Tesis y Jurisprudencias

Epoca: SEGUNDA Tomo: TOMO 1

Fecha publicación: 16/09/2021

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 fracción I, de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Jalisco y sus Municipios, se entiende por actividad administrativa irregular, aquella acción u omisión que cause daños a los bienes o derechos de los particulares que no tengan la obligación jurídica de soportar, en virtud de no existir fundamento legal o causa jurídica de justificación para legitimar el daño de que se trate; en tal virtud, resulta intrascendente si el sujeto activo que generó el daño carece de nombramiento en...

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Epoca: SEGUNDA Tomo: TOMO 1

Fecha publicación: 16/09/2021

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A fin de respetar el derecho humano de acceso a una tutela jurisdiccional efectiva en condiciones de igualdad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco, debe elaborar una sentencia en formato de lectura fácil que sirva de complemento al fallo tradicional que resuelva el juicio, en aquellos asuntos en los que la litis se encuentre relacionada con una persona con alguna diversidad funcional intelectual, para lo...

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Epoca: SEGUNDA Tomo: TOMO 1

Fecha publicación: 16/09/2021

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El artículo 4, apartado 1, fracción III, inciso d), de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco, establece que las violaciones cometidas en el procedimiento administrativo de ejecución, solo pueden impugnarse hasta que se apruebe el remate, lo cual significa que resulta improcedente el juicio contencioso administrativo si no se ha llegado a tal etapa en el procedimiento. Esta es la regla general impuesta por el legislador, sin que se pase por alto que en ella se estableció como excepción los actos cuya...

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Epoca: SEGUNDA Tomo: TOMO 1

Fecha publicación: 18/11/2021

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El artículo 4, apartado 1, fracción III, inciso d), de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco, establece que las violaciones cometidas en el procedimiento administrativo de ejecución, solo pueden impugnarse hasta que se apruebe el remate, lo cual significa que resulta improcedente el juicio contencioso administrativo si no se ha llegado a tal etapa en el procedimiento. Esta es la regla general impuesta por el legislador, sin que se pase por alto que en ella se estableció como excepción los actos cuya...

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Fecha publicación: 16/09/2021

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De una interpretación armónica del artículo 7 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco, se permite arribar a la convicción de que la figura del abogado patrono se equipara a la de un mandatario judicial especial con facultades generales, por lo que desde el momento en que se le discierna el cargo conferido, queda facultado para realizar directamente en el juicio aquellos actos procesales que beneficien a la parte que lo designó, entre ellos, la ampliación del escrito inicial de demanda, ya que éste último es un acto que...

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Epoca: SEGUNDA Tomo: TOMO 1

Fecha publicación: 23/08/2022

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En concordancia con el criterio sostenido por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 2a./J. 133/2014 (10a.), ante la consecución de un vicio de forma del acto impugnado, debe declararse su nulidad para efectos en términos de los artículos 75 fracción IV y 76 tercer párrafo de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco, pero en el caso de que el acto impugnado tenga su origen en el ejercicio de facultades discrecionales, no se debe vincular a la autoridad a emitir una nueva resolución,...

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Epoca: SEGUNDA Tomo: TOMO 1

Fecha publicación: 23/08/2022

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Aunque el artículo 29 fracción IV de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco prevé la improcedencia del juicio cuando exista consentimiento, ese supuesto de improcedencia se refiere al consentimiento del acto directamente impugnado en el juicio de nulidad, es decir, aquel acto o actos identificados como impugnados por el actor en términos de lo dispuesto por el artículo 35 fracción II de la mencionada Ley de Justicia Administrativa; por lo que, aun cuando pudiese existir consentimiento total o parcial de actos administrativos...

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Epoca: SEGUNDA Tomo: TOMO 1

Fecha publicación: 23/08/2022

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El artículo 115 primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce al municipio como la base de la división territorial y de organización política y administrativa del Estado Mexicano, por lo que, si de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26 fracciones I, XVII y XXVII del Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Zapopan, el síndico municipal es el representante del Municipio, resulta incorrecto considerar que ese funcionario solo pueda representar al Ayuntamiento...

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Epoca: SEGUNDA Tomo: TOMO I

Fecha publicación: 16/09/2021

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El artículo 36 penúltimo párrafo de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco, establece la procedencia del juicio en materia administrativa contra actos que no constan documentalmente. En este sentido, cuando se impugna la orden verbal por parte de las autoridades administrativas para que se deje de explotar una actividad previamente autorizada, es procedente conceder la suspensión, a efecto de que se impida su ejecución toda vez que el objeto de la suspensión es preservar la materia del juicio para evitar que se causen daños...

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Epoca: SEGUNDA Tomo: TOMO I

Fecha publicación: 16/09/2021

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El artículo 142 de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, establece que una vez recibidos los alegatos o transcurrido el plazo para presentarlos, la autoridad correspondiente procederá a dictar por escrito la resolución administrativa que en derecho corresponda dentro de los treinta días hábiles siguientes, la cual se notificará al interesado conforme lo establece el diverso 126 del ordenamiento legal invocado, y si bien es cierto que en el primer numeral no se establece consecuencia alguna en caso de que la...

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