino desempeña una función pública. Por ello, no se actualizan los presupuestos de los artículos 37 fracción I y 140 de la Ley de Hacienda Municipal...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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Los artículos 48, 49 y 50 de la Ley de Hacienda del Estado de Jalisco, que contemplan el impuesto sobre nóminas, no constituyen invasión de esferas porque no gravan ningún aspecto del transporte público de pasajeros. En efecto, el artículo 49 en relación con el artículo 48 de la ley de referencia establece que se encuentran obligadas al pago del impuesto sobre nóminas, las personas físicas y morales obligados a efectuar pagos en efectivo o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal prestado bajo la subordinación de las...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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Una resolución emitida mediante un dictamen de uso de suelo en el que se resuelve la petición del gobernado como "incompatible", respecto del uso pretendido por éste, constituye un documento público que debe estar suscrito por un servidor público competente, lo cual solo se demuestra entre otros extremos con el nombre del signante y la falta del mismo impide otorgar alguna validez o eficacia al dictamen relativo, ya que no es posible afirmarle o asegurarle al gobernado que una cierta resolución proviene de una pretendida autoridad, dada la...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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Es improcedente que las partes invoquen como sustento jurídico, en un concepto de nulidad hecho valer en la demanda o en la contestación de la demanda en su caso, ante el Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco, dispositivos de Ordenamientos Legales de carácter Federal, ya que aún cuando se aplican artículos de Leyes o Reglamentos Federales en materia administrativa estatal y municipal en determinados casos, también es cierto que en primer término se tiene que atender a lo establecido por las normas locales a efecto de resolver...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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Todo acto de autoridad debe presumirse que en primer lugar, resulta legal; por ello, si tenemos que la parte demandante combate el acto administrativo, consistente en el caso concreto, en una notificación de adeudo, emitida por la autoridad fiscal, mediante la negativa lisa y llana a la existencia de tal adeudo, se tiene que tal negativa no hace prueba plena, y por lo tanto, no puede producir la nulidad de la resolución que se combate, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley de Hacienda Municipal de la entidad. Además de...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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Todo acto de autoridad debe presumirse que en primer lugar, resulta legal; por ello, si tenemos que la parte demandante combate el acto administrativo, consistente en el caso concreto, en una notificación de adeudo, emitida por la autoridad fiscal, mediante la negativa lisa y llana a la existencia de tal adeudo, se tiene que tal negativa no hace prueba plena, y por lo tanto, no puede producir la nulidad de la resolución que se combate, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley de Hacienda Municipal de la entidad. Además de...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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Si el particular alega que no cometió infracción de tránsito alguna, y además argumenta que el agente vial que asentó en la cédula respectiva tal infracción lo realizó en forma clandestina, esto es, aprovechando su ausencia y sin notificársela debidamente, tenemos que esa negativa lisa y llana encierra la afirmación de hechos que debe demostrar debidamente, esto es, la carga de la prueba de los hechos antes descritos y que alega en su escrito de demanda recae sobre él, en los términos de lo dispuesto por el Código de Procedimientos Civiles...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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En efecto, la institución de beneficiencia privada de asistencia social denominada Nacional Monte de Piedad se encuentra exenta de pago del impuesto predial respecto del inmueble que ocupan sus instalaciones de conformidad con lo dispuesto por el Decreto 7245 mediante el cual el Congreso del Estado decreta en su artículo 2°: "en mérito de las funciones de asistencia social y servicio público que proporciona, queda exenta dicha institución y sus sucursales del pago de los impuestos y derechos del Estado y de las cooperaciones, plusvalías y...