Tesis y Jurisprudencias
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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La jurisdicción contenciosa-administrativa adoptada en el sistema mexicano por influencia de sistemas jurídicos o extranjeros, principalmente el francés, corresponde a la imperiosa exigencia del Estado contemporáneo de preservar la legalidad de la actuación administrativa, esto es, el sometimiento de las autoridades administrativas a las leyes emanadas del Poder Legislativo por ser éstas la fuente directa de la validez y legitimidad de su actuación. Por ello, la jurisdicción del Tribunal de lo Administrativo del Estado es de naturaleza...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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Para acreditar el interés jurídico y demostrar que se tiene la concesión de las rutas reclamadas en el juicio de nulidad, es menester ofrecer como prueba, la concesión, permiso o autorización del gobierno del Estado de Jalisco, para la explotación del servicio público de transporte, o en su defecto cuando se trate de próroga, el concesionario deberá acreditar que se hubiese efectuado la solicitud respectiva en forma oportuna y pagado los derechos correspondientes, en términos del artículo 58 de la Ley de Tránsito del Estado, documento que...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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Resulta inexacto alegar por parte de la parte actora el que sea competencia exclusiva de la Federación (Secretaría de Comunicaciones y Transportes) la inspección y vigilancia del servicio público federal de transporte de pasajeros. Si bien es cierto que la materia se encuentra regulada tanto por Legislación como por reglamentos federales, que las autoridades estatales no desconocen, se tiene que en la especie no se pretende por parte de estas últimas el prohibir, reglamentar o impedir la prestación del servicio mediante la inspección y...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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El artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que, a través de las visitas domiciliarias es como la autoridad administrativa puede comprobar el cumplimiento dado por parte de los particulares a las disposiciones fiscales o reglamentarias. En términos de la citada norma constitucional, además, se establece que para la práctica de dichas visitas se nombren, en un principio, por parte del propio visitado o de con quien se entendiera la diligencia, dos testigos, mas si el visitado se negase, o los nombrados...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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Desde el momento en que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 10 diez de diciembre de 1990 mil novecientos noventa, el título de concesión a favor de la empresa actora mediante el cual se reduce la participación mayoritaria de acciones del gobierno federal, lo que se traduce en la desincorporación de la misma de la Administración Pública Federal , se convierte ésta en una sociedad privada, por lo que no se encuentra dentro de los supuestos de exención que señala el artículo 73 constitucional, razón por la cual se encuentra...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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En efecto desde el momento en que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 10 diez de diciembre de 1990 mil novecientos noventa, el título de concesión a favor de la empresa actora mediante el cual se reduce la participación mayoritaria de acciones del gobierno federal, lo que se traduce en la desincorporación de la misma de la Administración Pública Federal , convirtiéndose así en una sociedad privada, no se encuentra dentro de los supuestos de exención que señala el artículo 73 constitucional, razón por la cual se encuentra...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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La supletoriedad a que se refiere el artículo dos de la Ley del Procedimiento Administrativo, parte del supuesto de que en dicho ordenamiento no se fijan todas las normas de la materia procesal, y entonces haya lugar a aplicar la ley del procedimiento local para llenar su insuficiencia; pero si la Ley del Procedimiento Administrativo no regula excepciones a una regla general, no puede decirse que se esté ante una "insuficiencia"; sino que el legislador creó pertinente no establecer excepciones, por lo que no procede en ese caso aplicar...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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Un predio sobre el cual se encuentra constituido el régimen de copropiedad no puede ser subdividido por la autoridad administrativa a petición de solo uno de los copropietarios. Por el contrario, la subdivisión debe hacerse con el consentimiento de todos las partes afectadas, máxime estando constituido sobre el mismo este régimen, llamando a todos los implicados a comparecer ante la autoridad para manifestar lo que a su derecho corresponda. De no ser así, como es en el caso, se aprecia entonces que se vulnera la garantía de audiencia...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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La subdivisión de un predio, solicitada por el hoy actor, consiste únicamente en una acción urbanística, mas no en una acción de urbanización, ya que únicamente se solicita un dictamen de trazo, uso y destinos específicos y un croquis de los predios involucrados con su localización, mientras que, si se hubiera solicitado la incorporación de un predio, se necesitarían realizar cambios en las relaciones de propiedad, necesitando además realizar obras de renovación de la infraestructura urbana, y la transformación o mejora del suelo y redes de...
Epoca: PRIMERA Tomo: TOMO I
Fecha publicación: 03/08/2013
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Tratándose de actos de autoridad respecto de los cuales la autoridad demandada haya realizado su ejecución y con ella se hayan generado la totalidad de los efectos que dicho acto produce; deberá decretarse el sobreseimiento del juicio en virtud de haberse presentado la causal de improcedencia prevista por el artículo 28, en su fracción I de la Ley del Procedimiento Administrativo, que señala "Es improcedente el Juicio ante el Tribunal de lo Administrativo del Estado, contra los actos: I. Que no afecten los intereses jurídicos del demandante...